Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las
pruebas selectivas para ingreso, mediante proceso de
consolidación de empleo temporal en el Ministerio de Economía y Hacienda
y en sus Organismos Autónomos Parque Móvil Ministerial e
Instituto Nacional de Estadística, convocadas por Resolución de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública de 30 de
diciembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 21 de enero
de 1999), y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos
en las bases de la convocatoria.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, y en el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984,
de 28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre)
de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta
de las Subsecretarías de los Ministerios de Economía y de
Hacienda.
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo General
Auxiliar de la Administración del Estado, mediante proceso de
consolidación de empleo temporal en los Ministerios de Economía
y de Hacienda y en los Organismos Autónomos Parque Móvil del
Estado e Instituto Nacional de Estadística, a los aspirantes
aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados
de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de
los destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado",
Tercero.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio
de 1998.
Lo que comunico a V. I.
Madrid, 22 de noviembre de 2000.-El Secretario de Estado,
Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios de Economía,
Hacienda, Administraciones Públicas, Delegado del Gobierno
en Andalucía y Director general de la Función Pública.
ANEXO (ver imágenes páginas 41723 a 41760).
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