Por Resolución de 4 de marzo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 21), del Secretario de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, se convocan acciones para la incorporación de Doctores y Tecnólogos a grupos de investigación en España.
Al haber sido prorrogados proyectos de investigación a los que están vinculados contratos de incorporación, procede prorrogar dichos contratos.
En consecuencia, examinada la documentación reglamentaria de las solicitudes de los candidatos, así como la correspondiente a la extensión de los proyectos, he acordado:
Conceder subvenciones complementarias al organismo que se cita, destinadas a financiar la prórroga de los contratos de los Doctores que se relacionan, en el proyecto que se indica, por el número de meses y dentro del período señalado, motivada por la prolongación del plazo de realización del proyecto al que están vinculados:
Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas
Candidata a contratar: Álvarez Saiz, Esperanza. Referencia proyecto: 7220-ED-093(ICP/3). Investigador principal: Blanco Álvarez, Jesús. Número de meses a contratar: Seis. Intervalo de contratación: 1 de abril a 30 de septiembre de 2001.
Candidato a contratar: Fernández López, Manuel. Referencia proyecto: BIO4-CT98-0483. Investigador principal: Toro García, Nicolás. Número de meses a contratar: Cinco. Intervalo de contratación: 1 de septiembre de 2000 a 31 de enero de 2001.
Candidata a contratar: Puente Robles, Gema de la. Referencia proyecto: 7220-ED/093. Investigador principal: Pis Martínez, José Juan. Número de meses a contratar: Seis. Intervalo de contratación: 1 de abril a 30 de septiembre de 2001.
La cuantía total de las subvenciones se calcula en función del número de mensualidades concedidas, hasta un máximo de doce por año, sobre la base de un coste total anual financiado para cada contrato de 4.634.320 pesetas, incluyendo la cuota patronal de las prestaciones sociales.
Las entidades colaboradoras deberán notificar a la Dirección General de Universidades la formalización de los contratos que se suscriban al amparo de la presente Resolución en las setenta y dos horas siguientes a que ésta se produzca, enviando, posteriormente, fotocopia compulsada acreditativa.
El gasto del programa será imputado al crédito 18.07.781 del programa 541A Investigación Científica.
Los organismos perceptores de subvenciones presentarán certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad en el plazo de tres meses a contar desde su percibo.
Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de sus acciones, de la siguiente forma:
Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de Cuentas.
Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y del artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Lo que comunico a V. I., para conocimiento de los interesados y demás efectos.
Madrid, 29 de agosto de 2000.–El Director general, Ismael Crespo Martínez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Becas y Ayudas para la Formación, Movilidad, Perfeccionamiento y Actualización de Conocimientos del Profesorado Universitario y Ayudantes Universitarios.
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