Visto el expediente de indulto parcial relativo al guardia civil don José Benito Pérez Llamosas, condenado por el Tribunal Militar Territorial Tercero, de Barcelona, en la causa número 31/11/98, a la pena de tres meses y un día de prisión, con la accesoria legal de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo, sin la concurrencia de responsabilidades civiles exigibles, como autor de un delito consumado contra la eficacia del servicio, en su modalidad de lesiones por imprudencia, del artículo 159, párrafo segundo, del Código Penal Militar y constando en el mismo los informes en favor del otorgamiento de indulto parcial emitidos por el Tribunal sentenciador, por el Fiscal Jurídico-Militar y por el Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de noviembre de 2000,
Vengo en conceder el indulto parcial de la pena impuesta, remitiendo la misma hasta la pena de un mes de prisión, al guardia civil don José Benito Pérez Llamosas.
Dado en Madrid a 3 de noviembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa,
FEDERICO TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
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