Visto el escrito de don José Silvestre Martínez por el que se
solicita el reconocimiento de determinados efectos retroactivos
a su nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo
General Administrativo de la Administración del Estado;
Comprobada la identidad de la situación existente entre el
ahora reclamante con respecto a otros funcionarios del mismo Cuerpo
a quienes por distintas sentencias de los Tribunales de Justicia,
entre las que pueden citarse las de la Audiencia Nacional de 7
de octubre de 1991, 27 de diciembre de 1994 y 7 de marzo de
1996, se les reconocieron dichos efectos retroactivos, resulta
procedente acceder a su petición, aplicándole los mismos
pronunciamientos contenidos en aquéllas, de conformidad con el principio
de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, en uso de las facultades que le están conferidas por el
artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,
resuelve:
Primero.-Retrotraer al 11 de marzo de 1985 los efectos
administrativos del nombramiento de don José Silvestre Martínez como
funcionario de carrera del Cuerpo General Administrativo de la
Administración del Estado.
Segundo.-Disponer que por los servicios correspondientes del
Ministerio de Defensa se practique y abone al interesado
liquidación complementaria por diferencias de haberes entre los
percibidos y los que realmente le hubieran correspondido como
funcionario de carrera del mencionado Cuerpo desde el día 30 de
junio de 1995, de conformidad con el plazo de prescripción
establecido en el artículo 46 de la Ley General Presupuestaria de
23 de septiembre de 1988.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante la autoridad que lo dictó en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", de conformidad con lo establecido en los
artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día
siguiente al de la indicada publicación, con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 9.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998.
Madrid, 26 de septiembre de 2000.-El Secretario de Estado,
Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y Directora
general de la Función Pública.
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