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Documento BOE-A-2000-20889

Orden de 27 de octubre de 2000 de autorización de la cesión de la totalidad de la cartera de la entidad "Zurich, Compañía de Seguros sobre la Vida, Sucursal en España de Compañía Suiza", a la entidad "Eagle Star Vida, Compañía Española de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", y de revocación de la autorización administrativa a la entidad "Zurich, Compañía de Seguros sobre la Vida, Sucursal en España de Compañía Suiza".

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 17 de noviembre de 2000, páginas 40183 a 40183 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2000-20889

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Eagle Star Vida, Compañía Española de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para la operación de cesión de la totalidad de la cartera de «Zurich, Compañía de Seguros sobre la Vida, Sucursal en España de Compañía Suiza», a la entidad «Eagle Star Vida, Compañía Española de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión de la totalidad de la cartera de la entidad «Zurich, Compañía de Seguros sobre la Vida, Sucursal en España de Compañía Suiza», a la entidad «Eagle Star Vida, Compañía Española de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».

Segundo.

Revocar a la entidad «Zurich, Compañía de Seguros sobre la Vida, Sucursal en España de Compañía Suiza», la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora, de conformidad con lo previsto en el artículo 70.3 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 27 de octubre de 2000.

DE RATO Y FIGAREDO

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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