El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales ha interesado a este Departamento la segregación de la Delegación de Guadalajara del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid.
Esta petición de segregación se ha formulado a instancia del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Madrid y su Delegación de Guadalajara, debiéndose considerar comprendida en el supuesto de segregación a que se refiere el artículo 4 del apartado 2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/1978, de 26 de diciembre, y 7/1997, de 14 de abril.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia y Tecnología y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de septiembre de 2000,
D I S P O N G O :
Artículo único. Segregación de la Delegación de Guadalajara.
Se segrega la Delegación de Guadalajara del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid.
Disposición adicional única. Efectos de la segregación.
La segregación a que se refiere el artículo único de este Real Decreto tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor de la norma autonómica de creación del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos que corresponda de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Dado en Madrid a 15 de septiembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Ciencia y Tecnología, ANNA M. BIRULÉS I BERTRAN
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