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Documento BOE-A-2000-19071

Resolución de 9 de octubre de 2000, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de Administración y Servicios de los grupos A, B, C y D, vacantes en esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2000, páginas 36525 a 36532 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-19071

TEXTO ORIGINAL

Vacantes puestos de trabajo en esta Universidad, dotados

presupuestariamente, y cuya provisión corresponde llevar a efecto

por el procedimiento fijado, para cada uno de ellos, en la relación

de puestos de trabajo (RPT), aprobada por Junta de Gobierno

el 21 de julio de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" número 191,

de 10 de agosto),

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene

conferidas por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma

Universitaria, y artículos 48 y 122 de los Estatutos de la

Universidad de Jaén, aprobados por Decreto 277/1998, de 22 de

diciembre, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta

de Andalucía ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número

8, de 19 de enero de 1999), ha dispuesto anunciar la convocatoria

para la provisión de los puestos de trabajo relacionados en el

anexo I como vacantes.

Este concurso, que tiene carácter interno, además de por las

bases de esta convocatoria se regirá por el Reglamento de

Provisión de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y

Servicios Funcionario de la Universidad de Jaén, aprobado por

la Comisión Gestora el 10 de febrero de 1998, y en cuanto le

sea de aplicación por el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de

2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

modificado por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y la Ley 22/1993,

de 29 de diciembre, y por el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y

de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de

los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Bases de la convocatoria

I. Requisitos y condiciones de participación

1.1 Podrán tomar parte en la presente convocatoria:

Funcionarios de carrera, de Cuerpos y Escalas de Administración al

servicio de la Universidad de Jaén, pertenecientes a los Cuerpos

o Escalas clasificados en los grupos A, B, C y D, cualquiera que

sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme

y siempre que reúnan las condiciones generales y requisitos

determinados en la convocatoria y en la RPT para cada puesto en

la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

1.2 Los funcionarios de carrera, en situación administrativa

de servicio activo y con destino provisional o en situación de

expectativa de destino en la Universidad de Jaén, están obligados a

participar en este concurso, solicitando todas las vacantes a las

que pudieran acceder por reunir los requisitos establecidos en

estas bases. Los funcionarios con destino provisional que no

obtengan alguna de las plazas solicitadas serán destinados a las vacantes

que queden después de atender las solicitudes de los demás

concursantes.

1.3 Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que

los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria

pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a

comunicar, por escrito, a la autoridad convocante tal opción.

II. Puestos

2.1 Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud

son los que aparecen relacionados en el anexo I de esta

convocatoria como vacantes, así como las que se produzcan por

obtener otra plaza los titulares actuales en el presente concurso, que

se incorporarán en concepto de resultas a las plazas ofertadas,

salvo aquellas que la Gerencia, oída la Junta de Personal de

Administración y Servicios, no considere necesaria su cobertura una

vez resuelta la provisión de las plazas convocadas.

2.2 Los puestos de trabajo se proveerán mediante concurso

de méritos, que tendrá carácter general u ordinario para todos

los que tengan atribuido un nivel de complemento de destino

inferior a 22.

En los puestos de trabajo con nivel 22 o superior se tendrán

en cuenta otros criterios que dan al concurso carácter específico.

III. Solicitudes

3.1 Los interesados, dentro del plazo de quince días hábiles

contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", dirigirán sus solicitudes

al excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad de

Jaén, debiendo ajustarse al modelo (anexo II) que se facilitará

en el Servicio de Personal y Organización Docente y en el

Negociado de Información y Evaluación.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la

Universidad de Jaén (paraje Las Lagunillas, sin número, edificio

B-1, 23071 Jaén), o en las oficinas a que se refiere el

artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aunque en

este caso el aspirante, mediante telegrama o telefax dirigido al

Servicio de Personal de la Universidad, número 953 21 22 78,

de Jaén, anunciará de forma simultánea su presentación dentro

del plazo establecido. Las solicitudes que no sigan el

procedimiento indicado anteriormente quedarán excluidas del concurso.

Los participantes que soliciten varias plazas deberán indicar

el orden de preferencia de las mismas y de no hacerlo se entenderá

establecido en el mismo orden en que aparezcan en la solicitud

de participación.

3.2 Finalizado el plazo de presentación de instancias no se

admitirá variación en el orden de preferencia de los puestos

solicitados ni la inclusión de ningún otro.

3.3 Las solicitudes deberán ir acompañadas de los

documentos originales o de las fotocopias compulsadas que el solicitante

considere necesarios para acreditar los méritos alegados, y, en

su caso, con tres ejemplares de la Memoria a la que alude la

base V de la presente convocatoria.

IV. Comisión de Valoración

Las Comisiones de Valoración estarán integradas por los

siguientes miembros:

Presidente: Excelentísimo y magnífico señor Rector o persona

en quien delegue.

Vocales: Cuatro miembros pertenecientes al PAS funcionario

de la Universidad de Jaén; dos a propuesta de la Universidad,

siendo uno el Secretario de la Comisión, y dos a propuesta de

la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Los miembros de las Comisiones de Valoración serán

nombrados por el Rector, mediante resolución que se hará pública

en el tablón de anuncios del edificio B-1 (Rectorado) en la fecha

de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

V. Valoración

La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos

de trabajo se realizará de acuerdo con el siguiente baremo y con

referencia a la fecha de finalización del plazo de solicitudes.

A) Fase primera. Méritos de carácter general. Máximo: 66

puntos.

1. Grado personal consolidado. Máximo: 10 puntos.

Se entenderá por grado personal consolidado el que se posea

el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Por tener un grado personal consolidado de superior nivel al

del puesto que se solicita: 10 puntos.

Por tener un grado personal consolidado del mismo nivel al

del puesto que se solicita: 8 puntos.

Por tener un grado personal consolidado de inferior nivel al

del puesto que se solicita: 6 puntos.

2. Cuerpo o Escala. Máximo: 5 puntos.

Grupo de clasificación del Cuerpo o Escala de pertenencia en

situación de activo al día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes.

A. 5 puntos.

B. 4 puntos.

C. 3 puntos.

D. 2 puntos.

E. 1 punto.

3. Antigüedad. Máximo: 12 puntos.

A estos efectos, se computarán los servicios prestados con

carácter previo, expresamente reconocidos al amparo de la Ley

70/1978. No se computarán servicios que hayan sido prestados

simultáneamente a otros igualmente alegados.

Se valorará a razón de:

1,2 puntos por cada año de servicios prestados en centros

o unidades integradas actualmente en la Universidad de Jaén.

0,8 puntos por cada año de servicios prestados en otras

Administraciones públicas.

Se aplicará la parte proporcional por cada fracción mensual

completa.

4. Titulación. Máximo: 5 puntos.

Se valorará una sola titulación académica oficial, la de más

alto grado, conforme al siguiente baremo:

a) Graduado Escolar o equivalente: 1 punto.

b) Bachiller Superior o equivalente: 2 puntos.

c) Diplomatura o equivalente: 3 puntos.

d) Licenciatura o equivalente: 4 puntos.

e) Doctorado: 5 puntos.

Tener aprobados los tres primeros cursos o el primer ciclo

de una Licenciatura se considera equivalente a Diplomatura.

5. Valoración del trabajo desarrollado. Máximo: 25 puntos.

Se valorará el tiempo desempeñado, en régimen funcionarial

en centros o unidades integradas actualmente en la Universidad

de Jaén, en un determinado puesto en relación al área funcional

en la que esté integrado actualmente y que se adecuan a la RPT,

publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 191, de 10

de agosto de 2000.

CódigoÁrea Áreasfuncionales

III Área de Gestión y Planificación Académica.

IV Área de Gestión y Planificación de los Recursos

Humanos.

V Área de Gestión y Planificación Económica y

Patrimonial.

VI Área de Apoyo a la Comunidad Universitaria. Ésta

contendrá las unidades no incluidas en las áreas

anteriores.

a) Por desempeñar o haber desempeñado un puesto de

idéntico o superior nivel al que se solicita y de la misma área funcional,

2,5 puntos por año de servicios prestados.

b) Por desempeñar o haber desempeñado un puesto de

inferior nivel al que se solicita y de la misma área funcional, 2 puntos

por año de servicios prestados.

c) Por desempeñar o haber desempeñado un puesto de

idéntico o superior nivel al que se solicita y de distinta área funcional,

1 punto por año de servicios prestados.

d) Por desempeñar o haber desempeñado un puesto de

inferior nivel al que se solicita y de distinta área funcional, 0,5 puntos

por año de servicios prestados.

Se aplicará la parte proporcional por cada fracción mensual

completa.

6. Cursos de formación. Máximo: 8 puntos.

Se valorarán los cursos de formación expedidos por centros

oficiales u homologados por el INAP o por el MAP, o institución

autonómica correspondiente, que habrán de versar

necesariamente sobre materias directamente relacionadas con las funciones

propias de la administración universitaria.

Los cursos se valorarán de acuerdo con la siguiente escala:

Relacionadosconel

puesto al que se aspira

No relacionados con el

puesto al que se aspiraDuración

Hasta 25 horas ................ 0,25 0,10

De 26 a 50 horas .............. 0,40 0,20

Más de 50 horas ............... 0,60 0,30

En concordancia con lo anterior, se considerarán no

relacionados con el puesto al que se aspira, todos aquellos cursos cuya

materia verse sobre temas informáticos, salvo, en los puestos

ofertados en el Servicio Central de Informática para funcionarios

pertenecientes a Escalas Informáticas.

En el supuesto de existir varios cursos que versen sobre idéntica

materia, excepto los que sean continuación, sólo se valorará el

de mayor duración y en el supuesto de tener la misma, sólo se

valorará uno de ellos.

7. Otros méritos. Máximo: 1 punto.

Por actividad académica no valorada en el artículo 8.A).4,

hasta 0,5 puntos.

Por actividad profesional no valorada en el artículo 8.A).5,

hasta 0,5 puntos.

B) Fase segunda. Méritos de carácter específico. Máximo: 25

puntos.

1. Memoria.

Consistirá en un análisis de las tareas del puesto y de los

requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño,

debiendo contener propuesta organizativa del mismo, a juicio del

candidato, con base en la descripción contenida en la convocatoria.

La Memoria será defendida personalmente por el interesado ante

la Comisión de Valoración correspondiente.

La Comisión de Valoración podrá preguntar sobre la memoria

pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos alegados.

La puntuación de la Memoria y defensa se hará de la siguiente

forma:

a) Redacción y contenido: De 0 a 10 puntos.

b) Exposición y defensa: De 0 a 15 puntos.

Para superar esta segunda fase, se deberá obtener un mínimo

de 15 puntos.

VI. Resolución

6.1 El concurso será resuelto en el plazo de tres meses a

partir de la fecha de finalización de presentación de instancias.

6.2 En el concurso a puestos de trabajo que deban cubrirse

con méritos específicos, fase segunda del baremo, sólo se valorarán

aquéllos a los concursantes que hubiesen obtenido, al menos,

10 puntos por aplicación de la fase primera y para la adjudicación

del puesto será preciso obtener un mínimo de 15 puntos en la

valoración de los méritos específicos.

6.3 La propuesta de resolución en el caso de concursos

generales deberá recaer en aquel candidato que haya obtenido mayor

puntuación en la primera y única fase.

El orden de prioridad para la adjudicación de vacantes vendrá

determinado por la puntuación obtenida en el concurso general.

En caso de igualdad entre varios candidatos, será de aplicación

lo establecido en el artículo 44.4 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

La valoración de los méritos específicos se efectuará mediante

puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por

cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo

desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas.

La propuesta de Resolución deberá recaer sobre el candidato que

haya obtenido mayor puntuación sumados los resultados finales

en las dos fases.

En el caso de que varios aspirantes tuviesen igual puntuación,

se dará preferencia al/la funcionario/a que hubiese obtenido

mayor puntuación en el apartado de méritos específicos del

baremo, si los hubiese habido, y de persistir el empate se atenderá

a la mayor puntuación otorgada en la valoración de los puestos

desempeñados.

6.4 Constituida la Comisión de Valoración, tras examinar las

solicitudes y documentación presentada, aprobará la lista

provisional de adjudicaciones de los puestos de trabajo, que durante

cinco días hábiles será expuesta al público en los tablones de

anuncios del edificio B-1 del campus universitario de Las

Lagunillas, en cuyo plazo podrán los interesados formular

reclamaciones.

Transcurrido el referido plazo y resueltas las reclamaciones

presentadas, la Comisión de Valoración aprobará la lista definitiva

de adjudicación de puestos de trabajo. Contra la misma, podrá

interponerse recurso de alzada ante el Rector con los requisitos

y plazo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6.5 La Comisión de Valoración dirigirá propuesta de

adjudicación de puestos al Rector, quien, si así lo estima, procederá

a la aprobación y adjudicación definitiva de los puestos de trabajo

mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado" y en el tablón de anuncios del edificio B-1 del campus

Las Lagunillas.

6.6 La toma de posesión del destino obtenido tendrá lugar

en el plazo máximo de un mes desde la fecha de publicación de

la lista definitiva, pudiendo prorrogarse excepcionalmente, y a

instancias de la Gerencia por circunstancias organizativas y del

servicio, hasta un plazo máximo de tres meses.

El cómputo de los plazos posesorios se considerará de servicio

activo a todos los efectos y se iniciará cuando finalicen los permisos

o licencias que hayan sido concedidas a los interesados salvo que

por causas justificadas se acuerde la suspensión del disfrute de

los mismos.

La presente convocatoria y los actos derivados de la misma

podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 9 de octubre de 2000.-El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

C.específico

-Pesetas

TJ Localidad ObservacionesOrden Denominacióndelpuesto Grupo Nivel

Control Interno

36 Jefe del Negociado de Control Interno. C/D 18 700.000 M Jaén.

Área de Gestión y Planificación Académica

Gabinete de Planificación

y Coordinación Académica

39 Asesor técnico. A/B 24 1.400.000 DH Jaén. Conocimientos de Derecho,

Economía o LADE. CE.

91 Jefe del Negociado de Apoyo Gobierno EPS. C/D 18 700.000 M Jaén.

Servicio de Asuntos Económicos

171 Jefe de Sección de Gestión Económica. B/C 22 1.100.000 M Jaén. Conocimientos de técnicas

presupuestarias CE.

Área de Apoyo a la

Comunidad Universitaria

Gabinete de Estudio y Análisis

de la Información

201 Puesto base. C/D 15 545.000 M Jaén.

Servicio de Información y Asuntos Generales

209 Jefe del Negociado de Información y

Evaluación. C/D 18 700.000 M Linares.

Servicio de Investigación y

Relac. con la Sociedad

217 Jefe del Servicio de Investigación y Relaciones

con la Sociedad. A/B 26 1.670.000 DH Jaén. Conocimientos en técnicas de

organización y de personal CE.

Claves utilizadas:

TJ: Tipo de jornada.

M: Mañana.

M/T: Mañana o tarde.

T: Tarde.

DH: Horario mañana/disponibilidad horaria.

Cuando en aplicación de la base II, apartado 2.1 de la presente convocatoria, alguno de los puestos actualmente ocupados entrara

en concurso específico, el Servicio de Personal mediante escrito publicado en el tablón de anuncios del edificio B-1, lo comunicará

a los interesados que lo hubieran solicitado y éstos dispondrán de quince días naturales para aportar los méritos específicos que consideren

oportunos en relación a la plaza solicitada.

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