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Documento BOE-A-2000-17786

Orden de 14 de septiembre de 2000 por la que se convoca oposición libre para cubrir siete plazas de Especialistas Técnicos de Investigación del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2000, páginas 33697 a 33703 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2000-17786

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,

de 28 de enero, del Ministerio de Administraciones Públicas, por

el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000,

publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 25, del 29,

y con el fin de atender las necesidades de personal en la

Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, según establece el artículo 4.o del Real

Decreto 1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"

número 213, de 5 de septiembre), resuelve convocar oposición libre

para ingreso en la Escala de Especialistas Técnicos de

Investigación del Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) (código 5617), con sujeción a las

siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca oposición libre para cubrir siete plazas de

la Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT

(código 5617), con destino en el Centro de Investigaciones

Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

De las siete plazas, tres corresponderán al área de Electrónica

y las cuatro restantes al área de Química, cuyo temario figura

en el anexo II de la convocatoria.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3) ; la

Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas

para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"

del 29) ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial

del Estado" de 10 de abril) ; la Ley 30/1998, de 30 de diciembre,

de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social

(artículo 17) ; Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y lo dispuesto en esta

convocatoria.

1.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número superior de aspirantes que el plazas convocadas por

especialidades. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga

lo establecido será nula de pleno derecho.

1.4 La duración máxima del proceso de celebración de los

ejercicios será de sesenta días naturales, salvo excepciones

justificadas.

1.5 En caso de que algunos de los puestos de trabajo ofrecidos

como primer destino supongan la participación directa o indirecta

en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen

como objeto la salvaguarda de los intereses generales del Estado,

quedan excluidos de la posibilidad de ser elegidos los aspirantes

que no posean la nacionalidad española, siendo la Administración

la competente para determinar cuáles serían estos puestos de

trabajo.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de

Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

ascendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países

miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre

que no estén separados de derecho, menores de veintiún años

o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años.

c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,

Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de segundo

grado o equivalentes. Los estudios efectuados en centros españoles

no estatales o en el extranjero deberán estar ya homologados.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no

deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en su Estado el acceso a la función pública.

2.2 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas

selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus

solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las

condiciones exigidas en la base 2.1, referidas siempre a la fecha de

expiración del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlas

hasta el momento de su toma de posesión como funcionarios de

carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en el modelo de instancia, aprobado por

la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de 7 de octubre de 1998, modelo que podrá ser recogido

en la Subdirección General de Recursos Humanos del CIEMAT,

avenida Complutense, 22, de Madrid ; en el Centro de Información

Administrativa, calle María de Molina, 50, de Madrid ; en las

Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, y en las oficinas

consulares y diplomáticas de España en el extranjero.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad o pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Ningún aspirante podrá concurrir a más de una especialidad.

Las instrucciones para cumplimentar el modelo de solicitud

serán las que se detallan en el mismo, teniendo en cuenta las

siguientes consideraciones:

Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Ciencia y Tecnología.

En el recuadro dedicado a centro gestor, consigne CIEMAT.

En el recuadro relativo a los derechos de examen, en el código,

consigne 20.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria, señale

los dos últimos dígitos del año de publicación de esta convocatoria.

Instrucciones particulares:

15. Cuerpo o Escala: Consigne Escala de Especialistas

Técnicos de Investigación del CIEMAT (código 5617).

17. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula "L" para

el acceso general de acceso libre.

18. Ministerio/organismo/entidad convocante: Se consignará

Ministerio de Ciencia y Tecnología.

20. Provincia de examen: Madrid.

25. En la casilla A del epígrafe, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", del modelo de solicitud, se hará

constar expresamente la especialidad a la que se concurra

(Química o Electrónica).

3.2 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 22 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales

y Tecnológicas, avenida Complutense, 22, 28040 Madrid, o en

la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), en el plazo de veinte días naturales a

partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado".

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas españolas correspondientes, quienes las

remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado

adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber

satisfecho los derechos de examen.

3.4 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de

examen será de 2.000 pesetas, de conformidad con lo establecido

en el apartado 7 del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de

diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social,

debiendo consignar dicho importe en el recuadro destinado al

mismo en el modelo de solicitud.

El abono de dicho importe se efectuará mediante ingreso en

efectivo en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de

Crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la

recaudación tributaria, presentando la solicitud de admisión

cumplimentada de acuerdo con los datos que figuran en la

convocatoria.

En el caso de las solicitudes presentadas en el extranjero, los

aspirantes realizarán el ingreso de los derechos de examen en

la cuenta corriente número 01040301250302039369, abierta en

la Oficina Institucional de la Administración Central del Banco

Exterior de España, sucursal número 0301, ubicada en la calle

Serrano, bajo la denominación de "CIEMAT, Tasa 20.020

derechos de examen". En este caso, el interesado adjuntará a dicha

solicitud comprobante de haber satisfecho los derechos de

examen.

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas

que figuraren como demandantes de empleo durante el plazo, al

menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la

presente convocatoria. Será requisito para el disfrute de la

exención que, en el plazo anteriormente citado, no hubieren rechazado

oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,

salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o

reconversión profesionales, y que asimismo carezcan de rentas

superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en

la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En

cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos

deberán acompañarse a la solicitud.

Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo

acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se

realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión

de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en

los tres ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el

pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá

acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá

la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,

de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.

3.5 Las solicitudes serán dirigidas al ilustrísimo señor

Subsecretario de Ciencia y Tecnología.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo previsto de presentación de

solicitudes, el órgano convocante hará públicas, en el plazo de un mes,

las listas de admitidos y excluidos, con indicación de las causas

de exclusión, en los tablones de anuncios del CIEMAT, en

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en la Dirección General de la Función Pública y en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las

Administraciones Públicas, María de Molina, 50, de Madrid.

Asimismo, se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado" los lugares

donde se encuentran expuestas dichas listas.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado

su exclusión.

4.3 Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde

el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo,

recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo

de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación,

significándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente

o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de

conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999.

5. Tribunales

5.1 El desarrollo de esta oposición y la calificación de los

aspirantes en la misma corresponderá al Tribunal que se detalla

en el anexo I a la presente convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario de Ciencia y Tecnología,

cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), o si

hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas

selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta

convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27).

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,

la autoridad convocante hará público el nombramiento de los

nuevos miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que

hayan perdido su condición por alguna de las causas anteriores.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario y la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, los Tribunales acordarán todas las decisiones

que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en

su caso, de quienes los sustituyan, y de la mitad, al menos, de

sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el proceso selectivo, los Tribunales resolverán

todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas

normas, así como lo que se deba hacer en todos los casos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27).

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de

forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares

condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los

participantes.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

6. Desarrollo de la oposición

6.1 La oposición para el ingreso en la Escala de Especialistas

Técnicos de Investigación del CIEMAT constará de dos ejercicios

eliminatorios, que se desarrollarán en el idioma español, y el

segundo de los cuales constará de dos pruebas, ambas

eliminatorias, de las que una tendrá carácter práctico.

La oposición se referirá al temario que figura en el anexo II,

cuya primera parte consta de nueve temas que serán comunes

para ambas especialidades, mientras que la segunda parte es

relativa a la especialidad de Química o Electrónica, siendo 20 el

número de temas por cada especialidad.

6.2 Celebración de ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar, por escrito, un

cuestionario de preguntas que mida el grado de conocimiento del

aspirante en relación con el primer grupo de materias comunes que

figuran en el anexo II de esta convocatoria (temas 1 al 9).

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 25

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente. El

tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta

y cinco minutos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 50 puntos,

siendo necesario obtener 25 puntos para tener acceso al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Constará de dos pruebas, con carácter

eliminatorio:

Prueba número 1 (teórica): Consistirá en contestar por escrito

una batería de preguntas que medirá el conocimiento del aspirante

en relación con las áreas específicas a las que haya optado, que

figuran en el anexo II de la convocatoria (temas 1 al 20).

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 50

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la

correcta.

Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente.

El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una

hora.

La calificación máxima de la prueba será de 50 puntos, siendo

necesario obtener 25 puntos para poder acceder a la segunda

prueba de este ejercicio.

Prueba número 2 (práctica): Aquellos aspirantes que hayan

superado la primera prueba del segundo ejercicio podrán acceder

a la segunda prueba, que versará, asimismo, sobre las materias

específicas (temas 1 al 20) de cada área y que consistirá en

contestar por escrito a un supuesto práctico, que podrá incluir

cuestiones y/o problemas. El tiempo máximo para la realización de

esta prueba será de dos horas.

La calificación máxima de esta segunda prueba será de 50

puntos.

6.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la

letra B, de conformidad con la Resolución de la Secretaría de

Estado para la Administración Pública, de fecha 23 de febrero

de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo).

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra B, el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra C, y así

sucesivamente.

6.4 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.5 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas

quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

La publicación del anuncio del segundo ejercicio se efectuará

por los Tribunales, al menos, en los locales donde se haya

celebrado el primer ejercicio, con veinticuatro horas, como mínimo,

de antelación a la señalada para la iniciación de aquélla. Cuando

se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los

locales donde se haya celebrado, y por cualquier otro medio si

se juzga conveniente, con doce horas de antelación al menos.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad

convocante, por sí o a propuesta del Presidente del Tribunal, si

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a

los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las

inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes

en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra las resoluciones y actos del Tribunal y sus actos de

trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan

indefensión podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano que

lo dictó, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su

notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, y en el

artículo 14.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado.

Contra la resolución definitiva, que agota la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en

el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de

aquella jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo,

recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, redacción

dada por la Ley 4/1999).

6.7 La puntuación final de la oposición será la suma de las

puntuaciones parciales obtenidas en cada ejercicio.

En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas

de aspirantes aprobados, aquéllos se dirimirán a favor del que

hubiese obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio. En

caso de que persista el empate, se resolverá a favor del aspirante

que hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio.

7. Lista de aprobados

Finalizadas las pruebas selectivas, los Tribunales harán pública,

en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en

la sede del Tribunal, y en aquellos otros que estimen oportunos,

la relación de aspirantes aprobados en cada especialidad, por

orden de puntuación alcanzada.

El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de las

listas de aprobados a la autoridad competente.

Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día siguiente a aquel en que se publiquen las listas de aprobados

en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados deberán

presentar en las dependencias del Centro de Investigaciones

Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, ubicadas en la avenida

Complutense, 22, 28040 Madrid, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación

académica que acredite su posesión.

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni estar afectado por limitación física ni psíquica que sea

incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III

de esta convocatoria.

d) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100 que hayan optado por el cupo

de reserva deberán acreditar tal condición, si obtuvieran plaza,

mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad

Autónoma correspondiente.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública, según el modelo oficial que figura

en el anexo IV de esta convocatoria.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la

hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud

de participación.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos

estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos

ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo

presentar certificación del Ministerio u organismo del que

dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten

en su expediente personal.

8.3 Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza

mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma

se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no

podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber

incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera

y toma de posesión

9.1 Los candidatos propuestos serán nombrados funcionarios

de carrera por la Secretaría de Estado de las Administraciones

Públicas, con especificación del destino adjudicado.

9.2 Los nombramientos serán publicados en el "Boletín

Oficial del Estado".

La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios

de carrera se efectuará en el plazo de un mes desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados mediante recurso contencioso-administrativo en los casos

y en la forma establecidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de dicha jurisdicción o, potestativamente y con carácter

previo, mediante recurso de reposición ante el mismo órgano que

lo dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1994).

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo

previsto en la mencionada Ley.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 14 de septiembre de 2000.-P. D. (Orden de 7 de

julio de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,

Carlos González-Buenos Catalán de Ocón.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANEXO I

Tribunal

Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT

Tribunal titular:

Presidente: Don Guillermo Escribano Martínez, Cuerpo de

Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.

Vocales:

Don Vicente Gómez Gil, Escala de Titulados Superiores de

Organismos Autónomos del MINER.

Don Eduardo de Burgos García, Escala de Titulados Superiores

de Organismos Autónomos del MINER.

Don Javier Alberdi Primicia, Escala de Titulados Superiores

de Organismos Autónomos del MINER.

Don Carlos Sancho Llerandi, Escala de Titulados Superiores

de Organismos Autónomos del MINER.

Don Manuel Fernández García, Escala de Especialistas Técnicos

de Investigación del CIEMAT.

Secretario: Don José Alberto Iglesias Bourio, Escala de Gestión

del INEM.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Fernando Moreno Herranz, Escala Técnica de

Organismos Autónomos.

Vocales:

Don Juan Palomares López, Escala de Titulados Superiores

de Organismos Autónomos del MINER.

Don Ceferino Yuste de Santos, Escala de Titulados Superiores

de Organismos Autónomos del MINER.

Don Carlos Willmott Zappacosta, Escala de Titulados

Superiores de Organismos Autónomos del MINER.

Don Luis Asenjo Maside, Escala de Especialistas Técnicos de

Investigación del CIEMAT.

Doña María Ángeles Clavero Sánchez, Escala de Especialistas

Técnicos de Investigación del CIEMAT.

Secretario: Don Gabriel Sánchez Martínez, Escala

Administrativa de Organismos Autónomos.

ANEXO II

Programa

I. TEMARIO COMÚN

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma

de la Constitución.

Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Las

Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

Tema 3. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder

Judicial. El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

Tema 4. El Gobierno y la Administración. Designación,

duración y responsabilidad del Gobierno.

Tema 5. La Administración Central del Estado. El Consejo

de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los

Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos

administrativos.

Tema 6. La Administración periférica del Estado. Los

Delegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.

Tema 7. La organización territorial del Estado en la

Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local:

La provincia y el municipio.

Tema 8. El trabajo y la salud: Los riesgos profesionales.

Factores de riesgos. Marco normativo en materia de prevención de

riesgos laborales. Riesgos relacionados con las condiciones de

seguridad. Riesgos relacionados con el medioambiente de trabajo.

Organización y gestión de la prevención.

Tema 9. Calidad: Conceptos generales. Gestión de la calidad.

Sistema de la calidad. Documentación del sistema. Series

ISO 9000.

II. TEMARIO ESPECÍFICO

II.1 Área de Química

Tema 1. Introducción a la estructura atómica. Interacción luz

y átomos. Espectros. Modelo atómico de Bohr. Modelo mecánico

cuántico del átomo. Naturaleza de la radiación electromagnética.

Absorción y emisión de energía en los átomos. Espectros atómicos.

Tema 2. El núcleo atómico. Nomenclatura nuclear.

Radiactividad natural. Radiactividad artificial. Leyes de la desintegración

radiactiva. Tipos de desintegración radiactiva. Interacciones

partículas cargadas con la materia.

Tema 3. Estructura molecular. Estructura de los sólidos.

Enlace químico. Parámetros moleculares. Enlace iónico. Enlace

covalente: Método de enlace de valencia y método de orbital molecular.

Enlace metálico. Fuerzas intermoleculares.

Tema 4. Reacciones ácido-base. Reacciones de

neutralización: Ácido fuerte con base fuerte ; ácido débil con base fuerte,

y viceversa. Hidrólisis de sales de ácido o base débil. Disoluciones

reguladoras. Valoraciones ácido-base.

Tema 5. Reacciones de precipitación. Solubilidad. Factores

que determinan la solubilidad. Producto de solubilidad.

Solubilidad de sales. Disolución de precipitados. Valoraciones de

precipitación.

Tema 6. Reacciones de oxidación-reducción. Concepto de

oxidación-reducción. Número de oxidación. Transferencia de

electrones en las reacciones de oxidación-reducción. Ajuste de

ecuaciones de Redox: Método de ion electrón. Escala de potenciales

normales: Su utilidad.

Tema 7. Procesos electrolíticos. Reacciones Redox

espontáneas. Pilas galvánicas. Potencial estándar de reducción.

Electrólisis. Leyes de Faraday. Pilas y acumuladores. Aplicaciones de

la electrólisis.

Tema 8. Concepto termodinámicos y cinéticos. Ley de Hess.

Criterio de espontaneidad. Equilibrio químico: Constante de

equilibrio. Principio de Le Chatelier. Velocidad de reacción. Ecuación

de Arrhemius. Etapas de reacción: Mecanismos catalizadores.

Tema 9. Formulación y nomenclatura. Nomenclatura y

formulación de óxidos, peróxidos, hidróxidos, ácidos y sales.

Formulación y nomenclatura orgánica: Hidrocarburos, alcoholes,

aldehídos, cetonas, ácidos, ésteres, éteres, amidas, aminas y

nitritos. Derivados sencillos del benceno.

Tema 10. Métodos analíticos. Clasificación. Métodos

instrumentales. Instrumentos para análisis. Selección de un método

analítico. Características de funcionamiento de los instrumentos.

Parámetros de calidad.

Tema 11. Muestreo. Técnicas de muestreo. Conservación y

transporte de las muestras. Almacenamiento. Muestreos

ambientales.

Tema 12. Ataque de muestras sólidas. Ataque por vía

húmeda: Con ácidos, alcalis, oxidantes y complejantes. Ataque por vía

seca: Fusión alcalina simple y oxidantes. Eliminación de materia

orgánica.

Tema 13. Técnicas de separación y concentración.

Precipitación, evaporación, destilación, extracción con disolventes,

resinas de cambio iónico, columnas cromatográficas. Aparatos de

laboratorio.

Tema 14. Volumetría ácido-base. Curva de neutralización de

ácido débil con bases fuertes. Curva de neutralización de base

débil con ácidos fuertes. Punto de equivalencia. Elección de

indicación de una disolución de carbonato y bicarbonato sódico. Idea

de la determinación de acidez libre.

Tema 15. Volumetría Redox. Ajuste de reacciones Redox:

Determinación del equivalente químico de un oxidante y un

reductor. Preparación de una disolución de permanganato potásico con

cobre electrolítico. Determinación de ion ferroso con dicromato

potásico. Determinación de oxalato con permanganato potásico.

Determinación de yodo con oxalato.

Tema 16. Espectrofotometría. Absorción de la luz en el

espectro visible por muestras líquidas: Leyes de absorción. Colorímetros

y espectofotómetros. Selección de la longitud de onda y curvas

de calibrado.

Tema 17. Electroanálisis. Elementos de una celda

electrolítica. Reacciones catódicas y anódicas. Depósito electrolítico de

metales. Potenciometría: Electrodos de referencia pH-metro.

Tema 18. Cálculos químicos. Compendio de cálculos

estequiométricos. Cálculos relacionados con la ecuación de los gases

perfectos. Balances de materia.

Tema 19. Tipos de radiaciones ionizantes. Metodología de

detección de la radiación. Aspectos instrumentales relacionados

con la cuantificación de la radiación.

Tema 20. Seguridad en laboratorio químico. Conocimiento

de riesgos asociados a los reactivos químicos. Manejo de reactivos.

Almacenamiento. Gestión y eliminación de residuos químicos.

Elementos de protección. Hábitos personales y de trabajo.

Actuaciones en caso de incidentes.

II.2 Área de Electrónica

Tema 1. Magnitudes físicas. Unidades. Medida de magnitudes

físicas. Transductores: Magnitudes físicas. Sistema Internacional

de Unidades. Medida de magnitudes físicas: Presión, nivel, caudal,

temperatura, transductores.

Tema 2. Medida de magnitudes eléctricas. Equipos de

medida: Magnitudes eléctricas. Unidades. Medida de magnitudes

electromagnéticas: Tensión, corriente, frecuencia, campo magnético.

Tema 3. Cálculo de errores: Errores en la medida. Tipos de

errores. Cálculo de cota de error. Precauciones y técnicas de

reducción de errores.

Tema 4. Instrumentación electrónica: Aparatos de medida

(galvanómetros, puentes, frecuencímetros). Instrumentos de

medida. Equipos analógicos y digitales.

Tema 5. Osciloscopios: Osciloscopios. Principios de

funcionamiento. Osciloscopios analógicos y digitales. Magnitudes a

medir. Medida de transitorios.

Tema 6. Componentes electrónicos: Componentes

electrónicos. Analógicos-digitales. Pasivos-activos. Características.

Selección según especificaciones. Resistencias, bobinas,

condensadores, diodos, transitores, componentes optoelectrónicos.

Tema 7. Calibración de equipos de medida: Calibración.

Contrastación. Trazabilidad. Calibración de instrumentación de

medida. Calibradores.

Tema 8. Calidad: Aplicación a la medida con instrumentación

electrónica. Aplicación al diseño electrónico. Procedimiento

(generales, específicos).

Tema 9. Electrónica analógica: Conceptos de electrónica

analógica. Diseño de circuitos analógicos, amplificadores

operacionales, fuentes de alimentación, filtros. Circuitos de potencia.

Tema 10. Electrónica digital: Conceptos de electrónica

digital. Semiconductores. Circuitos combinacionales y secuenciales.

Circuitos integrados digitales. MOS, TTL, CMOS. Convertidores

A/D y D/A.

Tema 11. Microprocesadores, microcontroladores, sistemas

de desarrollo: Microprocesadores, microcontroladores.

Arquitectura. Unidad Aritmética Lógica. Direccionamiento. Sistemas de

desarrollo. Elementos "hardware" y "software". Ensambladores,

compiladores. Emuladores. Depuración de programas.

Tema 12. Dispositivos electrónicos programables: FPGA,

DSP: Dispositivos electrónicos programables. Tipos (PLD, FPGA,

DSP). Características. Diferencias. Aplicaciones.

Tema 13. Sistemas de diseño electrónico asistido por

ordenador: Sistemas de diseño electrónico asistido por ordenador.

Diseño de placas de circuito impreso (analógicos, digitales,

mixtos). Diseño de dispositivos programables. Criterios de diseño

relacionados con prestaciones y con fabricación. Criterios de calidad.

Tema 14. Técnicas de montaje de equipos electrónicos:

Técnicas de montaje de equipos electrónicos. Montaje de

componentes en placas. Encapsulado de componentes. Tipos.

Características. Automatización de procesos. Criterios de diseño para

fabricación automática.

Tema 15. Microinformática. Sistemas operativos. Lenguajes

de programación: Microinformática. Fundamentos. Comandos

básicos. Sistemas operativos. Tipos. Programación. Lenguajes.

Tipos. Integración de microprocesadores.

Tema 16. Ordenadores personales. "Hardware": Elementos

"hardware" de un ordenador. Descripción y funciones. Integración.

Procesadores, BIOS, buses, interfaces de entrada/salida,

almacenamiento.

Tema 17. Sistemas de adquisición de datos. Sistemas de

control: Elementos de un sistema de adquisición de datos.

Características funcionales. Conexionado. Programación.

Comunicación. Sistemas aislados y distribuidos. Elementos de control. Tipos

de controladores. Actuadores. Tipos de actuadores.

Características.

Tema 18. Automatismos: Sistemas automáticos. Autómatas

programables. Manipuladores. Robots. Automatización de

procesos y cadenas de producción.

Tema 19. Uso de sensores en robótica: Uso de sensores,

transductores y actuadores en robótica. Visión. Medida de posición,

fuerza. Control de movimientos. Técnicas de orientación.

Tema 20. Transmisión de señales. Comunicaciones:

Comunicación a distancia. Señales de medida y control. Protocolos

estándar de comunicación digitales con soporte material o

inalámbricas. Eliminación de ruido. Emisores/receptores. Tendencias

actuales. Aplicaciones industrial (telecontrol). Comunicaciones

por fibra óptica. Redes.

ANEXO III

Don .......................................................,

con domicilio en ...................., calle ....................,

y documento nacional de identidad número .....................,

declara, bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo ........................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ................ a ....... de ................ de ..........

ANEXO IV

Don .......................................................,

con domicilio en ...................., calle ....................,

y de nacionalidad ....................................., declara,

bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario

del Cuerpo .................................., no estar sometido

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública.

En ................ a ....... de ................ de ..........

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