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Documento BOE-A-2000-20252

Acuerdo de 24 de octubre de 2000, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se ordena hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 3 de octubre de 2000, sobre normas de reparto de la Sala de lo Social del mencionado Tribunal.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2000, páginas 39130 a 39131 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2000-20252

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 24 de octubre de 2000, ha ordenado hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 3 de octubre de 2000, sobre normas de reparto de la Sala de lo Social del mencionado Tribunal, en el sentido siguiente:

Normas de reparto

1.ª La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña funcionará, a efectos prácticos de orden interno, dividida en seis secciones de cuatro Magistrados más los suplentes de refuerzo que pueda asignarse a cada una, a las que se atribuye el conocimiento de materias distintas.

2.ª Los asuntos que ingresen en la Sala serán clasificados bajo la supervisión directa e inmediata del Presidente, en las siguientes materias:

1. Demandas.

2. Audiencia al rebelde.

3. Recursos de queja.

4. Cuestiones de competencia.

5. Recursos de suplicación que versen sobre despidos disciplinarios.

6. Ídem sobre los restantes despidos.

7. Ídem sobre extinción del contrato a instancia del trabajador. Si la acción se acumulara a otra de despido se clasificará como despido.

8. Ídem sobre conflictos colectivos.

9. Ídem sobre impugnación de convenios colectivos.

10. Ídem sobre tutela de los derechos de libertad sindical.

11. Ídem sobre reclamación de salarios y demás devengos derivados del contrato de trabajo.

12. Ídem sobre reclamación de derechos derivados del contrato de trabajo.

13. Ídem sobre indemnizaciones de daños y perjuicios.

14. Ídem sobre complementos de prestaciones de la seguridad social derivadas de convenio colectivo o de pacto.

15. Ídem sobre personal estatutario.

16. Ídem sobre sanciones a trabajadores.

17. Ídem sobre reclamaciones al Fondo de Garantía Salarial.

18. Ídem sobre desempleo.

19. Ídem sobre Autos dictados por los Juzgados declarativos en ejecución de sentencias de despido.

20. Ídem sobre Autos dictados en ejecución de sentencia con excepción de los mencionados en el número anterior.

21. Ídem sobre recargo de prestaciones por omisión de medidas de seguridad.

22. Ídem sobre reintegro de gastos médicos.

23. Ídem sobre reintegro de prestaciones.

24. Ídem sobre prestaciones no contributivas.

25. Ídem sobre seguridad social en general salvo los especificados en otros números.

26. Ídem sobre invalidez en general.

27. Ídem sobre grado de invalidez.

28. Ídem sobre altas médicas.

29. Ídem sobre invalidez provisional.

30. Ídem sobre reclamación de salarios de tramitación.

31. Ídem sobre reclamaciones de cantidad y de derechos derivados del contrato de trabajo a grandes empresas (RENFE Y TVE).

32. Ídem sobre sanciones e infracciones del orden social.

33. Ídem sobre regulación de empleo y actuación administrativa en materia de traslados colectivos.

3.ª A los Magistrados que componen la Sección A se les repartirán los asuntos que versen sobre las materias señaladas con los números 1, 6, 8, 9, 10, 19 y 30.

A los de la Sección B, los señalados con los números 24, 26, 28, 29 y 31.

A los de la Sección C, los señalados con los números 2, 5, 11, 12 y 16.

A los de la Sección D, los señalados con los números 7, 14 y 25.

A los de la Sección E, los señalados con los números 15, 17, 18, 21 y 22.

A los de la Sección F, los señalados con los números 13, 20, 23, 32 y 33.

Los asuntos de la materia número 27 (recursos de suplicación que versen sobre el grado de invalidez) se repartirán entre todos los Magistrados de la Sala.

Las cuestiones de competencia y los recursos de queja (números 4 y 3) se repartirán al presidente de la Sala y se debatirán en la sección que corresponda por razón de la materia. El Presidente será también ponente en los Autos de inadmisión que se dicten seguidamente al registro de algún asunto.

Madrid, 24 de octubre de 2000.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 24/10/2000
  • Fecha de publicación: 08/11/2000
Materias
  • Administración de Justicia
  • Cataluña
  • Reparto de asuntos
  • Tribunales Superiores de Justicia

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