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Documento BOE-A-2000-20552

Real Decreto 1783/2000, de 27 de octubre, por el que se homologa el título de Diplomado en Turismo de la Escuela Universitaria de Turismo Altamira, adscrita a la Universidad de Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 2000, páginas 39577 a 39587 (11 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-20552
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2000/10/27/1783

TEXTO ORIGINAL

Aprobado el plan de estudios que conduce a la obtención del título de Diplomado en Turismo de la Escuela Universitaria de Turismo Altamira, adscrita a la Universidad de Cantabria, cuyas enseñanzas han sido autorizadas por Decreto 52/2000, de 30 de junio, de la Comunidad de Cantabria, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y ha sido informado favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el apartado 5, en relación con el 4, del artículo 58, de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ; el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios ; el Real Decreto 604/1996, de 15 de abril, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Turismo y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél, y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de octubre de 2000,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

1. Se homologa el título de Diplomado en Turismo de la Escuela Universitaria de Turismo Altamira, adscrita a la Universidad de Cantabria, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.

2. Al título a que se refiere el apartado anterior, le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

3. Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2.

El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad de Cantabria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.

Disposición final primera.

Por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid a 27 de octubre de 2000.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte, PILAR DEL CASTILLO VERA

(VER IMÁGENES PÁGINAS 39578 A 39587).

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 27/10/2000
  • Fecha de publicación: 14/11/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 15/11/2000
Referencias anteriores
Materias
  • Homologación de títulos académicos
  • Planes de estudios
  • Turismo
  • Universidad de Cantabria

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