La Audiencia Provincial de Lérida, en sentencia número
306/00, de fecha 22 de junio de 2000, condena a don Julián
Hoyo Sequi, funcionario del Cuerpo Auxiliar Postal y de
Telecomunicación, Escala de Oficiales, A12TC-11219, como autor de
un delito continuado de malversación de caudales públicos, con
la concurrencia de la eximente incompleta de alteración
psicológica a la pena de dos años y tres meses de prisión, con la
accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo
durante el tiempo de la condena e inhabilitación absoluta por
tiempo de cuatro años.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 37.1.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del
Estado, de 7 de febrero de 1964, y artículo 105, uno de la Ley
13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena de
inhabilitación absoluta, esta entidad dispone la pérdida de la
condición de funcionario de don Julián Hoyo Sequi.
Madrid, 14 de septiembre de 2000.-El Presidente, P. D.
(Resolución de 5 de junio de 2000, "Boletín Oficial del Estado" número
147, del 20), el Consejero-Director general, Alberto Núñez Feijóo.
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