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Documento BOE-A-2000-19341

Resolución de 28 de septiembre de 2000, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convocan concurso específico y de méritos para la cobertura de puestos por personal funcionario.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 2000, páginas 37412 a 37425 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-19341

TEXTO ORIGINAL

En uso de las atribuciones que tiene conferidas por la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, así

como por los Estatutos de la Universidad de Castilla La Mancha,

y demás disposiciones legales vigentes y de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública, encontrándose

vacantes determinadas plazas, que figuran en la relación de

Puestos de Trabajo y existiendo disponibilidad presupuestaria, en el

marco del Plan de Consolidación y mejora de plantilla de la

Universidad de Castilla-La Mancha, publicado por Resolución de la

Universidad, de fecha 1 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 30), modificado en parte por Resolución de 30

de julio de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de agosto),

Este Rectorado, ha resuelto convocar proceso de provisión de

puestos de trabajo por el procedimiento de concurso específico

de méritos y concurso de méritos, con arreglo a las siguientes

bases:

Primera. Convocatorias para provisión de puestos de

trabajo.-Se convocan para su provisión por el procedimiento de

concurso específico de méritos o concurso de méritos, dirigido al

personal funcionario de carrera de la Universidad de Castilla-La

Mancha o de otra Administración Pública, según figuren adscritos en

la Relación de Puestos de Trabajo los puestos de trabajo que

figuran en el anexo I.

Los puestos de trabajo de nivel inferior al 22, que se convocan,

se proveerán por el sistema de concurso de méritos.

Segunda. Participantes.

1. Podrán participar para su provisión:

1.1 Los funcionarios de carrera con destino en la Universidad

de Castilla-La Mancha, siempre que reúnan las condiciones

generales legalmente exigidas, excepto los suspensos en firme que no

podrán participar mientras dure la suspensión, y que pertenezcan

a las áreas funcionales a que figuran adscritos los puestos de

trabajo en la R.P.T. ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de

septiembre de 1998 y 26 de agosto de 1999), con excepción de

las áreas de Administración Especial y Servicios Generales, si

cumplen los requisitos establecidos para cada puesto en el anexo I,

en la fecha en que termine el plazo de presentación de las

solicitudes de participación.

También podrán participar los funcionarios en situación de

excedencia en las Escalas de la UCLM por pertenecer a otro Cuerpo

o Escala de la Administración pública. Asimismo, podrán participar

los funcionarios a los que sea de aplicación lo previsto en la

disposición transitoria tercera del Reglamento de Implantación de

la R.P.T. del P.A.S de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan

reservados puestos en exclusiva no podrán participar para cubrir otros

puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto.

Los funcionarios de cualquier otra Administración Pública

podrán participar en aquellos puestos que estén adscritos

indistintamente en la RPT a Cuerpos o Escalas de cualquier

Administración.

Tercera. Procedimiento de provisión.

1. Concurso específico de méritos.-La provisión de los

puestos de trabajo se efectuará conforme al procedimiento establecido

en el artículo 7 del Reglamento para la Implantación de la R.P.T.

1.1 El concurso específico de méritos constará de dos partes.

Una primera que consistirá en la valoración de los méritos

generales, grado personal, nivel del puesto desarrollado, experiencia

en el área de trabajo, cursos de formación y antigüedad.

La puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario

obtener un mínimo de 2 puntos para acceder a la segunda parte

del concurso, con arreglo al baremo que consta en el anexo II,

y previa adaptación a la puntuación máxima establecida.

La segunda parte del concurso consistirá en la valoración de

una memoria elaborada por el candidato, sobre las tareas del

puesto y los requisitos, condiciones y medios necesarios, a su juicio,

para su desempeño, en base a la formación específica para el

puesto que se solicite, contenida en la publicación de la Relación

de Puestos de Trabajo ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de

septiembre de 1998) y su modificación ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de agosto de 1999), y entrevista sobre el contenido de

la misma.

La puntuación máxima de esta parte será de 10 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 4,5 puntos, para poder optar

a la adjudicación del puesto.

1.2 La memoria constará de un máximo de cuatro folios,

mecanografiados a doble espacio, con arreglo al siguiente esquema:

Introducción.

Misión del puesto.

Adecuación del candidato a los requisitos para su desempeño.

Condiciones y medios necesarios.

Plan de organización y trabajo.

Conclusiones.

1.3 Para cada puesto las competencias vienen determinadas

en el documento "Desarrollo de la nueva estructura organizativa

aprobado por la Junta de Gobierno en 1997".

Para los puestos de nivel 24 incluidos en el anexo I que figuran

adscritos al personal funcionario de carrera de la UCLM o de otra

Administración Pública, las competencias que vienen

determinadas en el documento citado en el párrafo anterior son las que

se especifican en anexo IV.

2. Concurso de méritos.-Para los puestos de trabajo de nivel

inferior al 22, conforme al baremo que se une como anexo II.

Para la adjudicación de un puesto de trabajo será necesario

obtener un mínimo de 10 puntos.

Cuarta. Solicitud de puestos de trabajo.

1. Se podrán solicitar tantos puestos de trabajo como se

deseen, de entre los que figuran en anexo I, indicando el orden

de preferencia en su solicitud.

2. Los requisitos y méritos que se invoquen deberán referirse

a la fecha que termine el plazo de presentación de las solicitudes

de participación y serán acreditados documentalmente por los

concursantes mediante las pertinentes certificaciones, títulos, y

justificantes, a excepción de los datos que obren en su expediente

administrativo en la UCLM, y a los que deberá hacer referencia

expresa en su solicitud, no siendo tenidos en cuenta en caso

contrario.

Quinta. Presentación de solicitudes.-Los interesados

dirigirán las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo III,

al excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad de

Castilla-La Mancha, que se presentarán en el Registro General,

del Rectorado, Vicerrectorados de Campus, o por los medios

previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, excepto en las Entidades de la Administración

Local, en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente

al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos

acreditativos de los méritos que invoque y de la memoria en el

caso del procedimiento de concurso específico de méritos. En todo

caso, deberá relacionar en la solicitud los documentos que constan

en su expediente para la valoración de los méritos. No serán

valorados en caso contrario.

No se admitirán solicitudes de renuncia fuera del plazo de

presentación de instancias.

Sexta. Adjudicación de puestos.

1. El orden de prioridad, para la adjudicación de las plazas,

vendrá dado por la puntuación obtenida, conforme a la base

tercera, resolviendo en primer lugar el concurso específico de méritos

y en segundo el de méritos.

2. En caso de empate de la puntuación se acudirá para

dirimirla a la otorgada en la parte de méritos específicos del concurso.

De persistir el empate se atenderá a los méritos valorados en

la primera parte en el orden expresado en el baremo que consta

en el anexo II.

3. El Gerente elevará propuesta de nombramiento al

excelentísimo y magnífico señor Sr. Rector.

Séptima. Comisión de Valoración.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta

por:

Presidente: Don José Luis González Quejigo, Gerente de la

Universidad o, por delegación, don Joaquín Rodríguez-Patiño

Codes, Vicegerente de la Universidad.

Vocales:

Doña Antonia Quintanilla Fernández, Gerente del Área

Administrativa y Recursos Humanos o, por sustitución, doña María Cruz

Chaves Guzmán, Directora de la Unidad de RR.HH.

Don Enrique Colmenar Pérez, Gerente del Área Económica y

Financiera o, por sustitución, don Juan Rodríguez de Guzmán

Ruiz-Valdepeñas, Subdirector de la Unidad de Gestión Económica.

Don José Ramón Jara Vera, Gerente del Campus de Albacete,

o, por sustitución, don Carlos Romero Tendero, Adjunto al Gerente

de Campus de Albacete.

Don Matías Rubio Cuevas, Gerente del Campus de Cuenca,

o, por sustitución, don Enrique Abarca Contreras, Director de la

Unidad de Gestión Económica del Campus de Cuenca.

Don Gervasio Fernández Riol, Gerente del Campus de Toledo,

o, por sustitución, don Eduardo Reguero Gago, adjunto al Gerente

de Campus de Toledo.

Don Joaquín Gómez-Pantoja Cumplido, Director de la Asesoría

Jurídica o, por sustitución, don Salvador González-Moncayo

López, Letrado Asesor del Campus de Albacete.

Representantes por cada Organización Sindical con

representación en la UCLM, designados por la Junta de P.A.S. funcionario:

UGT: Doña Ascensión Palomares Ruiz que actuará como titular,

y don Manuel Ortega Cantero que actuará como suplente.

CC.OO.: Doña Pilar de Obesso Martín que actuará como titular,

y don Fermín Reyes Ruiz que actuará como suplente.

CSIF: Don Andrés Porras Piedra que actuará como titular, y

Doña María Luisa Soriano Martín que actuará como suplente.

Doña María Cruz Chaves Guzmán, Directora de la Unidad de

RR.HH. o, por sustitución, don Juan Tomás Antequera Piña,

Responsable del Gabinete de Gerencia que actuará como secretario.

Los miembros de la Comisión deberán pertenecer al grupo igual

o superior al exigido para los puestos convocados y, además,

poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o

superior.

La Comisión de Valoración podrá contar con expertos

designados por la autoridad convocante, previa solicitud de la Comisión,

los cuales actuarán con voz pero sin voto, en calidad de asesores.

2. Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y

aplicar el baremo.

3. La propuesta de la Comisión de Valoración se publicará

en el tablón de anuncios del Rectorado, Vicerrectorados y Centros

docentes, concediéndose un plazo de tres días naturales para

posibles reclamaciones.

Octava. Resolución.

1. El plazo de resolución de la convocatoria será de dos meses,

a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de

presentación de solicitudes.

2. La resolución de la convocatoria se publicará en los

tablones de anuncios, en el Boletín Oficial de la UCLM y en la página

web, efectuándose la toma de posesión del destino obtenido en

la fecha indicada por Gerencia.

Novena. Norma final.-La presente convocatoria y cuantos

actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados,

en los casos y en la forma establecidos por Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Ciudad Real, 28 de septiembre de 2000.-El Rector, Luis

Alberto Arroyo Zapatero.

ANEXOS I, II, y III (Ver imágenes páginas 37414 a 37424)

ANEXO IV

Competencias de la unidad de sistemas y redes

Desarrollar los objetivos específicos de la Unidad en tiempo

y forma.

Planificar las necesidades de la infraestructura de voz, datos

y vídeo, así como las de servidores corporativos.

Especificar el equipamiento de redes y sistemas para su

adquisición y normalización.

Mantener y administrar los servidores corporativos, de Campus

y departamentales, optimizando su administración mediante

monitorización única.

Organizar los servicios de almacenamiento,

backup/recuperación y de impresión en toda la red integrada, incluso con

administración remota.

Organizar los servicios Internet e Intranet.

Normalizar, suministrar y controlar el acceso remoto a la red.

Planificar, normalizar y auditar los asuntos relacionados con

la seguridad integral de la red y sistemas.

Proponer y normalizar las configuraciones cliente que debe

instalar y mantener la Unidad de Soporte a Usuarios.

Automatizar las actividades relacionadas con la utilización de

la red integrada de voz, datos y vídeo para que cualquier

componente de esta unidad pueda realizar las operaciones de los

servicios básicos que permitan a los usuarios o a la Unidad de

Desarrollo de Tecnologías de la Información tener autonomía en

el servicio.

Estudiar y soportar las soluciones basadas en vídeo, sobre todo,

la videoconferencia.

Gestionar las subcontrataciones con los proveedores

principales de redes y sistemas.

Elaborar y mantener la Guía de Comunicaciones de la UCLM

en soporte papel y soporte electrónico.

Realizar la administración física de las bases de datos.

Aquellas otras competencias que le sean encomendadas en su

área de gestión o sean atribuidas por la legislación vigente.

Unidad de Informática y Comunicaciones de Campus (UICC)

Desarrollar los objetivos de la Unidad en tiempo y forma.

Administrar los servidores de Campus y de Aulas.

Garantizar el soporte de las aplicaciones corporativas (SIGED,

SIGMA, HOMINIS, REGISTRO y otras).

Gestionar el Centro de Atención al Usuario: Averías,

Asesoramiento, Soporte Informático y Redes.

Soportar y desarrollar aplicaciones INTERNET y Audiovisuales.

Apoyar a Profesores y Centros en: Estructuración y trabajo

electrónico, exámenes informatizados, utilización de medios

audiovisuales, uso de software especializado, Internet, correo

electrónico, medios audiovisuales, ayuda a la organización de eventos

docentes, etc.

Gestionar las comunicaciones del Campus (teléfono,

videoconferencia etc.).

Aquellas otras competencias que le sean encomendadas en su

área de gestión.

Competencias Unidad de Gestión Administrativa

Desarrollar los objetivos específicos de la Unidad en tiempo

y forma.

Realizar todos los procesos de gestión de recursos humanos

del Campus, especialmente los del personal no fijo, entre los que

cabe destacar:

Altas, Bajas y Modificaciones en la Seguridad Social.

Información sobre convocatorias de empleo y promoción.

Tomas de Posesión de PAS y PDI.

Control Horario del PAS.

Autorización, certificación y control de servicios extraordinarios.

Gestión de licencias, permisos y vacaciones.

Gestión de bolsas de trabajo.

Logística de los Cursos de Formación, así como la expedición

de los correspondientes diplomas y la publicación de listas de

admitidos y excluidos.

Elaboración y gestión de las convocatorias temporales de PAS

y de Ofertas de Empleo al INEM.

Gestión de las sustituciones PAS que no supongan coste.

Autorización y control de la participación del PAS en cursos,

convenios y actividades similares.

Resolución de ceses de PAS temporal.

Notificación y comunicaciones al PAS, así como información

a sus representantes.

Realizar el registro de Entrada y Salida de documentos.

Gestionar la recepción y tramitación de reclamaciones y quejas.

Compulsar documentos.

Realizar las tareas de servicio de envío y recepción de

documentos mediante telefax.

Gestionar el servicio de centralita de teléfonos.

Llevar a cabo todas las tareas de Información genérica al público.

Aquellas otras competencias que le sean encomendadas en su

área de gestión.

Competencias Unidad de Gestión Económica de Campus

Desarrollar los objetivos de la Unidad en tiempo y forma.

Realizar todos los procesos de gestión económica de Campus,

con excepción del presupuesto de los Centros y de la Biblioteca,

entre los que cabe destacar:

Gestión económica de los Departamentos del Campus.

Gestión de los proyectos de investigación asignados a los

Departamentos.

Gestión de proyectos de investigación asignados a

investigadores.

Gestión de cursos y enseñanzas propias aprobados por Junta

de Gobierno.

Gestión económica de cursos, seminarios másters, etc.

Propuestos por departamentos o más de un Centro.

Actividades financiadas externamente, artículo 11 L.R.U.,

CICYT, convenios, etc.

Gestión de las adquisiciones a través del servicio central de

suministros.

Remitir información mensual a los responsables de programa

de gasto u orgánica de la situación de las mismas.

Aquellas otras que sean competencia de su área de gestión

o estén atribuidas en la legislación vigente.

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