En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,
de 28 de enero, del Ministerio de Administraciones Públicas, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000,
publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 25, del 29,
y con el fin de atender las necesidades de personal en la
Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, según establece el artículo 4.o del Real
Decreto 1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
número 213, de 5 de septiembre), resuelve convocar oposición libre
para ingreso en la Escala de Especialistas Técnicos de
Investigación del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) (código 5617), con sujeción a las
siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca oposición libre para cubrir siete plazas de
la Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT
(código 5617), con destino en el Centro de Investigaciones
Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
De las siete plazas, tres corresponderán al área de Electrónica
y las cuatro restantes al área de Química, cuyo temario figura
en el anexo II de la convocatoria.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3) ; la
Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas
para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"
del 29) ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial
del Estado" de 10 de abril) ; la Ley 30/1998, de 30 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
(artículo 17) ; Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y lo dispuesto en esta
convocatoria.
1.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número superior de aspirantes que el plazas convocadas por
especialidades. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga
lo establecido será nula de pleno derecho.
1.4 La duración máxima del proceso de celebración de los
ejercicios será de sesenta días naturales, salvo excepciones
justificadas.
1.5 En caso de que algunos de los puestos de trabajo ofrecidos
como primer destino supongan la participación directa o indirecta
en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen
como objeto la salvaguarda de los intereses generales del Estado,
quedan excluidos de la posibilidad de ser elegidos los aspirantes
que no posean la nacionalidad española, siendo la Administración
la competente para determinar cuáles serían estos puestos de
trabajo.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de
Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
ascendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países
miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre
que no estén separados de derecho, menores de veintiún años
o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos los dieciocho años.
c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,
Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de segundo
grado o equivalentes. Los estudios efectuados en centros españoles
no estatales o en el extranjero deberán estar ya homologados.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no
deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública.
2.2 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas
selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus
solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las
condiciones exigidas en la base 2.1, referidas siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlas
hasta el momento de su toma de posesión como funcionarios de
carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en el modelo de instancia, aprobado por
la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 7 de octubre de 1998, modelo que podrá ser recogido
en la Subdirección General de Recursos Humanos del CIEMAT,
avenida Complutense, 22, de Madrid ; en el Centro de Información
Administrativa, calle María de Molina, 50, de Madrid ; en las
Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, y en las oficinas
consulares y diplomáticas de España en el extranjero.
A la instancia se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad o pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de
Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención de visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Ningún aspirante podrá concurrir a más de una especialidad.
Las instrucciones para cumplimentar el modelo de solicitud
serán las que se detallan en el mismo, teniendo en cuenta las
siguientes consideraciones:
Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
Ministerio de Ciencia y Tecnología.
En el recuadro dedicado a centro gestor, consigne CIEMAT.
En el recuadro relativo a los derechos de examen, en el código,
consigne 20.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria, señale
los dos últimos dígitos del año de publicación de esta convocatoria.
Instrucciones particulares:
15. Cuerpo o Escala: Consigne Escala de Especialistas
Técnicos de Investigación del CIEMAT (código 5617).
17. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula "L" para
el acceso general de acceso libre.
18. Ministerio/organismo/entidad convocante: Se consignará
Ministerio de Ciencia y Tecnología.
20. Provincia de examen: Madrid.
25. En la casilla A del epígrafe, "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", del modelo de solicitud, se hará
constar expresamente la especialidad a la que se concurra
(Química o Electrónica).
3.2 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 22 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales
y Tecnológicas, avenida Complutense, 22, 28040 Madrid, o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), en el plazo de veinte días naturales a
partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado".
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado
adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber
satisfecho los derechos de examen.
3.4 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de
examen será de 2.000 pesetas, de conformidad con lo establecido
en el apartado 7 del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social,
debiendo consignar dicho importe en el recuadro destinado al
mismo en el modelo de solicitud.
El abono de dicho importe se efectuará mediante ingreso en
efectivo en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de
Crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la
recaudación tributaria, presentando la solicitud de admisión
cumplimentada de acuerdo con los datos que figuran en la
convocatoria.
En el caso de las solicitudes presentadas en el extranjero, los
aspirantes realizarán el ingreso de los derechos de examen en
la cuenta corriente número 01040301250302039369, abierta en
la Oficina Institucional de la Administración Central del Banco
Exterior de España, sucursal número 0301, ubicada en la calle
Serrano, bajo la denominación de "CIEMAT, Tasa 20.020
derechos de examen". En este caso, el interesado adjuntará a dicha
solicitud comprobante de haber satisfecho los derechos de
examen.
Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado
de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas
que figuraren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la
presente convocatoria. Será requisito para el disfrute de la
exención que, en el plazo anteriormente citado, no hubieren rechazado
oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesionales, y que asimismo carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en
la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En
cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una
declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos
deberán acompañarse a la solicitud.
Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo
acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se
realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión
de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en
los tres ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el
pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá
acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.
3.5 Las solicitudes serán dirigidas al ilustrísimo señor
Subsecretario de Ciencia y Tecnología.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo previsto de presentación de
solicitudes, el órgano convocante hará públicas, en el plazo de un mes,
las listas de admitidos y excluidos, con indicación de las causas
de exclusión, en los tablones de anuncios del CIEMAT, en
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en la Dirección General de la Función Pública y en
el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las
Administraciones Públicas, María de Molina, 50, de Madrid.
Asimismo, se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado" los lugares
donde se encuentran expuestas dichas listas.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión.
4.3 Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación,
significándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de
conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999.
5. Tribunales
5.1 El desarrollo de esta oposición y la calificación de los
aspirantes en la misma corresponderá al Tribunal que se detalla
en el anexo I a la presente convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Subsecretario de Ciencia y Tecnología,
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), o si
hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
del 27).
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).
5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,
la autoridad convocante hará público el nombramiento de los
nuevos miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que
hayan perdido su condición por alguna de las causas anteriores.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario y la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
En dicha sesión, los Tribunales acordarán todas las decisiones
que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en
su caso, de quienes los sustituyan, y de la mitad, al menos, de
sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el proceso selectivo, los Tribunales resolverán
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que se deba hacer en todos los casos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
del 27).
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de
forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los
participantes.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
6. Desarrollo de la oposición
6.1 La oposición para el ingreso en la Escala de Especialistas
Técnicos de Investigación del CIEMAT constará de dos ejercicios
eliminatorios, que se desarrollarán en el idioma español, y el
segundo de los cuales constará de dos pruebas, ambas
eliminatorias, de las que una tendrá carácter práctico.
La oposición se referirá al temario que figura en el anexo II,
cuya primera parte consta de nueve temas que serán comunes
para ambas especialidades, mientras que la segunda parte es
relativa a la especialidad de Química o Electrónica, siendo 20 el
número de temas por cada especialidad.
6.2 Celebración de ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar, por escrito, un
cuestionario de preguntas que mida el grado de conocimiento del
aspirante en relación con el primer grupo de materias comunes que
figuran en el anexo II de esta convocatoria (temas 1 al 9).
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 25
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente. El
tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta
y cinco minutos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 50 puntos,
siendo necesario obtener 25 puntos para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio: Constará de dos pruebas, con carácter
eliminatorio:
Prueba número 1 (teórica): Consistirá en contestar por escrito
una batería de preguntas que medirá el conocimiento del aspirante
en relación con las áreas específicas a las que haya optado, que
figuran en el anexo II de la convocatoria (temas 1 al 20).
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 50
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la
correcta.
Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una
hora.
La calificación máxima de la prueba será de 50 puntos, siendo
necesario obtener 25 puntos para poder acceder a la segunda
prueba de este ejercicio.
Prueba número 2 (práctica): Aquellos aspirantes que hayan
superado la primera prueba del segundo ejercicio podrán acceder
a la segunda prueba, que versará, asimismo, sobre las materias
específicas (temas 1 al 20) de cada área y que consistirá en
contestar por escrito a un supuesto práctico, que podrá incluir
cuestiones y/o problemas. El tiempo máximo para la realización de
esta prueba será de dos horas.
La calificación máxima de esta segunda prueba será de 50
puntos.
6.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la
letra B, de conformidad con la Resolución de la Secretaría de
Estado para la Administración Pública, de fecha 23 de febrero
de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo).
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra B, el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra C, y así
sucesivamente.
6.4 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
identidad.
6.5 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
La publicación del anuncio del segundo ejercicio se efectuará
por los Tribunales, al menos, en los locales donde se haya
celebrado el primer ejercicio, con veinticuatro horas, como mínimo,
de antelación a la señalada para la iniciación de aquélla. Cuando
se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los
locales donde se haya celebrado, y por cualquier otro medio si
se juzga conveniente, con doce horas de antelación al menos.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad
convocante, por sí o a propuesta del Presidente del Tribunal, si
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a
los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las
inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes
en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra las resoluciones y actos del Tribunal y sus actos de
trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan
indefensión podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano que
lo dictó, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su
notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, y en el
artículo 14.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
Contra la resolución definitiva, que agota la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el
"Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en
el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
aquella jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo,
recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, redacción
dada por la Ley 4/1999).
6.7 La puntuación final de la oposición será la suma de las
puntuaciones parciales obtenidas en cada ejercicio.
En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas
de aspirantes aprobados, aquéllos se dirimirán a favor del que
hubiese obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio. En
caso de que persista el empate, se resolverá a favor del aspirante
que hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio.
7. Lista de aprobados
Finalizadas las pruebas selectivas, los Tribunales harán pública,
en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en
la sede del Tribunal, y en aquellos otros que estimen oportunos,
la relación de aspirantes aprobados en cada especialidad, por
orden de puntuación alcanzada.
El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de las
listas de aprobados a la autoridad competente.
Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Presentación de documentos
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día siguiente a aquel en que se publiquen las listas de aprobados
en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados deberán
presentar en las dependencias del Centro de Investigaciones
Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, ubicadas en la avenida
Complutense, 22, 28040 Madrid, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación
académica que acredite su posesión.
b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni estar afectado por limitación física ni psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III
de esta convocatoria.
d) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 que hayan optado por el cupo
de reserva deberán acreditar tal condición, si obtuvieran plaza,
mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad
Autónoma correspondiente.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública, según el modelo oficial que figura
en el anexo IV de esta convocatoria.
Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán
presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado
la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la
hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud
de participación.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos
estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos
ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar certificación del Ministerio u organismo del que
dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten
en su expediente personal.
8.3 Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza
mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma
se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
9. Nombramiento de funcionarios de carrera
y toma de posesión
9.1 Los candidatos propuestos serán nombrados funcionarios
de carrera por la Secretaría de Estado de las Administraciones
Públicas, con especificación del destino adjudicado.
9.2 Los nombramientos serán publicados en el "Boletín
Oficial del Estado".
La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios
de carrera se efectuará en el plazo de un mes desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados mediante recurso contencioso-administrativo en los casos
y en la forma establecidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de dicha jurisdicción o, potestativamente y con carácter
previo, mediante recurso de reposición ante el mismo órgano que
lo dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1994).
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo
previsto en la mencionada Ley.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 14 de septiembre de 2000.-P. D. (Orden de 7 de
julio de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,
Carlos González-Buenos Catalán de Ocón.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
ANEXO I
Tribunal
Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT
Tribunal titular:
Presidente: Don Guillermo Escribano Martínez, Cuerpo de
Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
Vocales:
Don Vicente Gómez Gil, Escala de Titulados Superiores de
Organismos Autónomos del MINER.
Don Eduardo de Burgos García, Escala de Titulados Superiores
de Organismos Autónomos del MINER.
Don Javier Alberdi Primicia, Escala de Titulados Superiores
de Organismos Autónomos del MINER.
Don Carlos Sancho Llerandi, Escala de Titulados Superiores
de Organismos Autónomos del MINER.
Don Manuel Fernández García, Escala de Especialistas Técnicos
de Investigación del CIEMAT.
Secretario: Don José Alberto Iglesias Bourio, Escala de Gestión
del INEM.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Fernando Moreno Herranz, Escala Técnica de
Organismos Autónomos.
Vocales:
Don Juan Palomares López, Escala de Titulados Superiores
de Organismos Autónomos del MINER.
Don Ceferino Yuste de Santos, Escala de Titulados Superiores
de Organismos Autónomos del MINER.
Don Carlos Willmott Zappacosta, Escala de Titulados
Superiores de Organismos Autónomos del MINER.
Don Luis Asenjo Maside, Escala de Especialistas Técnicos de
Investigación del CIEMAT.
Doña María Ángeles Clavero Sánchez, Escala de Especialistas
Técnicos de Investigación del CIEMAT.
Secretario: Don Gabriel Sánchez Martínez, Escala
Administrativa de Organismos Autónomos.
ANEXO II
Programa
I. TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma
de la Constitución.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Las
Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.
Tema 3. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder
Judicial. El Tribunal Supremo. La organización judicial española.
Tema 4. El Gobierno y la Administración. Designación,
duración y responsabilidad del Gobierno.
Tema 5. La Administración Central del Estado. El Consejo
de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los
Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos
administrativos.
Tema 6. La Administración periférica del Estado. Los
Delegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.
Tema 7. La organización territorial del Estado en la
Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local:
La provincia y el municipio.
Tema 8. El trabajo y la salud: Los riesgos profesionales.
Factores de riesgos. Marco normativo en materia de prevención de
riesgos laborales. Riesgos relacionados con las condiciones de
seguridad. Riesgos relacionados con el medioambiente de trabajo.
Organización y gestión de la prevención.
Tema 9. Calidad: Conceptos generales. Gestión de la calidad.
Sistema de la calidad. Documentación del sistema. Series
ISO 9000.
II. TEMARIO ESPECÍFICO
II.1 Área de Química
Tema 1. Introducción a la estructura atómica. Interacción luz
y átomos. Espectros. Modelo atómico de Bohr. Modelo mecánico
cuántico del átomo. Naturaleza de la radiación electromagnética.
Absorción y emisión de energía en los átomos. Espectros atómicos.
Tema 2. El núcleo atómico. Nomenclatura nuclear.
Radiactividad natural. Radiactividad artificial. Leyes de la desintegración
radiactiva. Tipos de desintegración radiactiva. Interacciones
partículas cargadas con la materia.
Tema 3. Estructura molecular. Estructura de los sólidos.
Enlace químico. Parámetros moleculares. Enlace iónico. Enlace
covalente: Método de enlace de valencia y método de orbital molecular.
Enlace metálico. Fuerzas intermoleculares.
Tema 4. Reacciones ácido-base. Reacciones de
neutralización: Ácido fuerte con base fuerte ; ácido débil con base fuerte,
y viceversa. Hidrólisis de sales de ácido o base débil. Disoluciones
reguladoras. Valoraciones ácido-base.
Tema 5. Reacciones de precipitación. Solubilidad. Factores
que determinan la solubilidad. Producto de solubilidad.
Solubilidad de sales. Disolución de precipitados. Valoraciones de
precipitación.
Tema 6. Reacciones de oxidación-reducción. Concepto de
oxidación-reducción. Número de oxidación. Transferencia de
electrones en las reacciones de oxidación-reducción. Ajuste de
ecuaciones de Redox: Método de ion electrón. Escala de potenciales
normales: Su utilidad.
Tema 7. Procesos electrolíticos. Reacciones Redox
espontáneas. Pilas galvánicas. Potencial estándar de reducción.
Electrólisis. Leyes de Faraday. Pilas y acumuladores. Aplicaciones de
la electrólisis.
Tema 8. Concepto termodinámicos y cinéticos. Ley de Hess.
Criterio de espontaneidad. Equilibrio químico: Constante de
equilibrio. Principio de Le Chatelier. Velocidad de reacción. Ecuación
de Arrhemius. Etapas de reacción: Mecanismos catalizadores.
Tema 9. Formulación y nomenclatura. Nomenclatura y
formulación de óxidos, peróxidos, hidróxidos, ácidos y sales.
Formulación y nomenclatura orgánica: Hidrocarburos, alcoholes,
aldehídos, cetonas, ácidos, ésteres, éteres, amidas, aminas y
nitritos. Derivados sencillos del benceno.
Tema 10. Métodos analíticos. Clasificación. Métodos
instrumentales. Instrumentos para análisis. Selección de un método
analítico. Características de funcionamiento de los instrumentos.
Parámetros de calidad.
Tema 11. Muestreo. Técnicas de muestreo. Conservación y
transporte de las muestras. Almacenamiento. Muestreos
ambientales.
Tema 12. Ataque de muestras sólidas. Ataque por vía
húmeda: Con ácidos, alcalis, oxidantes y complejantes. Ataque por vía
seca: Fusión alcalina simple y oxidantes. Eliminación de materia
orgánica.
Tema 13. Técnicas de separación y concentración.
Precipitación, evaporación, destilación, extracción con disolventes,
resinas de cambio iónico, columnas cromatográficas. Aparatos de
laboratorio.
Tema 14. Volumetría ácido-base. Curva de neutralización de
ácido débil con bases fuertes. Curva de neutralización de base
débil con ácidos fuertes. Punto de equivalencia. Elección de
indicación de una disolución de carbonato y bicarbonato sódico. Idea
de la determinación de acidez libre.
Tema 15. Volumetría Redox. Ajuste de reacciones Redox:
Determinación del equivalente químico de un oxidante y un
reductor. Preparación de una disolución de permanganato potásico con
cobre electrolítico. Determinación de ion ferroso con dicromato
potásico. Determinación de oxalato con permanganato potásico.
Determinación de yodo con oxalato.
Tema 16. Espectrofotometría. Absorción de la luz en el
espectro visible por muestras líquidas: Leyes de absorción. Colorímetros
y espectofotómetros. Selección de la longitud de onda y curvas
de calibrado.
Tema 17. Electroanálisis. Elementos de una celda
electrolítica. Reacciones catódicas y anódicas. Depósito electrolítico de
metales. Potenciometría: Electrodos de referencia pH-metro.
Tema 18. Cálculos químicos. Compendio de cálculos
estequiométricos. Cálculos relacionados con la ecuación de los gases
perfectos. Balances de materia.
Tema 19. Tipos de radiaciones ionizantes. Metodología de
detección de la radiación. Aspectos instrumentales relacionados
con la cuantificación de la radiación.
Tema 20. Seguridad en laboratorio químico. Conocimiento
de riesgos asociados a los reactivos químicos. Manejo de reactivos.
Almacenamiento. Gestión y eliminación de residuos químicos.
Elementos de protección. Hábitos personales y de trabajo.
Actuaciones en caso de incidentes.
II.2 Área de Electrónica
Tema 1. Magnitudes físicas. Unidades. Medida de magnitudes
físicas. Transductores: Magnitudes físicas. Sistema Internacional
de Unidades. Medida de magnitudes físicas: Presión, nivel, caudal,
temperatura, transductores.
Tema 2. Medida de magnitudes eléctricas. Equipos de
medida: Magnitudes eléctricas. Unidades. Medida de magnitudes
electromagnéticas: Tensión, corriente, frecuencia, campo magnético.
Tema 3. Cálculo de errores: Errores en la medida. Tipos de
errores. Cálculo de cota de error. Precauciones y técnicas de
reducción de errores.
Tema 4. Instrumentación electrónica: Aparatos de medida
(galvanómetros, puentes, frecuencímetros). Instrumentos de
medida. Equipos analógicos y digitales.
Tema 5. Osciloscopios: Osciloscopios. Principios de
funcionamiento. Osciloscopios analógicos y digitales. Magnitudes a
medir. Medida de transitorios.
Tema 6. Componentes electrónicos: Componentes
electrónicos. Analógicos-digitales. Pasivos-activos. Características.
Selección según especificaciones. Resistencias, bobinas,
condensadores, diodos, transitores, componentes optoelectrónicos.
Tema 7. Calibración de equipos de medida: Calibración.
Contrastación. Trazabilidad. Calibración de instrumentación de
medida. Calibradores.
Tema 8. Calidad: Aplicación a la medida con instrumentación
electrónica. Aplicación al diseño electrónico. Procedimiento
(generales, específicos).
Tema 9. Electrónica analógica: Conceptos de electrónica
analógica. Diseño de circuitos analógicos, amplificadores
operacionales, fuentes de alimentación, filtros. Circuitos de potencia.
Tema 10. Electrónica digital: Conceptos de electrónica
digital. Semiconductores. Circuitos combinacionales y secuenciales.
Circuitos integrados digitales. MOS, TTL, CMOS. Convertidores
A/D y D/A.
Tema 11. Microprocesadores, microcontroladores, sistemas
de desarrollo: Microprocesadores, microcontroladores.
Arquitectura. Unidad Aritmética Lógica. Direccionamiento. Sistemas de
desarrollo. Elementos "hardware" y "software". Ensambladores,
compiladores. Emuladores. Depuración de programas.
Tema 12. Dispositivos electrónicos programables: FPGA,
DSP: Dispositivos electrónicos programables. Tipos (PLD, FPGA,
DSP). Características. Diferencias. Aplicaciones.
Tema 13. Sistemas de diseño electrónico asistido por
ordenador: Sistemas de diseño electrónico asistido por ordenador.
Diseño de placas de circuito impreso (analógicos, digitales,
mixtos). Diseño de dispositivos programables. Criterios de diseño
relacionados con prestaciones y con fabricación. Criterios de calidad.
Tema 14. Técnicas de montaje de equipos electrónicos:
Técnicas de montaje de equipos electrónicos. Montaje de
componentes en placas. Encapsulado de componentes. Tipos.
Características. Automatización de procesos. Criterios de diseño para
fabricación automática.
Tema 15. Microinformática. Sistemas operativos. Lenguajes
de programación: Microinformática. Fundamentos. Comandos
básicos. Sistemas operativos. Tipos. Programación. Lenguajes.
Tipos. Integración de microprocesadores.
Tema 16. Ordenadores personales. "Hardware": Elementos
"hardware" de un ordenador. Descripción y funciones. Integración.
Procesadores, BIOS, buses, interfaces de entrada/salida,
almacenamiento.
Tema 17. Sistemas de adquisición de datos. Sistemas de
control: Elementos de un sistema de adquisición de datos.
Características funcionales. Conexionado. Programación.
Comunicación. Sistemas aislados y distribuidos. Elementos de control. Tipos
de controladores. Actuadores. Tipos de actuadores.
Características.
Tema 18. Automatismos: Sistemas automáticos. Autómatas
programables. Manipuladores. Robots. Automatización de
procesos y cadenas de producción.
Tema 19. Uso de sensores en robótica: Uso de sensores,
transductores y actuadores en robótica. Visión. Medida de posición,
fuerza. Control de movimientos. Técnicas de orientación.
Tema 20. Transmisión de señales. Comunicaciones:
Comunicación a distancia. Señales de medida y control. Protocolos
estándar de comunicación digitales con soporte material o
inalámbricas. Eliminación de ruido. Emisores/receptores. Tendencias
actuales. Aplicaciones industrial (telecontrol). Comunicaciones
por fibra óptica. Redes.
ANEXO III
Don .......................................................,
con domicilio en ...................., calle ....................,
y documento nacional de identidad número .....................,
declara, bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario del Cuerpo ........................................,
que no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
En ................ a ....... de ................ de ..........
ANEXO IV
Don .......................................................,
con domicilio en ...................., calle ....................,
y de nacionalidad ....................................., declara,
bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario
del Cuerpo .................................., no estar sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública.
En ................ a ....... de ................ de ..........
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid