De conformidad con lo establecido en los artículos 145 y 146
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
reformada por Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, y como
resultado del concurso de méritos para la provisión de un puesto
de trabajo en los órganos técnicos del Consejo General del Poder
Judicial, entre funcionarios del Grupo D de las Administraciones
Públicas, con destino en el Servicio de Personal Judicial,
convocado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial en su reunión del día 13 de septiembre de 2000 (publicado
en el "Boletín Oficial del Estado" número 229, del 23), la Comisión
Permanente de este Consejo, en su reunión del día 20 de
noviembre de 2000, acuerda resolver dicho concurso, por delegación
del Pleno, en los términos de la propuesta de la Comisión de
valoración designada al efecto, adjudicando el puesto de trabajo
de Auxiliar, atendiendo al orden de puntuación total obtenida,
a la siguiente concursante:
Doña Rosina López Lobo, con número de registro de
personal 0524671924A1146.
A los efectos previstos en la norma octava de las bases de
la convocatoria, se aprueba la relación complementaria a que se
refiere la misma, comprensiva de los concursantes que han
superado la puntuación mínima exigida en las dos fases de la
convocatoria, a fin de que el puesto quede cubierto en el caso que
no llegue a tomar posesión la funcionaria a la que inicialmente
se adjudica el puesto convocado:
1. Doña Ana Isabel Martínez Moreno.
2. Doña Mercedes Rey Barahona.
3. Doña Amelia Bayón Jimeno.
4. Doña Margarita Pascual Sáenz.
5. Doña Concepción Gutiérrez Rodríguez.
6. Doña Desiree García López.
7. Doña Isabel Ramos Bolaños.
El plazo de toma de posesión en el destino obtenido será el
de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de este acuerdo en el "Boletín Oficial del
Estado".
La funcionaria nombrada quedará en la situación de servicios
especiales mientras preste sus servicios en el Consejo General
del Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el
artículo 146.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, desempeñando sus funciones durante el plazo de dos
años, prorrogables por períodos anuales, de acuerdo con lo
señalado en el artículo 146.1 de la citada norma, y estará sometido
al Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo.
Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de
seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa
de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso
de no efectuarlo.
Contra el presente Acuerdo, que se adopta por delegación del
Pleno del Consejo, cabe recurso contencioso-administrativo ante
la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses,
contado de fecha a fecha desde su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
Madrid, 20 de noviembre de 2000.-El Presidente del Consejo
General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
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