De conformidad con lo establecido en el artículo 9, apartado
1.a), y artículo 10, apartado 1, del Real Decreto 2378/1985,
de 18 de diciembre, por el que se regula el Consejo Escolar del
Estado formarán parte del mismo un número determinado de
Consejeros, representantes de la enseñanza pública, nombrados por
el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta de
sus centrales y asociaciones sindicales más representativas.
Según dispone el artículo 12, apartado 1.d), del referido Real
Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del
Consejo por revocación del mandato conferido por las
organizaciones respectivas que los designaron.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, a
propuesta de la Confederación de Sindicatos de Trabajadores de la
Enseñanza (STEs), he dispuesto:
Primero.-El cese de doña M. Pilar Catalán Romea como
Consejera titular del Consejo Escolar del Estado, por el grupo de
Profesores de la enseñanza pública.
Segundo.-El nombramiento de don José Luis López Belmonte
como Consejero titular del Consejo Escolar del Estado, por el
mismo grupo.
Tercero.-El mandato del Consejero nombrado por la presente
Orden finalizará en la fecha de renovación bienal, en la que habría
de cesar la Consejera, en cuyo lugar se le nombra, según lo previsto
en los artículos 10.2 y 13 del Real Decreto 2378/1985, de 18
de diciembre.
Madrid, 9 de octubre de 2000.
DEL CASTILLO VERA
Ilmo. Sr. Presidente del Consejo Escolar del Estado.
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