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Documento BOE-A-2000-1952

Resolución de 19 de enero de 2000, de la Dirección General de Recursos Humanos del Instituto Nacional de la Salud, por la que se corrigen errores en la de 9 de diciembre de 1999, por la que se convoca concurso-oposición libre para acceso a plazas de Higienistas Dentales de Área en Atención Primaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 31 de enero de 2000, páginas 4245 a 4246 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2000-1952

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de esta Dirección General

de Recursos Humanos del Instituto Nacional de la Salud, de 9

de diciembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 14), por

la que se convoca concurso-oposición libre para acceso a plazas

de Higienistas Dentales de Área en Atención Primaria,

Esta Dirección General resuelve proceder a la corrección de

errores apreciados en los términos que se indican a continuación:

Primero.-La base primera, párrafo quinto, queda redactada

como sigue: "Del total de plazas convocadas, se reservará un 3

por 100 para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con

lo previsto en el artículo 4.5 de la Ley 30/1999, de 5 de octubre.

Este cupo de reserva se aplicará al sistema general de acceso

libre. En el supuesto de que tales plazas no sean cubiertas total

o parcialmente se acumularán a dicho sistema".

Segundo.-En la base novena, donde dice: "Los aspirantes

nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del

siguiente al de la publicación de la resolución para efectuar la

toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección Gerencia

de Atención Primaria del Área correspondiente", debe decir: "Los

aspirantes nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado

a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución

para efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en la

Dirección Gerencia de Atención Primaria del Área

correspondiente".

Tercero.-En el anexo II, baremo de méritos, en el punto 2,

relativos a cursos de carácter sanitario, debe incluirse:

"La graduación de los cursos será la siguiente:

a) Curso de duración entre veinte y treinta horas lectivas:

0,25 puntos por cada curso.

b) Curso de duración entre treinta y una y sesenta horas

lectivas: 0,5 puntos por cada curso.

c) Curso de duración entre sesenta y una y ciento veinte horas

lectivas: 1 punto cada curso.

d) Curso de duración superior a ciento veinte horas lectivas:

2 puntos".

Madrid, 19 de enero de 2000.-El Director general, Roberto

Pérez López.

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