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Documento BOE-A-2000-2077

Resolución de 30 de diciembre de 1999, de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, por la que se conceden subvenciones para la realización de Acciones Especiales y Acciones de Política Científica en el marco del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2000, páginas 4580 a 4584 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-2077

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo de 18 de enero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), se convocaban solicitudes de subvención destinadas a financiar Acciones Especiales y Acciones de Política Científica.

De conformidad con lo establecido en el punto 6.2 de la mencionada Resolución, se ha reunido la Comisión de Selección, que ha elevado la correspondiente propuesta de financiación recogida en el acta de la mencionada reunión.

En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria, he acordado:

Primero.

La concesión de subvenciones, por importe total de 260.024.064 pesetas a los organismos relacionados en el anexo del presente Acuerdo, destinadas a financiar las Acciones Especiales y Acciones de Política Científica que igualmente se reseñan.

La cuantía de las subvenciones se abonará con cargo al crédito 18.07.782 del Programa 541A de los Presupuestos Generales del Estado para 1999 y su importe será librado a los organismos contenido en el anexo.

Los organismos receptores de las subvenciones remitirán a esta Secretaría de Estado certificación de incorporación de las mismas a los presupuestos del Centro. La justificación de la adecuación de la subvención a sus fines se efectuará de conformidad con lo previsto en los puntos 7 y 8 de la Resolución de convocatoria.

La presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 30 de diciembre de 1999.–El Director general, Tomás García-Cuenca Ariati.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Proyectos de Investigación Científico y Técnica.

ANEXO

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