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Documento BOE-A-2000-20183

Resolución de 19 de octubre de 2000, de la Secretaría del Estado de Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses convocado por Resolución de 5 de julio de 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2000, páginas 38887 a 38887 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2000-20183

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido para la provisión en concurso

de traslado de Forensías y Agrupaciones de Forensías vacantes,

anunciado por Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia

de 5 de julio de 2000, publicada en el "Boletín Oficial del Estado"

del 18, y de conformidad con lo establecido en los artículos 455

y 500.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder

Judicial ; Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que

se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos

Forenses, y Real Decreto 1619/1997, de 24 de octubre, por el que

se modifica el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos

Forenses,

Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Nombrar para los destinos que se indican a los

Médicos Forenses que en anexo se relacionan, que reuniendo las

condiciones legales, ostentan derecho preferente.

Segundo.-Declarar desiertas aquellas plazas convocadas en

el concurso que no han sido cubiertas por un titular.

Tercero.-1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino

obtenido será de un mes, pero, cuando no implique cambio de

residencia, deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes

al cese.

2. El plazo para la toma de posesión empezará a contarse

a partir del día siguiente al cese, que deberá efectuarse dentro

de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución

en el "Boletín Oficial del Estado".

3. Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo,

el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha

publicación.

Cuarto.-El tralado del funcionario que se halle en el disfrute

de vacaciones, permisos o licencias de enfermedad y embarazo,

tendrá efectividad a partir de la finalización de éstas. El día de

su incorporación cesarán en su anterior destino, disponiendo, a

partir de ese momento, de tres días hábiles o un mes, de plazo

posesorio.

Quinto. Recursos.-Contra la presente resolución podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo, de conformidad con

lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir

del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en

el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que comunico para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 19 de octubre de 2000.-El Secretario de Estado, por

delegación (Orden de 29 de octubre de 1996, "Boletín Oficial

del Estado" de 6 de noviembre), el Director general de Relaciones

con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Medios Personales al Servicio

de la Administración de Justicia.

ANEXO (ver imagen página 38887).

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