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Documento BOE-A-2000-19038

Orden de 3 de octubre de 2000 por la que se aprueban dos convocatorias de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, una por el sistema de turno libre y otra por el sistema de promoción interna contemplado en el artículo 5 del Real Decreto 117/2000, de 28 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2000, páginas 36493 a 36501 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-19038

TEXTO ORIGINAL

Ambas convocatorias se regirán por las mismas bases. Los

aspirantes deberán optar por presentarse únicamente a una de las

dos convocatorias. En ningún caso las plazas que pudieran quedar

vacantes en la convocatoria de promoción interna podrán

acumularse a la convocatoria del turno libre.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto

117/2000, de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29),

por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000,

y con el fin de atender las necesidades de personal del Ministerio

de Hacienda, en uso de las competencias que le están atribuidas

en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, este

Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en el

Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, código 0605, con

sujeción a las siguientes

Bases de las convocatorias

1. Normas generales

1.1 En la convocatoria para turno libre se convocan pruebas

selectivas para cubrir cuatro plazas.

1.2 En la convocatoria para promoción interna se convocan

pruebas selectivas para cubrir dos plazas de las previstas en el

artículo 5 del Real Decreto 117/2000, de 28 de enero.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio; la

Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la función

pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión

Europea, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de

Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 117/2000, de 28

de enero, y lo dispuesto en las presentes convocatorias.

1.4 Cada proceso selectivo constará de una fase de oposición,

con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso

selectivo.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de estas convocatorias.

1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir del 1 de marzo del año 2001. La duración máxima de esta

fase será de siete meses, contados a partir de la realización del

primer ejercicio.

1.8 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante. Estos funcionarios en

prácticas deberán superar el curso selectivo al que se refiere la

base 1.4, el cual comenzará en el plazo máximo de dos meses,

a partir de la terminación del fijado en la base 8.1 de las presentes

convocatorias.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente

posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación

obtenida, una vez desaparecidas las causas que impidieron su

realización.

Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a

su nombramiento como funcionarios de carrera de acuerdo con

lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo.

1.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho. Por tanto, este número no podrá ser superior

a 10 en la convocatoria de acceso libre, ni superior a dos en

la convocatoria de promoción interna.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República

de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes

y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales

de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este

último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de

nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados

por España.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Arquitecto. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero

deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su

homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

funciones propias del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionarios de carrera.

2.3 Los aspirantes que concurran a la convocatoria de

promoción interna deberán pertenecer, el día de la publicación de

la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", a

Cuerpos o Escalas del grupo B; estar incluidos en el ámbito de

aplicación del apartado 1 del artículo uno de la Ley 30/1984, de 2

de agosto; tener una antigüedad de, al menos, dos años en el

Cuerpo o Escala a que pertenezcan, antigüedad que se computará

con referencia al día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes, y reunir los demás requisitos exigidos en esta

convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a los

de los Cuerpos o Escalas del grupo B serán computables, a efectos

de antigüedad, para participar por promoción interna en estas

pruebas selectivas.

2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de

funcionarios de organismos internacionales habrán de ajustarse a los

requisitos y condiciones que, para su acceso en los Cuerpos y

Escalas de la Administración del Estado, establece el Real

Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios

de nacionalidad española de organismos internacionales a los

Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,

en la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio

Hacienda, y en las representaciones diplomáticas o consulares

de España en el extranjero.

Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del

documento nacional de identidad.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso son las que

se detallan a continuación:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Hacienda.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consigne

Subsecretaría y el código 15001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,

consigne el código 15020.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria

consigne 00.

15. Cuerpo, Escala o Grupo profesional o categoría. Consigne

el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública y el código 0605.

17. Forma de acceso: Consigne la letra L si se presenta por

la convocatoria de acceso libre y R si se presenta por la de

promoción interna.

18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante. Consigne

Ministerio de Hacienda.

19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la convocatoria.

21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado de minusvalía

según el dictamen del órgano competente.

25. Consigne en el apartado A) la titulación poseída, en el

apartado B) el idioma elegido para el quinto ejercicio, de carácter

voluntario, y en el apartado C) el Cuerpo de pertenencia, en su

caso.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Ministerio de Hacienda, calle Alcalá, números 5 a 11, 28071

Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo ("Boletín

Oficial del Estado" del 22), en el plazo de veinte días naturales,

a partir del siguiente al de la publicación de estas convocatorias

en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al Subsecretario

de Hacienda.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 La tasa por derechos de examen será de 4.000 pesetas

(24,04 euros), y se ingresará en efectivo en cualquier banco, caja

de ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan como

entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de

la convocatoria para promoción interna gozarán de una

bonificación del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía 2.000 pesetas

(12,02 euros).

Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero

ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número

0104-0808-28-0302345038 del Banco Exterior.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33

por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de dicha condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

publicación de las presentes convocatorias. Será requisito para

el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no

hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen

negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de

promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,

carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición

de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley,

se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional

de Empleo o en los órganos competentes de las Comunidades

Autónomas. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará

mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las entidades

mencionadas supondrá sustitución del trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la

base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario de Hacienda dictará resolución en el plazo máximo de

un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y excluidos.

En dicha resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial

del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentran

expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes

admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha de realización

del primer ejercicio. Dichas listas deberán ser expuestas, en todo

caso, en los Servicios Centrales del Ministerio de Hacienda, en

la Dirección General del Catastro, en la Dirección General del

Patrimonio del Estado, en las Delegaciones del Gobierno en las

Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno

en las provincias, así como en la Dirección General de la Función

Pública y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas. En las listas deberán constar, en

todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad o documento que acredite la nacionalidad así como,

en su caso, la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la resolución, para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la resolución definitiva, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo

órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de acuerdo

con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

pro

cederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto

de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los

documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución

de los derechos de examen.

En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la

tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y

Hacienda de 22 de marzo de 1991, sobre devolución de ingresos

indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de

septiembre, corresponderá al Departamento ministerial

convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo

la posterior tramitación para su abono. A estos efectos se aplicará

el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del

Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de

devolución podrá realizarse bien de oficio por la Administración o a

instancia del interesado mediante solicitud dirigida al

Departamento ministerial convocante.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a estas convocatorias.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario de Hacienda, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de estas convocatorias.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal

que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por

alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la

celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos y

actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente y

Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la

sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en el

plazo máximo de treinta días, a partir de su designación, y mínimo

de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de

Hacienda a propuesta del Tribunal, a través de la Subdirección General

de Recursos Humanos.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y de Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas

competentes.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Recursos

Humanos del Ministerio de Hacienda (paseo de la Castellana,

número 162, planta 16, de Madrid).

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

A efectos de información se podrá llamar a los

teléfonos 91 349 39 67, 91 349 37 74 y 91 349 35 90.

5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá

interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el

plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la

letra "B", de conformidad con lo establecido en la Resolución de

la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de

febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo), por

la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 16 de

febrero de 2000.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "B", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "C", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera

otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima

divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a

la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate

del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado la prueba anterior y por cualquier otro medio

si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por las presentes

convocatorias, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario de Hacienda, comunicándole asimismo

las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos

procedentes.

Contra la resolución que declara la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el

plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su

noti

ficación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano

judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Lista de aprobados

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en

el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes

de aspirantes aprobados, tanto en la convocatoria de acceso libre

como en la de promoción interna, por orden de puntuación

alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad o

documento que acredite la nacionalidad.

El Presidente del Tribunal enviará, a través de la Subdirección

General de Recursos Humanos, copias certificadas de ambas listas

de aprobados al Subsecretario de Hacienda, especificando,

igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hagan públicas las listas definitivas

de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, paseo de la Castellana,

número 162, planta 16, de Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia del documento nacional del identidad o

documento que acredite su nacionalidad.

B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en

el extranjero deberá adjuntarse la credencial que acredite su

homologación.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a estas

convocatorias.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no la hubieran

tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de

participación. Además deberán presentar, declaración jurada o

promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida en su Estado el acceso a la función pública,

según modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.

D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,

si obtuvieran plaza, mediante certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su

caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo formular opción por la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios

en prácticas de conformidad con lo previsto en el Real

Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6

de marzo). Igualmente deberán hacerlo así quienes tengan la

condición de personal laboral o funcionario interino.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza

mayor no presentaren la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán

anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en

que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por orden de la autoridad convocante, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa

oferta de los mismos.

Aquellos puestos de trabajo ofrecidos como primer destino que

supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio del

poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

excluidos de la posibilidad de ser elegidos por los aspirantes de

nacionalidad no española, siendo la Administración la competente para

determinar cuáles serían esos puestos de trabajo.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de

Hacienda, funcionarios de carrera mediante resolución del

Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado".

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá

efectuarse en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente

a la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en

colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios

competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos

se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecida por la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 3 de octubre de 2000.-El Ministro, P. D. (Orden de

3 de agosto de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 9), el

Subsecretario, Rafael Catalá Polo.

Ilmos. Sres. Subsecretario, Subdirector general de Recursos

Humanos y Presidentes de los Tribunales de las pruebas

selectivas para ingreso en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda

Pública.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

I. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo.

A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de cinco

ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto el quinto, que es de

carácter voluntario.

No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77

del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, los aspirantes que

concurran a la convocatoria de promoción interna pertenecientes

al Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda

Pública, que tengan una antigüedad mínima de dos años en dicho

Cuerpo, estarán exentos de la realización del primer ejercicio.

El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito, en un

tiempo máximo de cuatro horas, a diez preguntas propuestas por

el Tribunal sobre materias incluidas en los siguientes grupos del

programa:

I. Derecho Civil y Derecho Mercantil (25 temas).

II. Derecho Constitucional y Derecho Administrativo (25

temas).

El segundo ejercicio será de naturaleza escrita y consistirá en

desarrollar, durante un tiempo máximo de cuatro horas, dos temas

extraídos al azar, uno de cada uno de los grupos siguientes:

III. Valoración inmobiliaria y Gestión del Catastro (27 temas),

IV. Organización, Informática y Gestión de Patrimonio (23

temas).

El tercer ejercicio consistirá en el desarrollo de tres supuestos

prácticos, durante un máximo de seis horas, sobre materias

relacionadas con:

a) Contratación administrativa.

b) Valoración e inspección catastral.

c) Valoración inmobiliaria.

d) Normativa urbanística.

e) Gestión patrimonial inmobiliaria.

Este ejercicio podrá realizarse en una o varias sesiones que,

en cualquier caso, constituirán una unidad de acto, no

computándose el tiempo invertido en los desplazamientos, si los hubiera,

en el tiempo máximo previsto de duración del ejercicio.

Los opositores podrán disponer de la documentación

complementaria que estimen oportuna, por su parte, para la realización

de los ejercicios prácticos, y aportada por ellos mismos.

El cuarto ejercicio será de naturaleza oral y consistirá en la

exposición, durante un tiempo máximo de treinta minutos, de tres

temas, extraídos al azar, uno de cada uno de los siguientes grupos:

V. Teoría económica y Hacienda Pública (25 temas).

VI. Derecho Financiero y Tributario (25 temas).

VII. Derecho Urbanístico y Organización del Sector de la

Construcción (25 temas).

El opositor, utilizando únicamente el programa de la oposición,

dispondrá de un máximo de diez minutos para preparar un guión

de dichos temas, pasando a continuación, una vez consumidos

o no los diez minutos, a desarrollarlos oralmente.

Los ejercicios primero, segundo y tercero se leerán

públicamente, siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten

a la lectura.

El quinto ejercicio, de carácter voluntario, consistirá en una

traducción directa sin diccionario, durante un tiempo máximo de

una hora, de un texto determinado por el Tribunal en un idioma

extranjero de los considerados oficiales en el seno de la Comunidad

Europea, a elección del opositor.

Cada opositor hará constar en la instancia por la que solicita

su participación en estas pruebas selectivas el idioma del que

desee ser examinado, en su caso.

B) Curso selectivo.-Los funcionarios en prácticas habrán de

superar con aprovechamiento un curso selectivo, simultaneado,

en su caso, con la realización de prácticas en los puestos de trabajo,

de una duración máxima de cuatro meses, organizado por el

Instituto de Estudios Fiscales.

El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses,

contados a partir de la finalización de la fase de oposición.

II. Valoración

Fase de oposición:

Los ejercicios se calificarán por el sistema de puntos, a

excepción del primero, cuya calificación será de "apto" o "no apto" y

del que estarán exentos los aspirantes de promoción interna

pertenecientes al Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la

Hacienda Pública.

Cada ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20

puntos, necesitándose un mínimo de 10 puntos en cada uno de

ellos para pasar al siguiente o, en su caso, para superarlo.

La puntuación de cada ejercicio estará constituida por la media

aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del

Tribunal, eliminándose la más alta y la más baja.

El Tribunal expondrá públicamente la relación de aprobados

en cada ejercicio, especificando la puntuación total o calificación

que hubiera obtenido. Los que no figuren en la relación se

considerarán excluidos y sin ningún derecho a seguir tomando parte

en la oposición.

La calificación final de esta fase vendrá determinada por la

suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los

ejercicios de la fase de oposición.

Curso selectivo:

Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por

el total de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15

puntos como mínimo.

Dicha puntuación se acumulará a la obtenida en la fase anterior

y determinará el orden final de los aspirantes, a todos los efectos,

sin perjuicio de lo establecido en la base 1.1.4. En caso de empate,

el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación

alcanzada en el curso selectivo, y en caso de persistir el empate, a

la correspondiente al segundo, tercero y cuarto ejercicios de la

fase de oposición.

ANEXO II

Temario

I. Derecho Civil y Derecho Mercantil

Tema 1. El Derecho objetivo: Concepto y divisiones.

Distinción entre el Derecho objetivo y Derecho subjetivo. Derecho

público y Derecho privado. El Derecho civil en España. El Código Civil

y la legislación complementaria.

Tema 2. Las fuentes del Derecho en el sistema jurídico

positivo español: Especial referencia a la Ley. La costumbre. Los

principios generales del Derecho. Significado de la jurisprudencia.

Tema 3. El sujeto del Derecho. Las personas físicas y las

personas jurídicas: Nacimiento, extinción y capacidad.

Representación, nacionalidad y domicilio de las personas jurídicas.

Tema 4. El objeto del Derecho. Las cosas. Concepto y

clasificación. Especial referencia a los bienes muebles e inmuebles,

de dominio público y de propiedad privada. El patrimonio. Los

frutos. Los gastos y las mejoras.

Tema 5. Los derechos reales. Naturaleza, caracteres y

diferencias con el derecho de crédito. Clasificación de los derechos

reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española.

Tema 6. El derecho real de dominio. Extensión y contenido.

Dominio del suelo y del espacio aéreo. Protección del dominio

y acciones que nacen del mismo. Adquisición del dominio. La

teoría del título y el modo. La tradición en el Derecho español.

La accesión. La usucapión. La pérdida del dominio. La pérdida

en virtud de adquisiciones "a non domino".

Tema 7. La comunidad de bienes y el condominio. Reglas

del Código Civil. La propiedad horizontal.

Tema 8. La posesión: Su naturaleza jurídica. Clases de

posesión según el Código Civil. Efectos de la posesión. Protección

del estado posesorio. Los interdictos. Deslinde y amojonamiento.

Tema 9. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de

usufructo: Naturaleza y caracteres. Derechos y obligaciones del

usufructo: Su constitución, extinción y transmisibilidad. Derechos

de uso y habitación. El derecho real de superficie. Censos y foros.

Tema 10. El derecho real de servidumbre: Concepto,

caracteres y elementos. Clases de servidumbres. Adquisición de las

servidumbres. Pérdida de las servidumbres. Las servidumbres

voluntarias.

Tema 11. Servidumbres legales. Concepto. Distinción con las

limitaciones del dominio. Las servidumbre legales en el Código

Civil. Servidumbres de regulación administrativa. Especialidades

forales en materia de servidumbres.

Tema 12. Los derechos reales de garantía. La hipoteca.

Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La

hipoteca mobiliaria. La prenda. La prenda sin desplazamiento.

Tema 13. El Registro de la Propiedad en España.

Organización y principios que lo informan. Clases de asientos. Publicidad

registral. Las certificaciones registrales. Contenido y efectos.

Tema 14. La obligación: Su naturaleza y elementos. Clases

de obligaciones. El cumplimiento de las obligaciones. Extinción.

Incumplimiento y cumplimiento anormal. Prueba de las

obligaciones.

Tema 15. El negocio jurídico. Elementos esenciales. La

ineficacia o invalidez del negocio jurídico. El contrato: Fundamento

y función. Elementos y objeto del contrato. Interpretación,

ineficacia y rescisión. Clasificación de los contratos. El contrato

preparatorio o precontrato. La promesa de venta y el contrato de

opción. Los contratos normativos y los contratos de adhesión.

Tema 16. El contrato de compraventa: Su naturaleza.

Obligaciones del vendedor y del comprador. Los derechos de tanteo

y retracto: Naturaleza y clases. El contrato de permuta.

Tema 17. El contrato de arrendamiento, su función y especies.

Normas fundamentales del Código Civil. Régimen especial de

arrendamientos de fincas urbanas. Ley 29/1994, de 24 de

noviembre. Supuestos que contempla. Censo de viviendas.

Tema 18. Los contratos de arrendamiento de obra y de

servicios: Naturaleza, elementos y contenido. Responsabilidades civiles

del propietario, del constructor, del Arquitecto y del Arquitecto

Técnico. Prescripción de responsabilidades.

Tema 19. Las sociedades mercantiles. El contrato de

sociedad. Nacionalidad de las sociedades. Clases de sociedades. El

proceso extintivo de las sociedades mercantiles. Transformación

y fusión de sociedades.

Tema 20. La sociedad anónima (I). Régimen vigente en el

Derecho español. Fundación. Los Estatutos. El capital social y

las reservas. La acción. La emisión de obligaciones.

Tema 21. La sociedad anónima (II). Órganos. Censura de

cuentas. Impugnación de los acuerdos sociales. El cierre del

ejercicio, el Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.

Tema 22. La unión o concentración de empresas. Las

sociedades cooperativas.

Tema 23. Las obligaciones y los contratos mercantiles. La

prescripción en Derecho mercantil.

Tema 24. El contrato de seguro. Reaseguro, contraseguro,

coaseguro y seguro subsidiario. Seguro individual y seguro

colectivo.

Tema 25. El seguro contra daños. Seguros de personas.

II. Derecho Constitucional y Derecho Administrativo

Tema 1. La Unión Europea. Sistema institucional.

Tema 2. El ordenamiento jurídico comunitario. Su relación

con el ordenamiento jurídico español.

Tema 3. La Constitución española de 1978: Características

y estructura. Los derechos y libertades públicas. Los derechos

económicos y sociales.

Tema 4. Las Cortes Generales. Sus funciones.

Funcionamiento.

Tema 5. La Corona. El Gobierno: Composición, organización

y funciones. La iniciativa legislativa.

Tema 6. El Tribunal Constitucional y el Tribunal de Cuentas.

El Defensor del Pueblo.

Tema 7. El Poder Judicial. El Consejo de Estado.

Tema 8. La Administración y el Derecho Administrativo. Las

fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 9. La Ley. Decretos-leyes, y Decretos Legislativos. El

Reglamento. La potestad reglamentaria.

Tema 10. Los ordenamientos autonómicos y las Comunidades

Autónomas. Las entidades municipales y las entidades

provinciales. Los Cabildos Insulares. La personalidad jurídica de las

Administraciones públicas.

Tema 11. La organización y funcionamiento de la

Administración General del Estado. Principios de organización,

funcionamiento y relación con los ciudadanos. Órganos centrales y

órganos territoriales. La Administración General del Estado en el

exterior. Órganos colegiados. Organismos públicos.

Tema 12. El Ministerio de Hacienda. Su organización y

funciones. Servicios centrales y periféricos. La Agencia Estatal de

Administración Tributaria: Organización y competencias.

Tema 13. Los Arquitectos de la Hacienda Pública. Trabajos

y actuaciones que llevan a cabo en los distintos Centros y

dependencias del Ministerio de Hacienda y de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria. Asistencia y asesoramiento a órganos

colegiados.

Tema 14. La función pública. Naturaleza de la relación

funcionarial. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial.

Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios.

El régimen disciplinario de la función pública. El régimen de

incompatibilidades.

Tema 15. La potestad administrativa. El principio de

legalidad. Actividad de las Administraciones públicas. Derechos de

los ciudadanos. Actos presuntos. Disposiciones administrativas

y actos administrativos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 16. El procedimiento administrativo. Revisión de actos

en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos. Reclamaciones

previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Potestad

sancionadora. Responsabilidad de las Administraciones públicas

y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

Tema 17. La jurisdicción contencioso-administrativa.

Extensión y límites. Recursos. La Administración General del Estado

y la Justicia: Conflictos jurisdiccionales. Cuestiones de

competencia y conflictos de atribuciones.

Tema 18. Los contratos de las Administraciones públicas en

general. Requisitos para contratar con la Administración:

Capacidad, solvencia y clasificación de las empresas.

Tema 19. Actuaciones relativas a la contratación. Los pliegos.

Tramitación de expedientes. Procedimientos y formas de

adjudicación. Revisión de precios. Cesión y subcontratación.

Tema 20. El contrato de obra. Redacción y Supervisión del

proyecto de obra. Ejecución y modificación. Resolución y efectos.

El contrato de elaboración de proyecto de obra.

Tema 21. El dominio público y el patrimonio privado de los

entes públicos. El patrimonio privado del Estado. Adquisición y

enajenación de bienes y derechos del Estado. El inventario general

de bienes y derechos del Estado.

Tema 22. La acción administrativa con relación a las aguas,

las minas, los montes, las costas y el medio ambiente.

Tema 23. La Ley del Patrimonio Histórico Español. Normas

de desarrollo y complementarias. Bienes que lo integran. La

declaración de interés cultural. Los bienes inmuebles y su protección.

Medidas de fomento.

Tema 24. La acción administrativa en la actividad

inmobiliaria. Legislación de actuaciones protegibles en materia de

vivienda y suelo. Viviendas de protección oficial. Normas. Cédulas de

calificación. Beneficios. Infracciones. Descalificación y efectos.

Medidas de financiación de actuaciones, protegidas en materia

de vivienda y suelo.

Tema 25. La expropiación forzosa: Teoría sobre su

justificación y naturaleza. Ley de expropiación forzosa y sus

modificaciones. Determinación del justo precio. Procedimientos

expropiatorios especiales.

III. Valoración Inmobiliaria y Gestión del Catastro

Tema 1. Teoría del valor. El precio. Relación entre valor y

precio. Criterios de valoración de inmuebles. Métodos de

valoración según su finalidad. Evolución histórica del derecho de

propiedad y su influencia sobre el valor de los inmuebles.

Tema 2. Sistemas de valoración. Valor en venta. Valoración

por mercado. Valor por comparación. Valor de reposición. La

depreciación: Sus clases. Estudios del mercado inmobiliario:

Aplicaciones.

Tema 3. Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento

y gastos. Valoración por rendimientos. Capitalización. Influencia

de la legislación sobre arrendamientos urbanos y otras limitaciones

administrativas de la rentabilidad.

Tema 4. Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. La

parcela tipo y los coeficientes correctores. Método residual de

valoración del suelo. Valor de repercusión y valor unitario.

Correcciones del valor.

Tema 5. Valor de las construcciones. Valoración analítica y

valoración sintética. Procedimiento de medición. Valor unitario.

Valor intrínseco o de coste y valor de reposición. Depreciaciones.

Tema 6. Valoraciones administrativas. El sistema de

valoración catastral. Los criterios de valoración de la Ley sobre régimen

del suelo y valoraciones. Valoración a efectos del Impuesto sobre

el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos.

Tema 7. Normas de valoración de inmuebles para cobertura

de provisiones técnicas en el sector asegurador. Criterios de

valoración. Principios. Aptitud de los inmuebles. La doble vía para

la valoración. Comprobación de las valoraciones. Revisiones

posteriores.

Tema 8. El Catastro. Concepto. Orígenes y diversos modelos

existentes. Evolución histórica del Catastro en España.

Tema 9. Situación actual de la institución catastral. Objetivos

y fines. El proceso de coordinación del Catastro con otros sistemas

registrales de carácter público. Especial referencia al Registro de

la Propiedad.

Tema 10. El Catastro inmobiliario urbano. Legislación básica.

El valor catastral de los bienes urbanos. Normas técnicas.

Tema 11. La coordinación de valores. Áreas económicas

homogéneas. Módulos básicos. Las Juntas Técnicas Territoriales

de coordinación inmobiliaria urbana. La Comisión Superior de

Coordinación inmobiliaria urbana. Procedimiento de

coordinación.

Tema 12. Los estudios de mercado inmobiliario y las

ponencias de valores. Delimitación del suelo de naturaleza urbana.

Polígonos de valoración. Coordinación, aprobación y modificación de

las ponencias de valores: Procedimientos.

Tema 13. Valoración catastral. Valoración del suelo.

Criterios. Valores de repercusión y unitarios. Coeficientes correctores

de aplicación.

Tema 14. Valoración de las construcciones en el

procedimiento de valoración catastral. Criterios. Tipologías edificatorias.

Coeficientes correctores a aplicar. Coeficientes correctores de la suma

del valor del suelo y de la construcción. El valor catastral.

Tema 15. La formación y revisión de los catastros. Contenido

y procedimientos. Documentación catastral. La referencia

catastral. El padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La

notificación de valores.

Tema 16. Contratación de los trabajos catastrales. Pliego de

cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.

Órganos competentes. Control y supervisión.

Tema 17. Las modificaciones de valor. Procedimientos. La

conservación y mantenimiento del Catastro. Referencia al

planeamiento urbanístico.

Tema 18. La gestión catastral y la gestión tributaria en el

impuesto sobre bienes inmuebles. Colaboración

interadministrativa. Competencias.

Tema 19. Procedimiento de gestión catastral. Alteraciones

de orden físico, jurídico y económico. Contenido y efectos.

Recursos y reclamaciones contra los actos de gestión catastral.

Tema 20. Ordenación de la cartografía oficial. Sistemas

cartográficos. Técnicas actuales. Especial referencia a la

ortofotografía. Cartografía catastral. Cartografía informatizada.

Tema 21. Base de datos catastral. Informatización de los

Catastros rústico y urbano. El sistema de información catastral.

Coordinación con otras administraciones.

Tema 22. El sistema de información geográfica. Concepto y

clases. El sistema de información geográfica y catastral:

Características y usos.

Tema 23. Estadística y valoración urbana (I). Conceptos

fundamentales de la estadística. La estadística descriptiva.

Representaciones gráficas.

Tema 24. Estadística y valoración urbana (II). Medidas de

posición y medidas de dispersión. Números índices.

Tema 25. Estadística y valoración urbana (III). Ajuste por el

método de los mínimos cuadrados. Represión y correlación.

Regresión simple y regresión múltiple. Aplicaciones en el campo de

la valoración.

Tema 26. Estadística y valoración urbana (IV). Concepto de

muestreo. Tipos. Muestreo de poblaciones finitas e infinitas.

Tema 27. Estadística y valoración urbana (V). Inferencia

estadística: Planteamiento general. Métodos de inferencia: Estimación

y contrastes. Concepto y propiedades de los estimadores. Métodos

de estimación. Contraste de hipótesis.

IV. Organización, Informática y Gestión de Patrimonio

Tema 1. Las organizaciones: Definición y tipos. Teoría de

la organización. La organización científica del trabajo. La escuela

de los principios de administración.

Tema 2. El factor humano en la organización. El elemento

humano en las organizaciones prestadoras de servicios. El grupo

en la organización. Características y tipos de grupos.

Tema 3. La comunicación interna en las organizaciones.

Tipos. Flujos, barreras y redes en la comunicación. El clima

laboral. La motivación.

Tema 4. La formación de la ciencia administrativa: Orígenes

y evolución. Los problemas de la investigación administrativa.

Métodos y técnicas de análisis de las organizaciones públicas.

Tema 5. El desarrollo histórico de la Administración pública:

Tendencias centralizadoras y descentralizadoras. Las

transformaciones de la organización y las tareas de la Administración pública.

Tema 6. La Administración como organización. La estructura

del poder en la Administración. Sociología de las Administraciones

públicas: Organización formal e informal.

Tema 7. Sistemas administrativos comparados: Los modelos

británico, francés y norteamericano.

Tema 8. El sistema administrativo español. Su evolución.

Características generales. Líneas de reforma.

Tema 9. La influencia del sistema político sobre las

estructuras administrativas. La dirección política. Aparato del Estado,

ideología política e instituciones políticas.

Tema 10. La empresa: Concepto, realidad, economía y

entorno.

Tema 11. Clases de empresas: Criterios de clasificación.

Tema 12. La localización de la empresa. Empresa y mercado.

El tamaño de la empresa.

Tema 13. Modelos de organización empresarial. La dirección.

Tema 14. Los objetivos de la empresa. La planificación.

Tema 15. El control de la empresa. Principales sistemas de

control. Eficiencia y eficacia.

Tema 16. Teoría de la decisión. Teoría de juegos.

Tema 17. El sistema de información y su estructura.

Concepto. Componentes y funcionamiento de un sistema de

información; aspectos físicos y lógicos. Bases de datos. Sistemas

operativos.

Tema 18. Microinformática. Sistemas físicos. Paquetes

integrados. Redes de área local. El diseño asistido por ordenador.

La ofimática.

Tema 19. Seguridad informática. Protección de los sistemas

y de la información. Auditoría informática.

Tema 20. La organización de la informática en la

Administración del Estado. El sistema público de adquisición de bienes

y servicios informáticos.

Tema 21. La gestión de los patrimonios inmobiliarios.

Sistemas y métodos de gestión. La administración según tipos de

inmuebles. Sociedades gestoras de patrimonios.

Tema 22. Estructuración de activos. Labores de inventario.

Políticas de optimización de activos inmobiliarios: Inversión,

reinversión y desinversión.

Tema 23. La gestión de servicios integrado ("facility

management"). Modelos y organización. Funciones de la gestión de

servicios integrados. La evaluación de necesidades y el diseño de

soluciones. Gestión y control del mantenimiento del patrimonio

inmobiliario.

V. Teoría Económica y Hacienda Pública

Tema 1. La ciencia económica: Concepto, objeto y contenido.

Divisiones de la misma. Macroeconomía y microeconomía. El

método de la ciencia económica. La evolución del pensamiento

económico. Los sistemas económicos: Concepto.

Tema 2. Teoría de la demanda. Elasticidad e inelasticidad.

Su efecto sobre los precios. La oferta y su elasticidad. El mercado.

Su equilibrio y desequilibrio. Desplazamiento de las curvas de

oferta y demanda. La formación de los precios. Efectos sobre la

distribución de bienes y la asignación de recursos.

Tema 3. El mercado de competencia y concurrencia perfectas.

Mercados imperfectos. Monopolios y oligopolios de oferta y de

demanda. Sus efectos. Mercados intervenidos. El proteccionismo.

El "dumping".

Tema 4. Teoría de la producción. Los factores. La tierra y

la determinación de su renta. Trabajo y capital. La empresa. Los

costes de producción: Fijos, variables, marginales y medios.

Producción, plazo y escala. Costes constantes y variables.

Maximización de beneficios.

Tema 5. La empresa como realidad económica. Clases de

empresas y características. Concentración de empresas.

Agrupación temporal de empresas. Empresas multinacionales.

Tema 6. Magnitudes macroeconómica. La riqueza. El capital

nacional. Medición. Producto nacional: PIB y PNB. La renta

nacional y el gasto nacional. Relaciones recíprocas. El flujo circular

de la renta. Inversión y ahorro.

Tema 7. La contabilidad nacional. Las balanzas comercial y

de pagos.

Tema 8. La economía y sus ciclos. Estabilización y desarrollo.

Tema 9. Estructura económica de España. Los sectores

productivos. Las relaciones intersectoriales. La distribución del

producto interior bruto y de la renta nacional. La industria de la

construcción.

Tema 10. Los organismos económicos internacionales.

Organización, ámbito y competencias. El Banco Mundial. El Fondo

Monetario Internacional. La OCDE, el GATT y la Organización

Mundial de Comercio. La Unión Europea.

Tema 11. El dinero, la renta y el gasto. Los sistemas

monetarios: Patrones automáticos y patrones dirigidos. Relación entre

el valor del dinero y el nivel de precios.

Tema 12. El sistema monetario español. La inflación: Control

y medidas correctoras. Política monetaria.

Tema 13. El sistema financiero español. El Banco de España.

La entidades oficiales de crédito. La banca privada. Las cajas de

ahorro. Otros intermediarios financieros. La Bolsa. Entidades de

seguros.

Tema 14. La actividad financiera del sector público. La

Hacienda Pública. La financiación de los gastos y sus efectos sobre

la estabilidad. Gastos, impuestos y crecimiento económico. Bienes

públicos y bienes sociales. Selección de proyectos de gasto

público. Aspectos distributivos. Las empresas públicas.

Tema 15. El presupuesto como instrumento de elección

social. El presupuesto: Aspectos generales. El ciclo presupuestario

los modelos presupuestarios. Presupuesto por programas.

Presupuesto de base cero.

Tema 16. Teoría de los ingresos públicos. Concepto y

clasificación. Distribución del coste de los servicios públicos. Los

precios privados, cuasiprivados, públicos y políticos. Las tasas

y contribuciones especiales.

Tema 17. Teoría del impuesto. Elementos. Principios de la

imposición. Beneficio y capacidad del pago. Su distribución.

Proporcionalidad y progresividad. El mínimo de existencia. Efectos

posteriores al pago. Clasificación de los impuestos.

Tema 18. Los sistemas fiscales. Evolución y estructura de los

impuestos. Condicionantes de la estructura tributaria. Sistemas

tributarios actuales: Experiencia internacional.

Tema 19. La imposición sobre la renta de las personas físicas.

Concepto y naturaleza. Capacidad de pago, concepto fiscal de

renta y base imponible. Las tarifas y sus problemas. Efectos

económicos.

Tema 20. La imposición sobre el patrimonio y la riqueza.

La imposición sobre el patrimonio neto. La imposición sobre

sucesiones y donaciones. La imposición sobre transmisiones

patrimoniales onerosas.

Tema 21. La imposición sobre las sociedades: Concepto y

características de esta imposición. Base imponible: Problemas y

alternativas de determinación. Tipos de gravamen, integración e

incidencia.

Tema 22. La imposición sobre el gasto: Concepto y

antecedentes. La imposición general sobre las ventas: Concepto y

clasificación. Impuestos plurifásicos o monofásicos sobre las ventas.

La imposición sobre el valor añadido. Efectos económicos.

Tema 23. La imposición sobre consumos específicos.

Valoración actual de estos impuestos. La imposición sobre el comercio

exterior. Gravamen sobre importaciones y exportaciones. Los

ajustes fiscales en frontera.

Tema 24. Déficit público y hacienda extraordinaria. La

inflación como una forma de imposición.

Tema 25. La deuda pública: Concepto, clases y naturaleza.

La creación de dinero. Efectos económicos del déficit público.

VI. Derecho Financiero y Tributario

Tema 1. El Derecho Financiero y el Derecho Presupuestario.

La Ley General Presupuestaria. Principio generales: Los derechos

económicos y las obligaciones exigibles de la Hacienda Pública.

El Tesoro Público.

Tema 2. El Presupuesto del Estado en España: Concepto y

contenido. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto.

Modificaciones presupuestarias.

Tema 3. El control de la actividad financiera en España.

Concepto y clases. El control externo. El Tribunal de Cuentas. El

Control interno. La Intervención General de la Administración del

Estado. La función interventora.

Tema 4. El desarrollo de la función fiscalizadora de ingresos,

gastos y pagos públicos. La formulación y tramitación de reparos.

La contabilidad pública: La Cuenta General del Estado.

Tema 5. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Las

fuentes del Derecho Tributario. Los principios del ordenamiento

tributario español.

Tema 6. La Ley General Tributaria. Armonización fiscal

comunitaria. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias.

Ámbito temporal y ámbito espacial. El fraude de ley.

Tema 7. Los tributos, impuestos, tasas y contribuciones

especiales. La relación jurídica-tributaria. El hecho imponible y el

devengo. Exenciones objetivas. Base imponible y base liquidable.

Regímenes de determinación o estimación de la base imponible.

Cuota y deuda tributaria.

Tema 8. Los elementos personales de la deuda tributaria.

Sujetos pasivos. Exenciones subjetivas. Los responsables

tributarios. Capacidad, representación; domicilio y número de

identificación fiscal. La extinción de la obligación tributaria. El pago.

La prescripción.

Tema 9. El procedimiento de gestión tributaria. La

declaración. Las liquidaciones tributarias. Las autoliquidaciones. La

comprobación de valores. La recaudación de los tributos. Órganos

recaudadores. Procedimiento. Aplazamientos y fraccionamientos

del pago. La prelación de los créditos de la Hacienda Pública.

Tema 10. La inspección de los tributos: Órganos, funciones

y facultades. Documentación de las actuaciones inspectoras:

Especial referencia a las actas y sus tipos.

Tema 11. Infracciones y sanciones tributarias. El

procedimiento sancionador de infracciones tributarias simples. El delito

fiscal.

Tema 12. La inspección catastral del Impuesto sobre Bienes

Inmuebles. Órganos competentes y sus funciones. Tipificación de

las infracciones. Sanciones y criterios de graduación de las mismas.

Tema 13. La revisión de actos en vía administrativa.

Procedimientos especiales de revisión: Recurso de reposición y

reclamación económico-administrativa.

Tema 14. El Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible.

Determinación de la base imponible: Rendimientos del trabajo

y del capital; rendimientos de actividades empresariales y

profesionales.

Tema 15. El Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas (II). Incrementos y disminuciones de patrimonio. Rendimientos

irregulares o de ciclo superior a un año. Imputación de entidades

en régimen de transparencia fiscal. Determinación de la deuda

tributaria. Período de imposición y devengo.

Tema 16. El Impuesto sobre Sociedades. Concepto y

naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible. El sujeto pasivo.

La base imponible. La deuda tributaria. La transparencia fiscal.

El Impuesto especial sobre bienes inmuebles de entidades no

residentes.

Tema 17. El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas

Físicas. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible.

La deuda tributaria.

Tema 18. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y

Actos Jurídicos Documentados. El hecho imponible. El sujeto

pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. El Impuesto sobre

Sucesiones y Donaciones. El hecho imponible. El sujeto pasivo.

La base imponible. La deuda tributaria.

Tema 19. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Concepto y

naturaleza. Ámbito de aplicación. Las entregas de bienes y las

prestaciones de servicios. El hecho imponible, el sujeto pasivo

y la base imponible. Tipos impositivos: Las obligaciones del sujeto

pasivo. La gestión del impuesto. Deducciones y devoluciones.

Regímenes especiales.

Tema 20. Los impuestos especiales. Las tasas, los precios

públicos y las exacciones parafiscales. Los monopolios fiscales.

La Lotería Nacional. El arancel aduanero y la renta de aduanas.

La introducción de mercancías en territorio aduanero.

Tema 21. Los ingresos patrimoniales. La enajenación de

bienes y derechos del Estado. La deuda pública del Estado: Concepto

y clases.

Tema 22. La financiación de las Comunidades Autónomas:

Principio de solidaridad. El régimen común. Tributos propios y

cedidos. Participación en los ingresos del Estado y el Fondo de

Compensación Interterritorial.

Tema 23. La financiación de las Comunidades Autónomas

de régimen foral: País Vasco y Navarra. Regímenes especiales

de Canarias, Ceuta y Melilla. La financiación de las Haciendas

provinciales y locales.

Tema 24. El sistema impositivo local. Análisis cuantitativo.

Los impuestos municipales potestativos y los obligatorios.

Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones,

Instalaciones y Obras. Impuesto sobre el Incremento de Valor de

los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tema 25. El Impuesto de Bienes Inmuebles en la Ley

Reguladora de las Hacienda Locales. Antecedente: Las Contribuciones

territoriales. Naturaleza, devengo y periodo impositivo. Hecho

imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Tipo de

gravamen. Cuota. Gestión tributaria.

VII. Derecho Urbanístico y Organización del Sector

de la Construcción

Tema 1. El Derecho Urbanístico. Evolución histórica de la

legislación urbanística en España. Principios básicos del

ordenamiento estatal.

Tema 2. La Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de

marzo de 1997. La Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen

de Suelo y Valoraciones. Alcance de la disposición derogatoria.

Tema 3. La organización administrativa del urbanismo. Los

principios de organización. Competencias de la Administración

central, Comunidades Autónomas y Entidades locales.

Tema 4. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo.

Clasificación del suelo. Determinaciones y desarrollo de cada clase

de suelo.

Tema 5. Régimen jurídico del suelo urbano, urbanizable y

no urbanizable. Derechos y deberes de los propietarios.

Tema 6. El planeamiento urbanístico. Naturaleza y valor

normativo de los planes. El planeamiento supramunicipal. El

planeamiento municipal: Función, contenido y formación. El

planeamiento de desarrollo.

Tema 7. La ejecución del planeamiento. Sistemas de

actuación.

Tema 8. El régimen de valoraciones de suelo. Valor de suelo

según su clasificación, valoraciones de obras, edificaciones y otros

bienes y derechos.

Tema 9. La expropiación por razón de urbanismo.

Procedimiento de determinación del justiprecio. Procedimiento de

tasación conjunta. Supuestos de reversión. Supuestos

indemnizatorios.

Tema 10. La intervención administrativa en el mercado de

suelo. El Patrimonio Municipal de Suelo. El derecho de superficie.

Tema 11. Legislación sectorial en materia de suelo y

urbanismo. Normas estatales sobre carreteras, autopistas, costas,

puertos y patrimonio histórico. Servidumbres en materia de transporte

y distribución de energía. Servidumbres aeronáuticas.

Tema 12. La investigación operativa aplicada a la empresa.

Teoría de la programación lineal. Programación dinámica.

Tema 13. La dirección. Asesorías y "staff". La Administración.

La organización económico-financiera. La organización comercial.

Recursos humanos. La organización técnica.

Tema 14. El proceso de dirección. La toma de decisiones:

Técnicas de apoyo. Estilos de dirección. Dirección por objetivos:

Conceptos, desarrollo, seguimiento y evaluación. La planificación

y el control.

Tema 15. La inversión en la empresa. Concepto. Clases de

inversión. Selección de inversiones.

Tema 16. La inversión en bienes de equipo. Duración óptima.

Decisiones de renovación de equipos.

Tema 17. La financiación interna o autofinanciación. La

amortización. Métodos de amortización. Causas de la

depreciación. La función financiera de las amortizaciones.

Tema 18. Empresas constructoras y empresas inmobiliarias,

esquemas de organización y del funcionamiento. Su financiación.

La calidad en la industria de la construcción y su control.

Tema 19. Adaptación del Plan General de Contabilidad a

empresas constructoras e inmobiliarias: Principios contables. Las

cuentas de balance, de gestión, de resultados y de orden. El

Balance: Concepto y estructura.

Tema 20. Análisis de Balances: Su evolución. Ratios. La

valoración externa de las empresas: Distintos tipos de valor.

Determinación del valor global: Métodos.

Tema 21. Auditoría contable: Conceptos básicos.

Procedimientos de alteración o simulación de la situación patrimonial

y de los resultados; su investigación y prevención.

Tema 22. Organización de una obra. Técnicas de

programación matemática. Diagrama de Gantt. Sistema Pert-tiempos y

probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistema Pert-costes.

Método CPM.

Tema 23. Plan de una obra. Estudio de seguridad y salud.

El estudio básico. Plan de seguridad y salud en el trabajo.

Tema 24. Técnicas de amortización y de valoración de costes

de uso y mantenimiento. Control de calidad en ejecución de obra.

Tema 25. Ejecución de una obra. Funciones de dirección y

control. Régimen económico y actualización de costes mediante

índices, coeficientes y la aplicación del régimen de revisión de

precios.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública

Titulares:

Presidenta: Doña Isabel Cabrera-Kabana Sartorius, del Cuerpo

de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Vocales: Don Pascual Sala Atienza, del Cuerpo de Abogados

del Estado; doña María Julia Marchena Navarro, del Cuerpo

Superior de Administradores Civiles del Estado; don Fernando Aragón

Amunárriz, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública;

doña María Luz Sánchez Moral, del Cuerpo de Arquitectos de

la Hacienda Pública, y don Francisco Javier de Cárdenas Chávarri,

del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretario: Don Manuel González Castejón, del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.

Suplentes:

Presidenta: Doña Dolores Aguado Fernández, del Cuerpo de

Arquitectos de la Hacienda Pública.

Vocales: Don Adolfo Díaz-Ambrona Moreno, del Cuerpo de

Abogados del Estado; don Vicente García Alvira, del Cuerpo

Superior de Administradores Civiles del Estado; don Amador López

Rodríguez, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del

Estado; doña Ana Carrión Ansorena, del Cuerpo de Arquitectos

de la Hacienda Pública, y don Luis Villanueva Domínguez, del

Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretario: Don Vicente Canela Herrera, del Cuerpo de

Arquitectos de la Hacienda Pública.

ANEXO IV

Don .........................................................................., con

domicilio en ...................., calle ......................................... y

documento nacional de identidad número ................................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo ..........................................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ....................... a ....... de ....................... de ...............

ANEXO V

Don .........................................................................., con

domicilio en ...................., calle ......................................... y

de nacionalidad ....................................................................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo ..........................................................,

no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que

impida en su Estado el acceso a la función pública.

En ....................... a ....... de ....................... de ...............

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