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Documento BOE-A-2000-21352

Orden de 31 de octubre de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 25 de noviembre de 2000, páginas 41004 a 41013 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2000-21352

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,

de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 25, del 29),

por el que se aprueba la oferta de empleo para 2000, y con el

fin de atender las necesidades de personal en la Administración

pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública y acuerdo

de la Junta de Gobierno del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso,

por promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores

Especializados (código 5405) del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir por

promoción interna 15 plazas de la Escala de Titulados Superiores

Especializados (código 5405) del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, desde cuerpos o escalas del grupo B, distribuidas entre

los diferentes grupos de materias específicas de la forma en que

figura en el anexo II de la presente convocatoria.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3) ; la Ley

23/1988, de 28 de julio, de Modificación de la Ley de Medidas

para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"

del 29) ; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" del 24) sobre acceso a determinados sectores de la

función pública de los nacionales de los demás Estados miembros

de la Unión Europea ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado

("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril) y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados

se efectuará de acuerdo con la suma total de las puntuaciones

obtenidas por éstos en las diferentes fases de que consta el proceso

selectivo.

No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta que contradiga lo señalado anteriormente será nula de

pleno derecho.

En el caso de que queden plazas sin cubrir en alguno de los

grupos de materias específicas, se distribuirán entre el resto de

los grupos de materias específicas de acuerdo con los criterios

que establezca la Junta de Gobiemo del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas.

1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1.5 El proceso selectivo estará formado por las fases,

ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I de esta

Orden.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará

a partir de la segunda quincena del mes de abril del año 2001.

1.7 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como anexo II a la presente Orden.

1.8 La duración máxima de la fase de oposición será de tres

meses. Desde la total conclusión del primer ejercicio hasta el

comienzo del segundo ejercicio no podrán transcurrir menos de

diez días, ni más de cuarenta y cinco días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

b) Pertenecer como funcionario de carrera a algún cuerpo

o escala del grupo B incluidos en el artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto.

c) Estar incluido a efectos de promoción profesional en el

ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

d) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en el cuerpo

o escala a que pertenezcan el día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes de participación (artículo 76 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo). Los servicios reconocidos

al amparo de la Ley 70/1978 en puestos de trabajo con funciones

o actividades semejantes a las de los Cuerpos o Escalas del grupo

B serán computables, a efectos de antigüedad, para participar

en estas pruebas selectivas.

e) Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso

en cuerpos o escalas del grupo A en el artículo 25 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (título de Doctor, Licenciado, Ingeniero,

Arquitecto o equivalente), o en condiciones de obtenerlo en la

fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes

(artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo). En el

caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en

posesión de la credencial que acredite su homologación.

f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones por sentencia judicial firme. Los aspirantes cuya

nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida,

en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como

funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "modelo 750"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones del Gobiemo en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobiemo, así como en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid), en

la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina,

50, de Madrid), en el Instituto Nacional de Administración Pública

(calle Atocha, 106, de Madrid), en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero, así como en la

sede central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas

(calle Serrano, 117, de Madrid).

Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud ni

solicitar más de un grupo de materias específicas de las que se

encuentran en el anexo II.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ciencia y

Tecnología". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

"Consejo Superior de Investigaciones Científicas". En el espacio

destinado a código que figura debajo, se cumplimentará el 20001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el

espacio destinado a código se hará constar el 20.020, rellenándose

sólo los dos primeros dígitos.

En el recuadro número 15 se señalará "Titulados Superiores

Especializados", consignándose el código 5405 en el espacio

reservado para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

consignará "P" (acceso por el sistema de promoción interna).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen: se hará

constar "Madrid".

En el epígrafe número 24. "Títulos académicos oficiales" se

hará constar la titulación que se posee para participar en estas

pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.e de esta

convocatoria.

En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", del modelo de solicitud, se hará

constar expresamente el grupo de materia específica a la que

concurre, elegido de entre los propuestos en la presente convocatoria

(ver anexo II).

En el recuadro B) del mismo epígrafe 25, se consignará el

cuerpo o escala a la que pertenece el aspirante.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle

Serrano, número 117, 28006 Madrid, o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas

por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.3 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de

examen será de 2.000 pesetas que se consignará en el recuadro

destinado al mismo en el modelo de solicitud. El abono de la

tasa de dichos derechos de examen podrá efectuarse en cualquier

banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan

como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria, sin

que sea preciso indicar un número de cuenta corriente al efecto.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

repre

sentaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número

2038 1183 46 6000548962, abierta en la sucursal 1183 de Caja

Madrid, calle López de Hoyos, número 68, a nombre de "CSIC

Tasas 20.020 derechos de examen".

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Asimismo estarán exentas las personas que figuren como

demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior

a la fecha de la convocatoria siempre que en el plazo de que

se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se

hubieran negado a participar, salvo causa justificada, en acciones

de promoción, formación o reconversión profesional y que,

asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al

salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la

condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en

la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto

Nacional de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas

se efectuará mediante una declaración jurada o promesa escrita

del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar a la

solicitud.

Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo

acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se

realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión

de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en

los tres ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el

pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá

acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de una justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá

la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,

de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Las solicitudes, dirigidas al excelentísimo señor

Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, deberán

acompañarse de una fotocopia del documento nacional de

identidad.

A efectos de la valoración de los méritos de la fase de concurso,

se adjuntará certificación expedida por los servicios de personal

de los Ministerios, organismos o entidades donde presten o hayan

prestado sus servicios los aspirantes. La certificación, según

modelo que figura como anexo V a esta convocatoria, hará mención

expresa de los méritos establecidos en el anexo I, referidos a la

fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En relación al personal, que a la fecha de finalización del plazo

de presentación de solicitudes, se encuentre en situación de

servicio activo en el Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, la acreditación de dichos méritos se realizará de oficio

por la Subdirección General de Recursos Humanos.

3.5 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la

Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas

dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", declarando aprobada la lista

de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en este último

caso, de las causas de exclusión. En la lista deberá constar, en

todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad.

Además, se determinará el lugar y fecha y hora de comienzo

de los ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado

su exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse potestativarnente

recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

que dictó la resolución, o directamente recurso

contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su

publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos, sino además, que sus nombres constan en

la pertinente lista certificada completa de admitidos y excluidos,

que se expondrá al público en los tablones de anuncios de la

sede central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,

calle Serrano, 117, en los centros e institutos del organismo, en

la Dirección General de la Función Pública, y en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de las Administraciones

Públicas.

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputable al sujeto

pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas selectivas

estarán constituidos en la forma que se determina en el anexo III

de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Presidente del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, cuando concurran en ellos circunstancias de

las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27), o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes

a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación

de esta convocatoria.

El Presidente podrá exigir de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas

en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27).

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

("Boletín Oficial del Estado" del 27).

5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo la

autoridad convocante hará público el nombramiento de los nuevos

miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas anteriores.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirán los

Tribunales, con la asistencia del Presidente y Secretario, y la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, los Tribunales, para actuar

válidamente, requerirán la presencia del Presidente y Secretario

o, en su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad al menos

de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo del proceso selectivo, los Tribunales

resolverán todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se debe hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del

Estado" del 27).

5.7 Los Tribunales calificadores adoptarán las medidas

precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares

condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de

los participantes. En este sentido, se establecerán para las

personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la

base 3.5 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su

realización.

A tal efecto, los Tribunales podrán recabar informe y, en su

caso, colaboración de los órganos técnicos de la administración

Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los

Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006

Madrid, teléfonos 91 585 52 65/52 63.

5.9 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas,

tendrán la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del

Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19). Una vez conocido el número de aspirantes, el Presidente

del Consejo Superior de Investigaciones Científicas establecerá

el número máximo de sesiones que podrá realizar cada Tribunal.

5.10 Los Tribunales no podrán aprobar ni declarar que han

superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes

al de plazas convocadas.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Las pruebas selectivas para ingresar en la Escala de

Titulados Superiores Especializados del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas por el sistema de promoción interna

constarán de dos fases: Fase de oposición y fase de concurso.

6.2 El orden de actuación de los opositores de iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con

la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de fecha 23 de febrero de 2000 por la que se hace público

el resultado del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000

("Boletín Oficial del Estado" del 3 de marzo).

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "B", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "C", y

así sucesivamente.

6.3 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas

quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el órgano convocante.

La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del

segundo y tercer ejercicio se efectuará por el Tribunal, al menos,

en los locales donde se haya celebrado el primero, con veinticuatro

horas, como mínimo, de antelación a la señalada para la iniciación

del mismo.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad

convocante, por sí o a propuesta del Presidente del Tribunal, si

tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a

los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las

inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes

en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución definitiva de exclusión del aspirante podrá

interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo

de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o

directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente a su comunicación, ante

el órgano competente del orden jurisdiccional del

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27).

6.6 Fase de concurso: La lista que contenga la valoración

provisional de méritos de la fase de concurso se hará pública

mediante Resolución del Presidente del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas para aquellos aspirantes que hubieran

superado los ejercicios de la fase de oposición, quienes dispondrán

de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente

al de la publicación de la misma, para alegar las rectificaciones

pertinentes respecto a dicha valoración provisional.

Por la misma autoridad se publicará Resolución que contenga

la relación de las puntuaciones definitivas en dicha fase.

Contra esta Resolución podrá interponerse potestativamente

recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

que dictó la resolución, o directamente recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día

siguiente a su comunicación, ante el órgano competente del orden

jurisdiccional del contencioso-administrativo, de acuerdo con lo

establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, los Tribunales harán

públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio,

así como en la sede central del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, la relación de aprobados dentro de cada grupo de

materias específicas por orden de puntuación total alcanzada, con

indicación de su número de documento nacional de identidad.

Los Presidentes de los Tribunales enviarán una copia certificada

de la relación de aprobados al Presidente del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se publicaron las relaciones de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados

deberán presentar en los locales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid,

los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido (base 2.1.f) o

certificación académica que acredite su posesión en la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes

que no posean la nacionalidad española deberán presentar,

asimismo, fotocopia compulsada de la credencial a que se refiere

dicha base.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas por sentencia firme, según el modelo que figura

como anexo IV a esta convocatoria.

c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán presentar documentación certificada por las autoridades

competentes de su país de origen en la que se acredite no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida,

en su Estado, el acceso a la función pública.

En el caso de que algunos puestos de trabajo ofrecidos como

primer destino supongan la participación directa o indirecta en

el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por

objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado,

quedan excluidos de la posibilidad de ser elegidos por los aspirantes

cuya nacionalidad no sea la española.

8.2 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen

de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos

exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber

incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

9. Nombramiento de funcionarios

9.1 Los candidatos propuestos serán nombrados funcionarios

de carrera de la Escala de Titulados Superiores Especializados,

por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, con especificación del

destino adjudicado.

Los nombramientos serán publicados en el "Boletín Oficial del

Estado".

9.2 La toma de posesión de los candidatos nombrados

funcionarios de carrera, se efectuará en el plazo de un mes desde

la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado".

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las Resoluciones de los Tribunales, conforme a lo

previsto en la mencionada Ley.

Toda la información relativa a esta convocatoria está podrá

consutarse en Web del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas: WWW.csic.es

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 31 de octubre de 2000, por delegación (Orden de 30

de mayo, "Boletín Oficial del Estado", del 31).-El Presidente del

Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rolf Tarrach

Siegel.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

El sistema selectivo será el concurso-oposición.

La fase de concurso se calificará con un máximo de 22 puntos.

La fase de oposición se calificará con un máximo de 30 puntos

La puntuación final del proceso selectivo vendrá dada por la suma

de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases, concurso

y oposición.

En el supuesto de producirse empates al confeccionar la lista

de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que

hubiese obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la

fase de oposición. En caso de persistir el empate se acudirá a

la puntuación obtenida en el segundo y tercer ejercicio

sucesivamente. De mantenerse esta circunstancia, se dimitirá a favor

de la mayor puntuación alcanzada en el mérito de trabajo

desarrollado previamente en el Consejo Superior de Investigaciones

Científicas y, de persistir aún la situación de empate, se atenderá a

la puntuación otorgada a la antigüedad en el cuerpo o escala

de procedencia y al grado consolidado, por este orden. De seguir

persistiendo el empate, se atenderá sucesivamente a la fecha de

toma de posesión en el cuerpo o escala de procedencia y a la

fecha de ingreso en la función publica como funcionario de

carrera.

a) Fase de concurso:

1. Antigüedad en el cuerpo o escala de procedencia: Se

valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y los

reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,

de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración

Pública ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero de 1979)

hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de

instancias, en el cuerpo o escala de procedencia, a razón de 0,40

puntos por año hasta un máximo de seis puntos.

En caso de los funcionarios que han pasado de un cuerpo o

escala a otro por procedimiento de integración, se computarán

también la antigüedad en el cuerpo o escala de origen.

2. Trabajo desarrollado en el Consejo Superior de

Investigaciones Científicas: Se valorarán los años de servicios

efectivamente prestados en el Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, a razón de 0,40 puntos por año hasta un máximo de ocho

puntos.

3. Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente en la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará

la siguiente puntuación:

Grados 16 y 17: Dos puntos.

Grados 18 y 19: Tres puntos.

Grados 20 y 21: Cuatro puntos.

Grados 22 y superiores: Seis puntos.

4. Por estar desempeñando un puesto de trabajo en

organismos públicos de investigación adscritos al Ministerio de Ciencia

y Tecnología a través de la Secretaría General de Política Científica:

Dos puntos.

Las listas que contengan las puntuaciones definitivas en la fase

de concurso se harán públicas con la calificación final de la fase

de oposición.

b) Fase de oposición: La fase de oposición constará de los

ejercicios eliminatorios que se indican a continuación:

1. Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito,

en un plazo máximo de cuatro horas, de dos temas a elegir entre

cuatro extraídos por sorteo de entre los que figuran en el programa

de materias específicas elegido por el aspirante y que figura en

el anexo II. Para la realización de este ejercicio no se podrá

consultar documentación alguna. El ejercicio será leído por el opositor

en sesión pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el

opositor durante un tiempo máximo de veinte minutos sobre

aspectos de los temas que ha desarrollado.

En este ejercicio se valorarán los conocimientos, la claridad

y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su

forma de presentación o exposición, y el enfoque práctico que

el opositor dé a dichos conocimientos.

Se calificará de cero a 14 puntos. El valor medio de las

puntuaciones computadas constituirá la calificación del ejercicio,

siendo necesario alcanzar siete puntos, como mínimo, para pasar al

ejercicio siguiente.

2. Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito,

en un plazo máximo de cuatro horas, de dos temas a elegir entre

cuatro extraídos por sorteo de entre los que figuran en el programa

común que figura en el anexo II de esta convocatoria. Para la

realización de este ejercicio no se podrá consultar documentación

alguna. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor durante

un tiempo máximo de veinte minutos sobre aspectos de los temas

que ha desarrollado.

En este ejercicio se valorarán los conocimientos, la claridad

y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su

forma de presentación o exposición.

Se calificará de cero a ocho puntos. El valor medio de las

puntuaciones computadas constituirá la calificación del ejercicio,

siendo necesario alcanzar cuatro puntos, como mínimo, para pasar

al ejercicio siguiente.

3. Tercer ejercicio: Consistirá en la realización por escrito,

en un tiempo máximo de dos horas, de una traducción en

castellano, sin diccionario, de un texto de carácter técnico, que será

facilitado por el Tribunal, relacionado con cada uno de los grupos

de materias específicas establecidos en la presente convocatoria,

redactado, a elección del aspirante, en cualquiera de los idiomas

oficiales de la Unión Europea. El ejercicio será leído por el opositor

en sesión pública ante el Tribunal. Para la verificación de este

ejercicio el Tribunal podrá ser asistido por los pertinentes asesores

especialistas designados por él mismo.

Se calificará de cero a ocho puntos. El valor medio de las

puntuaciones computadas constituirá la calificación del ejercicio,

siendo necesario alcanzar cuatro puntos, como mínimo, para

superarlo.

Al calcular el valor medio de las puntuaciones en cada uno

de los ejercicios, se excluirá del cómputo de puntuaciones la más

alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida

más de una máxima y una mínima.

En los tres ejercicios la calificación se hará al término de cada

ejercicio, publicándose la relación de quienes los hubieran

superado y sus puntuaciones.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

ANEXO II

Programa

MATERIAS COMUNES A TODOS LOS OPOSITORES

1. La Constitución Española de 1978: Características.

Derechos fundamentales y libertades públicas.

2. La Administración General del Estado: Organización y

funcionamiento. La Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado (LOFAGE).

3. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El procedimiento

administrativo: Concepto y naturaleza.

4. La Contratación Administrativa. Tipos de contratos.

5. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Características. Ámbito de aplicación. Órganos superiores de la

función pública.

6. Planificación de recursos humanos. Relaciones de puestos

de trabajo.

7. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y deberes de los funcionarios.

8. El Presupuesto. Su contenido. Elaboración y aprobación.

Modificaciones presupuestarias.

9. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

10. La Ley de Fomento y Coordinación General de la

Investigación Científica y Técnica. El Consejo Superior de

Investigaciones Científicas: Naturaleza y normas de funcionamiento.

Repercusiones de la LOFAGE en el Consejo Superior de Investigaciones

Científicas.

11. La dirección por objetivos. La programación de proyectos.

12. El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo

e Innovación Tecnológica 2000-2003.

13. Las fuentes de las obligaciones económicas de la

Hacienda pública. La Ley. Los negocios jurídicos. La responsabilidad.

14. Los fondos estructurales europeos. Sus reglamentos. El

Marco comunitario de apoyo. Los programas operativos: Su

ejecución y seguimiento. Especialidades de la I + D.

GRUPOS DE MATERIAS ESPECÍFICAS

Documentación y biblioteconomía

Número de plazas: Tres

1. Información y documentación científica: Conceptos. El

proceso de transferencia de la información científica. El ciclo

documental.

2. La investigación en el campo de la información y

documentación científica.

3. La formación de profesionales de la información y

documentación en la actualidad.

4. Análisis documental. Indización y resúmenes.

5. Lenguajes documentales. Clasificaciones. Clasificaciones

universales y sectoriales. La CDU. Lenguajes documentales.

Elaboración y presentación de tesauros. Clasificacionesversus

tesauros.

6. Bases de datos documentales: Estructura de la información ;

registros y campos. Tipos de bases. Accesibilidad.

7. Bases de datos convencionales y OPACS de bibliotecas.

8. Bases de datos bibliográficas especializadas en ciencias

experimentales. Bases de datos bibliográficas especializadas en

ciencias sociales y humanas.

9. Principales sistemas de gestión documental y bibliotecas:

características diseño, organización y gestión de bibliotecas y

centros de información y documentación científica.

10. La gestión de calidad de los servicios y productos en

bibliotecas y centros de documentación.

11. El sistema español de bibliotecas. Legislación y

competencias estatales y autonómicas.

12. La Biblioteca Nacional

13. La red de bibliotecas del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas: Estructura, procesos y servicios.

14. Cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes: Los

"consorcia". Catálogos colectivos.

15. La información científica en el Consejo Superior de

Investigaciones Científicas. Bibliotecas y centros de documentación.

16. Estudios de usuarios de bibliotecas y centros de

documentación.

17. Servicios de referencia e información bibliográfica.

18. Control bibliográfico.

19. Acceso a la literatura grís.

20. Acceso a información técnica. Bases de datos

bibliográficas y de patentes.

21. Técnicas de recuperación de información electrónica.

Lógica booleana y lógica hipertexto.

22. Redes de comunicación y acceso a bases de datos.

23. Los soportes de la información. Soportes convencionales

y soportes ópticos. CD-Rom, soportes multimedia.

24. Internet y la información científica. Herramientas de la

red. Lenguaje HTML. Recursos WWW. Internet y las bibliotecas

científicas.

25. Tecnologías de conservación y recuperación de la

información. Construcción de bases de datos bibliográficos.

26. Edición electrónica de revistas científicas.

27. Evaluación de publicaciones periódicas.

28. Análisis y medición de la actividad científica. La

Bibliometría. Principales indicadores bibliométricos.

Técnicas de biología

Número de plazas: Dos

1. Estructura y composición de la célula procariótica

(bacterias).

2. Estructura y composición de la célula eucariótica animal.

Estructura y composición de la célula eucariótica vegetal.

3. Características generales de los virus animales.

Características de los virus vegetales yviroides.

4. Principios y fundamentos del metabolismo de

carbohidratos.

5. Principios y fundamentos del metabolismo de proteínas.

6. Principios y fundamentos del metabolismo de los ácidos

grasos.

7. Principios y fundamentos del metabolismo secundario.

8. Organización y replicación del material hereditario. Desde

los cromosomas hasta los genes.

9. Mecanismos generales de la regulación de la expresión

génica. Mecanismos generales de la regulación de la actividad

enzimática.

10. Crecimiento y división celular. Ciclo celular. Mitosis y

meiosis.

11. Manejo y control de instalaciones radiactivas. Principios

de radioprotección. Manejo y control de instalaciones de

bioseguridad. Principios de seguridad biológica.

12. Técnicas de análisis bioquímico o biológico.

Espectrofotometría ultravioleta, infrarrojo y otras. Espectrofluorimetría.

Otras técnicas analíticas de ensayo y valoración de moléculas

biológicas y/o de interés biotecnológico.

13. Cultivo de microorganismos. Técnicas de aislamiento y

propagación de cultivos puros. Cuantificación y control del

crecimiento microbiano. Colecciones de microorganismos. Cultivos

celulares (células animales). Medios y métodos de selección,

crecimiento y mantenimiento.

14. Técnicas para el desarrollo de modelos animales por

manipulación genética.

15. Cultivos celulares (células vegetales). Cultivos in vitro de

tejidos vegetales. Plantas transgénicas.

16. Técnicas de manejo, detección y valoración de la actividad

biológica de virus animales o vegetales.

17. Técnicas de manipulación in vitro de ácidos nucleicos.

Transformación, infección y transfección.

18. Construcción y manejo de genotecas. Bandeo de

cromosomas. Técnicas de PCR y sus distintos usos.

19. Principios de genética. Métodos de mutagénesis y

selección de mutantes.

20. Métodos de interrupción o deleción de genes en seres

vivos.

21. Técnicas de secuenciación de ácidos nucleicos.

22. Técnicas de purificación de proteínas u otras moléculas

biológicas de interés biotecnológico. Métodos cromatográficos y

electroforéticos. Técnicas de análisis de proteínas. Espectrometría

de masas. Análisis de las interacciones proteína-proteína por el

sistema de los dos híbridos: Principios y utilidades.

23. Técnicas analíticas relacionadas con el metabolismo

lipídico. Técnicas analíticas relacionadas con carbohidratos.

24. Técnicas y procedimientos relacionados con

experimentación animal en Fisiología y Fannacología.

25. Técnicas de observación microscópica. Citogenética

animal y vegetal. Microscopía visible, ultravioleta, electrónica y

confocal. Técnicas de inmunolocalización y imnunocitoquímicas.

26. Técnicas inmunológicas. Preparación y purificación de

anticuerpos monoclonales o policlonales y su utilización en

experimentación biológica. Citometría de flujo.

27. Manejo de herramientas bioinformáticas básicas.

Búsquedas en grandes bases de datos. Análisis y comparación "in silico"

de secuencias de ácidos nucleicos y proteínas.

28. Manejo de paquetes bioinformáticos actuales.

Predicciones de función por análisis de motivos funcionales.

Métodos y técnicas en Ciencias Medioambientales

y Agroalimentarias

Número de plazas: Dos

1. Instrumentación y métodos de análisis en estudios

geoquímicos. Contaminación ambiental. Fuentes y métodos de

análisis.

2. Mineralogía experimental y ambiental. Métodos de

muestreo y análisis.

3. Geofísica y Sedimentología. Obtención y tratamiento de

datos.

4. Técnicas de muestreo en estudios edafológicos.

Preparación y análisis de muestras de suelos.

5. Métodos de muestreo en estudios hidrológicos e

hidrogeológicos.

6. Equipamientos en oceanografía física y química. Obtención

de datos, muestras y análisis. Muestreos del plancton y bentos

marino. Diseño y estudio.

7. Cultivos marinos. Métodos de reproducción y mejora

genética. La explotación de los recursos marinos renovables. Métodos

de análisis.

8. Patología de especies cultivadas. Métodos de estudio y

control.

9. Técnicas de análisis bioquímico o biológico.

Espectrofotometría ultravioleta, infrarrojo y otras. Espectrofluorimetría.

10. Técnicas y procedimientos relacionados con

experimentación animal en Fisiología.

11. Técnicas de observación microscópica. Citogenética

animal y vegetal. Microscopía visible, ultravioleta, electrónica y

confocal. Técnicas de inmunolocalización y inmunocitoquímicas.

12. Colecciones vegetales. Catalogación y mantenimiento.

Colecciones animales. Catalogación y mantenimiento.

13. Técnicas de muestreo y análisis estadístico en ecología.

14. Métodos de muestreo en estudios de comportamiento

animal.

15. Crecimiento y división de la célula vegetal. Mitosis y

meiosis.

16. Técnicas de análisis biológico. Espectrofotometría

ultravioleta, infrarrojo, absorción atómica. Espectrofluorimetría.

Espectrometría de masas. Cromatografía y electroforesis. Técnicas de

Microscopía. Microscopía óptica, electrónica y confocal.

17. Control de la nutrición de plantas. Fertilización.

Necesidades hídricas de las plantas. Control de plagas y enfermedades

agrícolas. Uso de elementos trazadores (isótopos radioactivos o

estables) en la investigación agraria.

18. Control de la nutrición y producción animal.

19. Cultivo in vitro de células y tejidos vegetales.

Micropropagación.

20. Técnicas de mejora genética vegetal para la inducción

de resistencia a estreses bióticos y/o abióticos. Producción, control

y ensayos de campo con plantas transgénicas.

21. Manejo y control de instalaciones radiactivas y de

bioseguridad. Normas y métodos de radioprotección.

22. Simbiosis fijadoras de nitrógeno atmosférico.

23. Inmunodiagnóstico e inmunoprotección de enfermedades

parasitarias en ganadería.

24. Alimentos de origen vegetal: Frutas y hortalizas, cereales

y sus derivados. Análisis físico-químico y microbiológico.

25. Alimentos de origen animal: Carne y productos cárnicos,

pescados. Análisis físicoquímico y microbiológico.

26. Alimentos fermentados: Derivados lácteos, bebidas

alcohólicas. Análisis físico-químico y microbiológico.

27. Nuevos alimentos: Alimentos funcionales, alimentos

transgénicos.

28. Técnicas y procesos en la industria alimentaria. Aditivos

alimentarios: Pigmentos, aromas, saborizantes, colorantes,

enzimas. Control de calidad en la industria alimentaria.

Tecnología de la Información y las Comunicaciones

Número de plazas: Una

1. Problemas generales de las medidas eléctricas:

Aislamiento, conexionado, ruido, tierra, apantallamiento.

2. El laboratorio de medidas eléctricas: Equipos para medir

voltajes y corrientes, medida de resistencia e impedancias,

medidas de alta frecuencia.

3. El laboratorio de medidas ópticas.

4. Técnicas de calibración de instrumentos de laboratorio.

5. Instalación y mantenimiento de equipos informáticos:

"Hardware" y "software".

6. Redes de PCs. Diseño, instalación y mantenimiento.

7. Uso de equipos informáticos en el laboratorio: Adquisición

de datos, control de instrumentos.

8. Programas para la representación de datos: Instalación y

uso.

9. Almacenamiento y bases de datos.

10. Sensores y actuadores.

11. Microprocesadores.

12. Circuitos integrados: Tecnología. Circuitos integrados:

Metodologías de diseño.

13. Protocolos de comunicación.

14. Control de sistemas electrónicos.

15. Robots y sistemas robotizados.

16. Codificación de la información y seguridad en redes.

17. Dispositivos electrónicos.

18. Análisis y diseño de circuitos.

19. Internet e Intranet.

20. Radiación y propagación de seriales.

21. Tratamiento digital de señales.

22. Técnicas de representación y tratamiento de imagen.

23. Televisión.

24. Circuitos digitales.

25. Circuitos analógicos.

26. Sistemas electrónicos.

27. CAD electrónico.

28. Alta frecuencia.

Técnica en Química

Número de plazas: Cuatro

1. Leyes fundamentales de las reacciones químicas.

2. Estados de agregación de la materia. Descripción de la

concentración de sustancias. Metodología de medidas.

3. Elementos químicos, abundancia natural, isótopos,

elementos artificiales.

4. Ácidos y bases. Concepto de pH. Métodos de

determinación, electrodos selectivos de iones.

5. Química y ecología: Procesos selectivos, materias primas

alternativas, reciclado de residuos.

6. Cinética química. Velocidad de reacción.

7. Equilibrio químico. Constante de equilibrio. Relación con

propiedades termodinámicas.

8. Seguridad en laboratorios. Agentes de riesgo, prevención.

9. Seguridad en laboratorios. Riesgos específicos a agentes

químicos y su prevención.

10. Contaminación ambiental. Fuentes de emisiones,

legislaciones de la UE, métodos de reducción.

11. Técnicas analíticas e instrumentales. Gravimetría.

Aspectos prácticos, instrumental, fuentes de error.

12. Técnicas analíticas e instrumentales. Volumetría.

Aspectos prácticos, instrumental, fuentes de error.

13. Análisis estadístico de resultados. Errores, análisis de

correlación y varianza.

14. Cromatografía de gases. Fundamentos, parámetros e

instrumentación básica.

15. Cromatografía de líquidos. Fundamentos,

instrumentación básica, aplicaciones.

16. Técnicas espectroscópicas en química orgánica.

Fundamentos, identificación y cuantificación.

17. Difracción de rayos X. Principio, instrumentación básica,

aplicación.

18. Espectroscopia infrarroja. Tipos de técnicas,

instrumentación, preparación de muestras, análisis de sólidos y líquidos,

cuantificación.

19. Espectroscopia UV-visible. Fundamento, ley de

Beer-Lambert, preparación de muestras, análisis de sólidos y líquidos.

20. Microscopía óptica y electrónica. Preparación de

muestras. Aplicación a sólidos.

21. Métodos y técnicas de análisis de suelos y muestras

geológicas.

22. Química y ecología. Procesos selectivos, materias primas

alternativas, reciclado de residuos.

23. Espectrometría de masas. Fundamento, instrumentación

y ejemplos de aplicación.

24. Fuentes fósiles de energía. Purificación y uso.

25. Macromoléculas. Síntesis, aislamiento. Pesos

moleculares. Resinas y elastómeros.

26. Sensores químicos. Principio de operación,

instrumentación, aplicaciones.

27. La atmósfera, composición del aire, gases nobles, ozono.

28. Metales: Propiedades físicas y químicas. Estado natural.

Obtención. Aleaciones.

Gestión I + D

Número de plazas: Tres

1. El sistema de ciencia y tecnología en España. Objetivos

y prioridades.

2. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas: Su

papel en el sistema de ciencia y tecnología.

3. La Administración institucional. Los organismos

autónomos. Las entidades públicas empresariales. Régimen jurídico.

Entidades excluidas de la regulación general. Los organismos públicos

de investigación.

4. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Fases

del procedimiento. Obligación de resolver. El silencio

administrativo.

5. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación. Revisión, anulación y revocación.

6. Los derechos de los ciudadanos en Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones en

vía judicial. Recursos administrativos.

7. El Presupuesto del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas. Elaboración y aprobación.

8. Gestión económica en los centros e institutos del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas.

9. Operaciones y documentos contables. Mecánica de la

tramitación de expedientes.

10. El inventario de los centros e institutos del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas. Normativa.

11. Gestión de la adquisición de equipamiento científico en

el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

12. Protección jurídica de los resultados de la investigación.

Gestión de la propiedad industrial e intelectual en el Consejo

Superior de Investigaciones Científicas.

13. Contratos de transferencia de tecnología.

14. Las instituciones de la Unión Europea. El derecho

comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre el derecho comunitario y

el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

15. Política común de I + D de la Unión Europea. Instituciones

europeas de ciencia y tecnología.

16. Los programas comunitarios de investigación y

desarrollo. El V Programa Marco.

17. Cooperación bilateral y multilateral del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas en I + D en el ámbito internacional.

Gestión de proyectos.

18. El sistema de becas en el Consejo Superior de

Investigaciones Científicas.

19. La gestión pública. Los procesos de modernización de

las Administraciones públicas. Nuevas formas de gestión.

20. Estructura y régimen jurídico de los recursos humanos

del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

21. Gestión de los recursos humanos y la motivación de las

personas. La formación del personal.

22. Personal funcionario. Regulación de las escalas propias.

23. Acceso a la función pública, provisión de puestos y

promoción profesional de los funcionarios públicos.

24. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos.

25. Personal laboral. Aplicación del Convenio Único de

personal laboral de la Administración general del Estado en el Consejo

Superior de Investigaciones Científicas. Contratación laboral.

26. Sistema retributivo del personal al servicio del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas. Régimen disciplinario de

los funcionarios públicos.

27. Sindicación, participación y representación del personal

al servicio de las Administraciones públicas. Acuerdos y pactos.

Convenios colectivos. Acuerdos marco. Conflictos colectivos. La

huelga.

28. La Seguridad Social: Afiliación, altas, bajas y variaciones

de datos de trabajadores del Régimen General. Sujetos obligados

y responsables de la cotización. Nacimiento y duración de la

obligación de cotizar.

ANEXO III

Tribunales

DOCUMENTACIÓN Y BIBLIOTECONOMÍA

Tribunal titular:

Presidente: Plaza Gómez, Luis Manuel. Cient. titular Ctro. lnfor.

y Doc. Cient.

Vocal: Ugarte Alonso Vega, Sara. C. Sup. Adm. Civ. Estado

Direcc. Gral Costes. Minis. Hacienda.

Vocal: Lizan Arbeloa, María Pilar. Fac. Arch. Bibliot. Insto.

de Historia.

Vocal: Fernández Rodríguez, Purificación. Cient. Titular Insto.

Lengua Española.

Secretaria: Fernández Ballesteros, Josefa. Titulada Sup. Espec.

Ctro. Nac. lnvest. Metalúrgicas.

Tribunal suplente:

Presidenta: Osca Lluch, María Julia. Cient. Titular lnst.

H.aCienc. y Doc. López Piñero.

Vocal: Azpiazu Garrido, Elena. C. Sup.Adm.Civ. Estado Direcc.

Gral.Función Pública. MAP.

Vocal: Ferrera Iglesias, Inés María Olga. Titulado Sup. Espec.

Insto. del Frío.

Vocal: Bordons Gangas, M. Manuela. Cient. Titular Ctro. lnfor.

y Doc. Cient.

Secretario: Cottereau María, Mario. Titulado Sup. Espec.

Unidad Coord. Bibliotecas (CSIC)

TÉCNICAS EN BIOLOGÍA

Tribunal titular:

Presidente: Quintanilla Ávila, Miguel. Cient. Titular Insto. lnv.

Biomédicas A. Sols.

Vocal: Fernández-Tresguerres Rguez.-Vigil, Elena. Cient.

Titular Ctro. Inv. Biológicas.

Vocal: Barreiro Avellaneda, Ana Rosa. Insp. Trabajo Direcc.

Gral Personal. M. Hacienda.

Vocal: Suñol Esquirol, María Cristina, Cient. Titular Insto. Inv.

Biomédicas. Barcelona.

Secretaria: Dura Ramos, María del Sol. Titulado Sup. Espec.

lnsto. Biol. Mol. Cel. Plantas.

Tribunal suplente:

Presidente: Sastre Garzón, Leandro. Cient. Titular Insto. lnv.

Biomédicas.

Vocal: Moreno Díaz de la Espina, Ssusana. Cient. Titular Ctro.

lnv. Biológicas.

Vocal: Robles García, Enrique. Tecn. Gest. OOAA Gerencia

(CSIC).

Vocal: Pérez Prieto, Sara Isabel. Titulada Sup. Espec. Ctro.

Inv. Biológicas.

Secretario: Tussel Puigbert, José María. Titulado Sup. Espec.

Insto. Inv. Biomédicas Barcelona.

MÉTODOS Y TÉCNICAS MEDIOAMBIENTALES Y AGROALIMENTACIÓN

Tribunal titular:

Presidenta: Caballud Hernando, Ana María. C. Sup. Adm. Civ.

Estado. Direcc. Gral. Función Pública MAP.

Vocal: Melero Vara, José María. lnvest.Cient. Insto. Agricultura

Sostenible.

Vocal: Labarta Fernández, Eugenio. Cient. Titular Insto. Invest.

Marinas de Vigo.

Vocal: Muñoz Garmendia, José Félix. Tit. Sup. Espec. Real

Jardín Botánico.

Secretaria: Rupérez Antón, María del Pilar. Tit. Sup. Espec.

Instituto del Frío.

Tribunal suplente:

Presidenta: Vega Cabrera, María de la. C. Sup. Adm. Civ.

Estado Vicepresidencia RR.II. (CSIC).

Vocal: Rodríguez Martín, Antonio. Cient. Titular Insto. Ciencias

Marinas Andalucía

Vocal: Aristoy Albert, M. de la Concepción. Titulado Sup.

Espec. lnsto. Agroquím. y Tecnol. Alimen.

Vocal: Muñoz Moreño, María del Rosario. Cient. Titular Insto.

Fermentaciones Industriales.

Secretaria: Barreiro Rodríguez, Josefina. Titulada Sup. Espec.

Museo Nacional Ciencia Naturales.

TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES

Tribunal titular:

Presidente: Millán Gómez, José. Prof. lnvest. Insto.

Microelectrónica.

Vocal: Orteu Berrocal, Eduardo. C. Sup. Adm. Civ. Estado.

Subsecretaría MICYT.

Vocal: Herrero Pertierra, Aurelio. C. Sup. Sist. Teen. Infor.

Ctro. Técnico Informático (CSIC).

Vocal: Gómez-Aleixandre Fernández, M. Cristina. Cient.

Titular. Insto. Ciencia de Materiales Madrid.

Secretario: Vázquez Martínez, Fernando. Titulado Sup. Espec.

Instituto Acústica.

Tribunal suplente:

Presidenta: García García, María del Carmen. Cient. Titular

Insto. Física Corpuscular.

Vocal: Almazán Barragán, Margarita. Titulada Sup. Espec.

Asesoria Jurídica (CSIC).

Vocal: Herranz de la Revilla, Miguel. Titulado Sup. Espec. Insto.

Astrofísica de Andalucía.

Vocal: Castelo Gutiérrez, Víctor. C. Sup. Sist.y Tecn. inf. Ctro.

Tecn. Informático (CSIC).

Secretaria: Berriatua Fdez. de Larrea, Marianela. C. Sup. Adm.

Civ. Estado. CEBAS. Murcia.

TÉCNICASEN QUÍMICA

Tribunal titular:

Presidente: Rubio García, José Carlos. C. Sup. Adm. Civ.

Estado. Subd. General AA.EE. (CSIC).

Vocal: Membrado Giner, Luis. Cient. Titular. Insto.

Carboquímica.

Vocal: Morán Laorden, María Dolores. C.S.A.C. Secret. Gral.

Técnica. M. Fomento.

Vocal: Solans Marsa, Concepción. Cient. Titular. Insto. lnvest.

Químicas y Ambien.

Secretaria: Rozas Hernando, María Isabel. Titulada Sup. Espec.

Insto. Química Médica.

Tribunal suplente:

Presidente: Méndez Rodríguez, Magín. C. Sup. Adm. Civ.

Estado. Direcc. Gral. Costes. M. Hacienda.

Vocal: Jimeno Herranz, María Luisa. Cient. Titular. Insto.

Química Orgánica General.

Vocal: Gutiérrez Jerez, Francisco José. Titulado Sup. Espec.

Insto. Prod. Natur. y Agrobiol.

Vocal: Aran Redo, Vicente Jesús. Cient. Titular. Insto. Química

Médica.

Secretaria: Collado Galán, Rosalía. Titulada Sup. Espec. Subd.

Gral. RR. HH. (CSIC).

GESTIÓN I + D

Tribunal titular ;

Presidenta: Varela Tortajada, Yolanda. C. Sup. Adm. Civ.

Estado. Subd. Gral. RR.HH. (CSIC).

Vocal: Castro Martínez, María Elena. Titulado Sup. Espec.

Delegación CSIC Valencia.

Vocal: Sastre Garzón, Leandro. Cient. Titular. Insto. lnvest.

Biomédicas A. Sols.

Vocal: Maurer Moreno, Enrique. Invest. Científico. Insto.

Ciencia Materiales Madrid.

Secretaria: González Peñalver, M. Carmen. Titulada Sup.

Espec. Subd. Gral. AA.EE. (CSIC).

Tribunal suplente:

Presidenta: Juárez Iglesias, Manuela. Prof. Investigación. Sub.

Progr. y Seguimiento (CSIC).

Vocal: Martínez Cano, M. Luz. Titulada Sup. Espec. Gerencia

(CSIC).

Vocal: Sánchez Ayuso, Matilde. Invest. Científico Subd. Gral.

Rel. Internac. (CSIC).

Vocal: Robles García, Enrique. Tecn. Gestión OO.AA. Gerencia

(CSIC).

Secretaria: Moreno Moyano, Visitación. Titulada Sup. Espec.

Insto. Economía y Geografía.

ANEXO IV

Don ..............................................................,

con domicilio en .....................................................

y documento nacional de identidad número ........................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala de ..........................................

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En .............................. a .................... de ......................

de 2000.

ANEXO V : (Ver imagen página 41013)

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