En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Real Decreto 678/1988, de 1 de julio
("Boletín Oficial del Estado" del 5), y con el fin de atender las
necesidades de personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma
Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así como
en los Estatutos de la Universidad, resuelve convocar pruebas
selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa de la
Universidad de Salamanca (turno de promoción interna), con sujeción
a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 75 plazas de
la Escala Administrativa de la Universidad de Salamanca por el
turno de promoción interna.
1.2 Los aspirantes aprobados accederán a la Escala
Administrativa de la Universidad de Salamanca para desarrollar las
tareas administrativas de trámite y colaboración que le son
propias, así como los trabajos de mecanografía o apoyo que requiera
el desempeño de su puesto de trabajo.
La presente convocatoria no comporta la generación de plazas
vacantes en el Cuerpo o Escala Auxiliar del que procedan los
aspirantes.
1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
las Leyes 30/1984, de 2 de agosto, y 23/1988, de 28 de julio,
modificadora de la anterior; Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, sobre Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado, y los Estatutos de la
Universidad de Salamanca, aprobados por Real Decreto
678/1988, de 1 de julio, y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.4 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos. Ello sin perjuicio de la aplicación
pre
ferente de la posibilidad reconocida por el artículo 78.2 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, sobre Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado,
en cuya virtud los aspirantes aprobados y previa solicitud de los
mismos podrán ser autorizados por el Rector para que se les
adjudique destino en el puesto que viniera desempeñando o en otros
puestos vacantes dotados presupuestariamente, siempre que sean
de necesaria cobertura y se cumplan los requisitos establecidos
en la relación de puestos de trabajo.
1.5 El proceso de selección constará de las siguientes fases:
Fase de concurso y fase de oposición. Las valoraciones, pruebas,
puntuaciones y materias se especifican en el anexo I.
1.6 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición comenzará
a partir del día 1 de mayo de 2000, determinándose en la
resolución que se indica en la base 4.1 el lugar y la fecha de realización,
con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha
en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición.
El Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los
aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas
listas deberán exponerse, en todo caso, en el local donde se vaya
a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón
de anuncios del Rectorado de la Universidad.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
A) Requisitos generales:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos dieciocho años el día en que termine el
plazo de presentación de solicitudes y no haber alcanzado la edad
de jubilación.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Bachiller Superior, BUP, Formación Profesional de segundo
grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de veinticinco años; o,
alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en un Cuerpo o
Escala del grupo D incluido en el ámbito de aplicación de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
B) Requisitos específicos:
a) Pertenecer el día de la publicación de la presente
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a la Escala Auxiliar de
Organismos Autónomos, Escala Auxiliar de la Universidad de
Salamanca o al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del
Estado.
b) Tener destino actual definitivo en la Universidad de
Salamanca.
c) Deberá contarse con una antigüedad de, al menos, dos
años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan los aspirantes.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26
de diciembre, correspondientes a los Cuerpos o Escalas del grupo
inferior a las plazas convocadas, no serán computables a efectos
de antigüedad para participar, por promoción interna, en estas
pruebas selectivas, salvo los servicios prestados en régimen laboral
por aspirantes procedentes de la funcionarización prevista en la
disposición transitoria decimoquinta de la Ley 23/1988.
2.2 Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera de la Escala Administrativa.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Salamanca. A la
instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional
de identidad.
3.2 Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de
concurso deberán presentar certificación según modelo contenido en
el anexo V, expedida por la Sección de Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Salamanca, acreditativo del
Cuerpo o Escala al que pertenezca el funcionario, así como de su
antigüedad en el mismo, así como cuanta documentación estime
oportuna para su mejor valoración.
3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"Ejemplar a presentar por el interesado" del modelo de solicitud) se
hará en el Registro General de la Universidad de Salamanca (Patio
de Escuelas, sin número), o en la forma establecida en el artículo
38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", y se dirigirán al excelentísimo señor Rector
magnífico de la Universidad de Salamanca.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.4 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la
instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el
correspondiente recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar,
expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta
adaptación sea necesaria.
3.5 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas y se
ingresarán en la cuenta de ingresos de derechos de examen de la
Universidad de Salamanca, número 2104/0142/10/110000103/2
de la Caja Duero, oficina urbana número 20, calle de la Rúa,
números 35-37, Salamanca.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de
examen en la Caja Duero o en otra entidad supondrá sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud
ante el órgano expresado en la base 3.3.
3.6 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de candidatos
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Salamanca dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado" y en la que, además de declarar aprobada la lista de
admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo
de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos,
con indicación de las causas de la exclusión. En la lista deberá
constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del
documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
La resolución que apruebe definitivamente los admitidos
pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, los aspirantes
definitivamente excluidos podrán formular recurso
contencioso-administrativo.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo IV de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Salamanca,
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación
de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores
a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar
de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse
incursos en las circunstancias previstas en el citado artículo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de
constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así
como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de la actuación del Tribunal se ajustará, en
todo momento, a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y modificaciones posteriores.
5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la
Universidad de Salamanca.
5.7 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Salamanca, Patio de
Escuelas, sin número, edificio del Rectorado, teléfono 29 44 00.
5.9 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría tercera de las recogidas en el artículo 33 del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.10 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta final
de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
Derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Q", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 15 de abril de 1999 ("Boletín Oficial
del Estado" del 17).
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo
ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya
celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada
en la base 5.8 y por cualesquiera otros medios si se juzga
conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro
horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación
de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio
será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada
sede del Tribunal y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Salamanca, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo número 1 de Salamanca.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.8, y en aquellos
otros que estimen oportunos, la relación de aspirantes aprobados,
por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su
documento nacional de identidad, una vez sumadas las puntuaciones
obtenidas en la fase de concurso.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Rector de la Universidad de Salamanca,
especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de
los ejercicios.
8. Presentación de documentos y nombramiento
de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores
aprobados deberán presentar, en la Sección de Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Salamanca, los
siguientes documentos, siempre que no obren los mismos en el expediente
personal del aspirante en la Sección de PAS de la Universidad
de Salamanca, ni se hayan aportado en el presente procedimiento
selectivo:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
c) Fotocopia, debidamente compulsada, del título de Bachiller
Superior, BUP, Formación Profesional de segundo grado o
equivalente o certificación que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del título o acreditación equivalente según
las bases de esta convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III
a esta convocatoria.
e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
personas con minusvalías deberán presentar certificación de los
órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
que acredite tal condición. Igualmente deberán presentar
certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria,
acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas y
funciones correspondientes.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera
de la Escala Administrativa y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera de la Escala Administrativa, mediante resolución que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y
modificaciones posteriores.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Salamanca, 10 de enero de 2000.-El Rector, Ignacio Berdugo
Gómez de la Torre.
ANEXO I
Ejercicios y calificación
1. El procedimiento de selección de los aspirantes por el
sistema de promoción interna constará de las siguientes fases:
Concurso y oposición.
En consecuencia, superarán el presente procedimiento
selectivo y serán incluidos en la propuesta de nombramiento para la
cobertura de las plazas convocadas según la puntuación final que
arroje la suma de la calificación de los méritos, aplicados conforme
al baremo correspondiente, y de la puntuación obtenida en la
fase de oposición.
2. En la fase de concurso se valorarán los servicios efectivos
o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero de 1979), hasta la
fecha de publicación de esta convocatoria en Cuerpos o Escalas
del grupo D que tuvieran asignadas funciones propias de Auxiliar
Administrativo.
3. La oposición tendrá lugar, con arreglo al siguiente detalle:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de cuarenta
y cinco minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en resolver dos supuestos de
carácter práctico, a elegir de entre los tres propuestos por el
Tribunal, desglosados en preguntas tipo test, dirigidos a apreciar
la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas
administrativas relacionadas con los contenidos de las materias de
gestión de personal, gestión financiera, gestión universitaria, a que
hace referencia el anexo II.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de noventa minutos.
4. Valoración de méritos y calificación de ejercicios:
Fase de concurso: La valoración de los méritos se realizará
de la forma siguiente:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas a que se refiere el apartado 2 de este anexo, asignándose
a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,10
puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado",
se otorgará la siguiente puntuación:
Sin grado consolidado o menos de 14: 0,5 puntos.
Por grado 14 ó 15: 1 punto.
Por grado 16 a 18: 2 puntos.
e) Titulación: Según la titulación superior acreditada, se
otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 1 punto:
Licenciado, Arquitecto o Ingeniero: 1 punto.
Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico: 0,75 puntos.
Bachiller Superior o equivalente: 0,5 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán, única
y exclusivamente, a la puntuación obtenida por aquellos aspirantes
que hayan superado la fase de oposición.
Fase de oposición: Cada ejercicio tendrá carácter eliminatorio,
y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superar cada
uno de ellos obtener, al menos, el 50 por 100 de la puntuación
establecida por los baremos que fije el Tribunal.
En ambos ejercicios las contestaciones erróneas se valorarán
negativamente. En el segundo ejercicio será preciso obtener en
cada uno de los dos supuestos la puntuación mínima fijada por
el Tribunal para su superación, sin posibilidad de compensación
entre ambas calificaciones.
La puntuación obtenida en la fase de concurso se adicionará
a la obtenida en la fase de oposición únicamente para aquellos
aspirantes que hayan superado ambos ejercicios de esta última
fase.
5. Valoración final y propuesta de aprobados: La valoración
final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases (oposición y concurso), no
pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número
mayor de personas que el total de plazas convocadas.
Para superar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna
de las plazas convocadas será necesario aprobar la fase de
oposición y encontrarse, una vez sumada la puntuación de la fase
de concurso, en un número de orden no superior al número de
plazas convocadas.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
las fases de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante
que mayor puntuación hubiera obtenido en la fase de concurso
y, en caso de persistir la igualdad, a aquel aspirante con mayor
puntuación en la valoración del mérito de la fase de concurso
que aparece enunciado en primer lugar [apartado 4.a) de este
anexo], y así sucesivamente con los siguientes méritos, de persistir
la igualdad. Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido
el empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los
aspirantes igualados.
ANEXO II
Programa
1. Derecho Administrativo
Tema 1. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.
Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos.
Tema 2. Los contratos administrativos: Concepto y clases.
Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. Incumplimiento de
los contratos administrativos. Contratos de asistencia y de
servicios.
Tema 3. Administraciones públicas: Tipología y régimen
jurídico. Prerrogativas y limitaciones por su condición de entes
públicos. Estructura orgánica básica de la Administración central y de
la Administración regional de Castilla y León.
Tema 4. El procedimiento administrativo: Concepto e
importancia. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contenido y
ámbito de aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación,
instrucción y terminación del procedimiento administrativo.
Tema 5. Los recursos administrativos: Concepto y clases.
Recurso ordinario y recurso de revisión. Revisión de oficio. Las
reclamaciones económico-administrativas. La jurisdicción
contencioso-administrativa. Su organización. Las partes. Actos
impugnables. Idea general de proceso.
Tema 6. Los servicios de información administrativa.
Información general y particular al administrado. Iniciativas.
Reclamaciones. Quejas. Peticiones.
2. Gestión de personal
Tema 1. Normas básicas en materia de función pública. El
Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades de
Extremadura, Murcia, Salamanca y Valladolid.
Tema 2. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo.
Promoción profesional de los funcionarios. Adquisición y pérdida
de la condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios:
Presupuestos y efectos de cada una de ellas.
Tema 3. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de
retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen
disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento.
Tema 4. El personal laboral al servicio de las
Administraciones públicas. Selección. Derechos, deberes e
incompatibilida
des. El contrato laboral: Contenido. Suspensión y extinción.
Contratación laboral temporal.
Tema 5. El sistema español de Seguridad Social. El régimen
de la Seguridad Social de los funcionarios. La MUFACE. El sistema
de derechos pasivos.
3. Gestión financiera
Tema 1. El presupuesto del Estado. Características y
estructura. Los créditos presupuestarios. Gastos plurianuales. Anulación
de remanentes. Incorporación de créditos. Créditos
extraordinarios y suplementos de crédito. Anticipos de tesorería. Créditos
ampliables. Transferencia de créditos. Generación de créditos.
Tema 2. Ordenación del gasto y ordenación del pago.
Órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables
que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio. Control del
gasto público. Clases. El Tribunal de Cuentas.
Tema 3. El Plan General de Contabilidad Pública: Fines;
ámbito de aplicación y características. Contabilidad presupuestaria y
de gestión. Breve análisis de los grupos de cuentas.
4. Gestión Universitaria
Tema 1. La Universidad de Salamanca: Estatutos de la
Universidad de Salamanca. Órganos de Gobierno colegiados y
unipersonales. El Consejo Social. El Claustro. La Junta de Gobierno.
Departamentos. Centros. Institutos Universitarios. Colegios
Universitarios. Centros adscritos. Servicios universitarios.
Tema 2. La Universidad de Salamanca: Régimen económico
y financiero. Patrimonio. Presupuestos. Financiación y control.
Tasas y precios públicos.
Tema 3. La Universidad de Salamanca: Régimen de
Profesorado y del personal de Administración y Servicios.
Tema 4. La Universidad de Salamanca: Régimen del
alumnado. Matriculación. Planes de estudio. Acceso y permanencia.
Convalidaciones.
ANEXO III
Declaración jurada
Don ................................................................................,
con domicilio en ................................................, y documento
nacional de identidad número ............., declara bajo juramento o
promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala
........................................................, que no ha sido separado
del servicio de ninguna de las Administraciones públicas y que
no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En .........................., a ........ de ......................... de ........
ANEXO IV
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: Don Antonio Alonso Sánchez, Gerente de la
Universidad de Salamanca.
Vocales: Don José Ramón Chaves García, funcionario de la
Escala Técnica de Gestión, nombrado por el Rector en
representación de la Universidad; doña María del Carmen Pol Méndez,
Vicerrectora de Economía, en representación de la Secretaría de
Estado para la Administración Pública, y doña María Antonia Varas
Geanini, funcionaria de la Escala de Gestión, en representación
de la Junta de Personal Funcionario.
Secretaria: Doña Margarita Martín Calvo, funcionaria de la
Escala Administrativa de la Universidad de Salamanca.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Gerardo Llana Herrero, Gerente de la
Universidad de Valladolid.
Vocales: Doña Montserrat Barreales Tomé, funcionaria de la
Escala Técnica de Gestión, nombrada por el Rector en
representación de la Universidad; don Antonio Carreras Panchón,
Vicerrector de Profesorado, en representación de la Secretaría de Estado
para la Administración Pública, y don Javier Martín Torres,
funcionario de la Escala de Gestión, en representación de la Junta
de Personal Funcionario.
Secretaria: Doña María José Moral Herrero, de la Escala
Administrativa de la Universidad de Salamanca.
ANEXO V
Don ................................................................................
Cargo .............................................................................
CERTIFICO: Que, según los antecedentes obrantes en este Centro
relativos al opositor abajo indicado, se justifican los
siguientes extremos:
Datos del opositor:
Apellidos y nombre ............................................................
Cuerpo o Escala a que pertenece .........................................
Documento nacional de identidad número ............................
Número de Registro de Personal ..........................................
Lugar y fecha de nacimiento ...............................................
Promoción .......................................................................
1. Destino actual ............................................................
2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de
pertenencia:
............ años ............ meses ............ días
2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala, como funcionario de
carrera, hasta el día de publicación de la convocatoria:
............ años ............ meses ............ días
3. Titulación acreditada ...................................................
4. Grado personal consolidado en la fecha de publicación de
la convocatoria .....................................................................
Y, para que así conste, expido la presente certificación en ......
............................................................................................
(Localidad,fecha,firma ysello)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid