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Documento BOE-A-2000-20616

Resolución de 16 de octubre de 2000, de la Secretaría General de Gestión y Cooperación Sanitaria, por la que se da publicidad al Programa de Actividades para el año 2000, dentro del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Generalidad Valenciana-Escuela Valenciana de Estudios para la Salud (EVES) y el Instituto de Salud "Carlos III"-Escuela Nacional de Sanidad (ENS).

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 2000, páginas 39647 a 39647 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2000-20616

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 4 de octubre de 2000, el Programa Anual de Actividades para el año 2000, dentro del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Generalidad Valenciana-Escuela Valenciana de Estudios para la Salud (EVES) y el Instituto de Salud «Carlos III»-Escuela Nacional de Sanidad (ENS) firmado el 4 de septiembre de 1997, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 16 de octubre de 2000.–El Secretario general, Rubén Moreno Palanques.

ANEXO
Programa Anual de Actividades para el año 2000, dentro del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Generalidad Valenciana-Escuela Valenciana de Estudios para la Salud (EVES) y el Instituto de Salud «Carlos III»-Escuela Nacional de Sanidad (ENS)

En Valencia, a 4 de octubre de 2000.

REUNIDOS

De una parte, don Serafín Castellano Gómez, como Consejero de Sanidad de la Generalidad Valenciana, conforme a la autorización concedida el 30 de julio de 1997 por el Consejo, para suscribir el Convenio de Colaboración entre el Instituto de Salud «Carlos III» y la Consejería de Sanidad, que faculta para elaborar un Plan Anual de Actividades, y de acuerdo con lo previsto en el artítulo 35 de la Ley de Gobierno 5/1983, de 30 de diciembre.

Y de otra parte, don Antonio Campos Múñoz, como Director General del Instituto de Salud «Carlos III», Organismo perteneciernte al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 1053/2000, de fecha 2 de junio (BOE núm. 133 del 3), quien actúa en nombre y representación del Instituto de Salud «Carlos III», en lo sucesivo ISCIII ENS, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7, párrafo 3, del Real Decreto 1893/1996 («BOE» núm. 189, de 6 de agosto).

ACUERDAN

Desarrollar el siguiente Programa Anual de Actividades para el año 2000, dentro del Convenio de Colaboración firmado el 4 de septiembre de 1997 entre ambas Instituciones, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 1 del mismo.

CLÁUSULAS

Primera.

Diseño, planificación, desarrollo, evaluación y acreditación conjunta de las siguientes actividades docentes:

Diplomados en Sanidad (tres cursos).

Un diploma superior de Metodología de la Investigación en Clínica.

Un curso Máster en Salud Pública.

Un curso de Interacción Alimentos-Medicamentos.

Organizacion conjunta de Jornadas, Encuentros y Seminarios de temas de interés común para ambas instituciones.

Segunda.

La Consejería de Sanidad de la Generalidad Valenciana y la Escuela Valenciana de Estudios para la Salud asumirán:

La gestión docente y administrativa de los cursos referidos, la financiación de todos los gastos que generan las actividades incluidas en este Programa y que sean convocados por la Consejería o por la EVES.

La promoción y difusión de las mismas entre los profesionales sanitarios.

Tercera.

El ISCIII y la ENS aportarán:

Asesoramiento en el diseño y configuración del programa docente.

Todo el profesorado que le sea solicitado por parte de la organización de los cursos, siempre que no interfiera en sus obligaciones docentes previamente programadas en la Escuela Nacional de Sanidad.

El acceso a los fondos documentales de los que dispone en la Biblioteca Nacional de Ciencias de la Salud, de acuerdo a la normativa interna vigente para todos los usuarios de la misma.

Cuarta.

Las actividades que sean convocadas de forma conjunta, independientemente de la sede donde se celebren, serán gestionadas y financiadas conjuntamente en la forma en que se establezca, sin que ello comporte expediente extraordinario de gasto alguno al ser actividades incluidas dentro de la programación ordinaria de ambas instituciones.

Quinta.

En las actividades en que participen terceras instituciones académicas, los alumnos podrán beneficiarse de las acreditaciones docentes complementarias que las mismas puedan otorgar simultáneamente, y que serán objeto de acuerdo entre las partes.

Sexta.

La financiación de los gastos que generen las actividades incluidas en este programa se ajustarán, en todo caso, al Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón de servicio y gratificaciones por servicios extraordianrios (DOGV núm. 2931, de 17 de febrero), con cargo al capítulo II del programa presupuestario 411.40 «Estudios de Salud Pública».

Y en prueba de conformidad, ambas partes se ratifican y firman el presente Programa Anual de Actividades para el año 2000, como anexo al Convenio de Colaboración suscrito el 4 de septiembre de 1997, por cuatriplicado ejemplar y fecha antes indicada.–Firmado: El Consejero de Sanidad de la Generalidad Valenciana, Serafín Castellano Gómez.–El Director del Instituto de Salud «Carlos III», Antonio Campos Muñoz.

 

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