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Documento BOE-A-2000-17742

Orden de 11 de septiembre de 2000, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada "Fundación Instituto de Ciencias Visuales", de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2000, páginas 33624 a 33624 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-17742

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Eduardo Luque Delgado, solicitando la inscripción de la «Fundación Instituto de Ciencias Visuales» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, Educación y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida en Madrid, el 23 de diciembre de 1999, según consta en escritura pública número 3.581, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Jaime García-Rosado y García, por don Miguel Ángel Zato Gómez Liaño.

Segundo. Domicilio y ámbito de actuación de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Ana Teresa, número 24; y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de un millón de pesetas, equivalente a 6.010,12 euros. La dotación, totalmente desembolsada, ha sido ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los estatutos que han de regir la Fundación, que aparecen incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

1. La realización de estudios para el avance y la investigación en las ciencias visuales.

2. La docencia y la formación en el ámbito de las ciencias visuales, tanto en España como en el resto del mundo.

3. La colaboración con otras instituciones o entidades nacionales o internacionales, en programas y proyectos para favorecer el desarrollo de las ciencias visuales en todos sus aspectos.

4. La colaboración en proyectos internacionales de asistencia al tercer mundo y países subdesarrollados en la especialidad oftalmológica y otras ciencias afines.

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por don Miguel Ángel Zato Gómez de Liaño, Presidente; don Eduardo Luque Delgado, Secretario; don Ernesto de Gregorio Cortés, don José Antonio Rodríguez Montes y don José Manuel Hernández Beneyto, Vocales, según consta en escritura pública número 3.581, otorgada en Madrid, el 23 de diciembre de 1999, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Jaime García-Rosado y García.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones anteriormente citadas.

La Orden del Ministerio de Educación y Cultura, de 18 de mayo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 21), en relación con la Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte de 3 de julio de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 5), en virtud de las cuales se delegan en el Secretario general técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que correspondan al mismo.

Segundo.

Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos extremos.

Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:

Acordar la inscripción, en el Registro de Fundaciones del Departamento, de la Fundación denominada «Fundación Instituto de Ciencias Visuales», de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, calle Ana Teresa, número 24, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Esta Resolución deberá ser notificada a los interesados, a los efectos que establece el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, indicando que, contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente. Asimismo, esta Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la misma Ley.

Madrid, 11 de septiembre de 2000.–P. D. (Órdenes de 18 de mayo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 21, y de 2 de julio de 2000 «Boletín Oficial del Estado» del 5), el Secretario general técnico, José Luis Cádiz Deleito.

Subdirección General de Protectorado de Fundaciones.

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