La Audiencia Provincial de Alicante (Sección Tercera) en
sentencia número 194, de fecha 30 de marzo de 1998, que adquirió
firmeza el 21 de junio de 2000, al no haber sido admitido el
recurso de casación interpuesto contra la misma, condena a don
Ángel José Serrat Pérez funcionario del Cuerpo Auxiliar Postal
y Telecomunicación, Escala de Clasificación y Reparto,
A13TC-27907, como autor responsable de un delito de falsedad
continuada en documentos oficiales y de un delito también
continuado de apropiación indebida en concurso ideal con el
artículo 71 del Código Penal de 1973, con la concurrencia de la
atenuante analógica de embriaguez como circunstancia modificativa
de la responsabilidad criminal, a las penas de un año de prisión
menor y multa de 100.000 pesetas por el mismo delito y cinco
meses de arresto mayor e inhabilitación especial por seis años
y un día por el segundo, con las accesorias de suspensión de
todo cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo
de duración de dichas penas privativas de libertad.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en los
artículos 37.2.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del
Estado, de 7 de febrero de 1964, y 105.2 de la Ley 13/1996,
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación
especial, esta Entidad dispone la pérdida de la condición de
funcionario de don Ángel José Serrat Pérez.
Madrid, 19 de septiembre de 2000.-P. D. (Resolución de 5
de junio de 2000, "Boletín Oficial del Estado" número 147, del 20),
el Consejero-Director general, Alberto Núñez Feijoo.
Ilma. Sra. Subdirectora de Gestión de Personal.
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