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Documento BOE-A-2000-21991

Orden de 20 de noviembre de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 2000, páginas 42513 a 42523 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-21991

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,

de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000, y en

base a lo establecido en el artículo 75 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, y con el fin de atender las necesidades de personal

en la Administración de la Seguridad Social,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda

convocar pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna,

en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad

Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, con sujeción a

las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por

promoción interna, 17 plazas del Cuerpo de Gestión de la Administración

de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad,

desde Cuerpos o Escalas del grupo C.

1.2 La adjudicación de las plazas, tras la superación del

proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total

obtenida por los aspirantes, según la petición de destino a la vista

de los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan y teniendo

en cuenta lo dispuesto en el artículo 78.2 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo.

No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas.

1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de dos fases: A) Oposición y B) Curso selectivo.

1.4 El proceso selectivo estará formado por las fases,

ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I de esta

Orden, desarrollándose en su totalidad en lengua castellana, con

arreglo al siguiente calendario:

1.4.1 Fase de oposición: El primer ejercicio se realizará en

la fecha y lugar que se determinen en la Resolución a la que

se hace referencia en la base 4.1.

La duración máxima de celebración de la fase de oposición

será de nueve meses a contar desde la fecha de celebración de

la fase escrita del primer ejercicio.

1.4.2 Curso selectivo: Se realizará a continuación de la fase

de oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la

misma.

1.5 El temario que ha de regir las pruebas selectivas es el

que figura como anexo II.

1.6 En el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán

las adaptaciones posibles de tiempo y medios de realización, para

las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma

establecida en la base 3.2.6.

1.7 Los aspirantes que accedan por el sistema de promoción

interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los provenientes

del sistema de acceso libre para cubrir los puestos de trabajo

vacantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.8 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ; el Real Decreto

117/2000, de 28 de enero ; la Orden de 5 de junio de 1996 del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y las bases de la presente

convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de

los Cuerpos o Escalas del grupo C relacionados en el anexo VI

de estas bases.

También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y

Escalas Postales y de Telecomunicaciones adscritos al Grupo C que

estén destinados en la Administración General del Estado en

puestos de trabajo que no pertenezcan a la Entidad Pública Empresarial

Correos y Telégrafos.

2.1.3 Estar incluido a efectos de promoción profesional en

el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de

los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

2.1.4 Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso

en Cuerpos o Escalas del Grupo B, en el artículo 25 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (título de Ingeniero Técnico, Diplomado

Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer

grado o equivalente), o en condiciones de obtenerlo en la fecha

de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación,

o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de cualquiera

de las profesiones para cuyo ejercicio sea necesaria alguna de

las titulaciones citadas.

2.1.5 No padecer enfermedad ni estar afectado por

limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el

desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.6 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán ser

personal de las administraciones u organismos señalados en el

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, tener una antigüedad de, al menos,

dos años de servicios efectivos prestados como funcionario de

carrera en el Cuerpo o Escala del grupo C desde el que participan,

y reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria.

2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases anteriores

deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado

gratuitamente en las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia,

en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas,

en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de las

Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid,

código postal 28006), en la Dirección General de la Función

Pública (calle María de Molina, 50, de Madrid, código postal 28006),

en el Instituto Nacional de Administración Pública (calle

Atocha, 106, de Madrid, código postal 28012), así como en las

representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

3.2 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en

cuenta:

3.2.1 En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán:

"Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a

centro gestor se hará constar "Subsecretaría". En el espacio

destinado a código que figura debajo se cumplimentará el 19001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el

espacio destinado a código, se hará constar 19.020, rellenándose

sólo los dos primeros dígitos.

3.2.2 En el apartado 15, destinado a "Cuerpo o Escala", los

aspirantes harán constar "Cuerpo de Gestión de la Administración

de la Seguridad Social. Promoción interna". En el recuadro

correspondiente a "Código" harán constar el número "1610".

3.2.3 En el apartado 16, destinado a "Especialidad, área o

asignatura", los aspirantes harán constar "Especialidad de

Auditoría y Contabilidad".

3.2.4 En el apartado 17, destinado a "Forma de Acceso", los

aspirantes que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que se detallan

en el apartado A) del anexo I de esta convocatoria consignarán

necesariamente la letra (A). Los restantes opositores consignarán

la letra (B).

En el recuadro número 18 se señalará "Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales". No se cumplimentará el espacio destinado

a "Código" que figura a su lado.

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en que se haya publicado la presente

convocatoria.

3.2.5 En el recuadro número 20 de la solicitud destinado

a "Provincia de examen" los aspirantes que concurran a la

celebración de estas pruebas harán constar "Madrid".

3.2.6 Los aspirantes con discapacidad podrán indicar en el

recuadro número 21 de la solicitud el porcentaje de discapacidad

que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.2.7 En el recuadro del epígrafe 24, denominado "Exigido

en la convocatoria", se indicará, de las siguientes opciones, el

dígito que corresponda de acuerdo con la mayor titulación

académica poseída:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Ingeniero Técnico, Diplomado

Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado

o equivalente.

3.2.8 Epígrafe 25: "Datos a consignar según las bases de la

convocatoria": En el recuadro A) los aspirantes deberán indicar

el código del Cuerpo o Escala desde el que participan, según los

códigos de Cuerpos o Escalas que figuran en el anexo VI de estas

bases.

3.2.9 Las solicitudes (ejemplar número 1, "Ejemplar para la

Administración" del modelo de solicitud) se dirigirán debidamente

cumplimentadas al Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín de Bethencourt, número 4,

de Madrid, código postal 28071.

3.3 De conformidad con lo establecido en el apartado seis,

en relación con el siete, del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30

de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden

Social, la tasa de derechos de examen será de 1.500 pesetas.

Del pago de esta tasa de derechos de examen estarán exentas

las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,

debiendo acompañar a su solicitud copia compulsada del

certificado acreditativo de tal condición, expedido por los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o, en su

caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la presente

convocatoria, estarán asimismo exentas del pago de la tasa de

derechos de examen. Será requisito para el disfrute de la exención

que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta

de empleo adecuada ni se hubiesen negado a participar, salvo

causa justificada, en acciones de promoción, formación o

reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas

superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo,

con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la

correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto

a la acreditación de las rentas se efectuará mediante declaración

jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se

deberán acompañar a la solicitud.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto a la presentación

de la solicitud, en cualquier Banco, Caja de Ahorros, o Cooperativa

de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora, en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica, o en su defecto sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en las bases 3.4

y 3.5.

3.4 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1) podrá

hacerse en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales, calle Agustín de Bethencourt, número 4, de Madrid,

código postal 28071, o en la forma establecida en el artículo 38 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el

extranjero deberán cursarse, en el plazo expresado en la base 3.5,

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas correspondientes que las remitirán seguidamente al

organismo competente. El interesado adjuntará a la solicitud el

comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen,

mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la

cuenta corriente número 1302/9002/26/0023647145, abierta en

la sucursal 9002, paseo de la Castellana, número 67, de Madrid,

código postal 28046, de la Caja Postal, a nombre de "Tesoro

Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta

restringida para la recaudación de tasas en el extranjero. Tasa

19.020". El ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde

cualquier entidad bancaria. A estos efectos, los importes

correspondientes a la tasa por derechos de examen son los que se

establecen en la base 3.3 de la presente convocatoria.

3.5 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.6 A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se

acompañará, grapada, una fotocopia del documento nacional de

identidad o pasaporte.

3.7 Los errores de hecho que de la solicitud pudieran

advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a

petición del interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes.

La contravención de alguna de estas normas determinará la

exclusión de los aspirantes que no las hubiesen observado.

3.9 Los aspirantes deberán presentar, unida a su solicitud,

certificación expedida, en el modelo que se adjunta como anexo V

de esta convocatoria, por los servicios de personal de los

Ministerios, Organismos o Entidades Gestoras y Servicio Común de

la Seguridad Social, donde presten o hayan prestado sus servicios

en la que, entre otros extremos, se contenga mención expresa

de los años de servicios prestados como funcionario de carrera,

en el Cuerpo o Escala del grupo C desde el que participan, a

efectos de poder participar por promoción interna.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el

Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dictará

Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada

la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución,

que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se

indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista

certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar,

fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

Dicha lista provisional de admitidos deberá ser expuesta, en

todo caso, en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en las Subdelegaciones del Gobierno,

Delegaciones de Gobierno en las Comunidades Autónomas y en la

Dirección General de la Función Pública.

4.2 Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de

un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al

de la publicación de la citada Resolución, para poder subsanar

el defecto que haya motivado su exclusión u omisión.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la

exclusión o aleguen la omisión serán definitivamente excluidos

de la participación en las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran

recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus

nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

Contra la exclusión definitiva del aspirante podrá interponerse

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,

con

tados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano

jurisdiccional competente. Previamente, con carácter potestativo,

podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes

ante el mismo órgano que dictó el acto.

4.3 No se procederá a la devolución de los derechos de

examen, en los supuestos de exclusión de los aspirantes de las pruebas

selectivas por causas imputables exclusivamente a los interesados,

derivadas de la declaración realizada en el modelo de solicitud.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

en el anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas

en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a

pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de

esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la Orden por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal

que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido tal condición.

5.4 El Tribunal se constituirá con la asistencia del Presidente

y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y la de la

mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en

su caso, de quienes les sustituyan, y la de, al menos, la mitad

de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 Con independencia del personal colaborador, el Tribunal

podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores

especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que

estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su

colaboración en sus especialidades técnicas.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos en sesión pública por

los opositores, sean corregidos sin que se conozca la identidad

de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados,

por Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985

("Boletín Oficial del Estado" del 22) o cualesquiera otros

equivalentes, aprobados por la Secretaría de Estado para la

Administración Pública. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores

en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan

conocer la identidad de los mismos.

5.9 El Tribunal adoptará las medidas precisas de forma que

los aspirantes con discapacidades gocen de similares condiciones

para la realización de los ejercicios que el resto de los

participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con

discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.2.6,

las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales.

Si en la realización de los ejercicios se suscitaran dudas al

Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante para el

desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los

funcionarios del Cuerpo, podrán recabar el correspondiente dictamen

de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente.

En este caso, hasta que se emita el dictamen, el aspirante podrá

participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en

suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión

del proceso hasta la recepción del dictamen.

5.10 A efectos de comunicación y demás incidencias el

Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación

y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos

Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt,

número 4, de Madrid, código postal 28071.

5.11 Conforme a lo establecido en el artículo 33.2 del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo, el Tribunal que actúe en estas

pruebas selectivas tendrá la categoría segunda.

5.12 Corresponderá al Tribunal la confección de los ejercicios

correspondientes a las pruebas selectivas y la publicación de las

listas de aspirantes que hayan aprobado los sucesivos ejercicios,

así como la lista definitiva de aprobados.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000. De acuerdo

con dicha Resolución, en el supuesto de que no exista ningún

aspirante cuyo primer apellido comience por la letra "B", el orden

de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido

comience por la letra "C".

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, quedando decaídos en su derecho quienes no

comparezcan a realizarlo, salvo en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

de las restantes pruebas se efectuará por el Tribunal en los locales

donde se haya celebrado la prueba anterior, así como en la sede

del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros

medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima

divulgación, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de

ésta, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas si

se trata de uno nuevo.

No obstante, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba

hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo

de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución de exclusión dictada por el Subsecretario

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo

de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación,

ante el órgano jurisdiccional competente. Previamente, con

carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, en el

plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó el acto.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, el Tribunal hará públicas, en los lugares señalados en la

base 6.4, las listas de aspirantes que han superado cada ejercicio,

por orden alfabético y con indicación del documento nacional de

identidad. Los opositores que no se hallen incluidos en tales listas

tendrán la consideración de no aptos.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal publicará en

el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportuno, las relaciones de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada y con indicación de su

documento nacional de identidad.

Asimismo, el Tribunal elevará al Subsecretario de Trabajo y

Asuntos Sociales, para su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado", la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase

de oposición, por orden de puntuación, en la que constarán las

calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total.

7.3 El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han

superado las pruebas selectivas, un número superior de aspirantes

al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el

día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas

definitivas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los

aspirantes seleccionados deberán presentar en la Subdirección General

señalada en la base 5.10 los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.4

o, en su defecto, certificación académica que acredite haber

realizado (en la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes) todos los estudios para su obtención.

Los aspirantes que posean una titulación académica superior

a la exigida para el ingreso en el grupo B, aportarán ésta.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite la homologación

que corresponda.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo III a esta

convocatoria.

c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena que impida en su Estado

el acceso a la función pública, según el modelo que figura como

anexo VII a esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios del

Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social,

especialidad de Auditoría y Contabilidad, y quedarán anuladas

sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que

hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios

9.1 Por Orden de la autoridad convocante se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas y en ella se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento, así como la fecha de inicio del curso selectivo, que

constituye la segunda fase del proceso.

Concluido el proceso selectivo para quienes lo hubiesen

superado, la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

ofertará los puestos de trabajo cuya cobertura se considere

conveniente en atención a las necesidades de los servicios.

En el caso de que algunos de los puestos de trabajo ofrecidos

supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio del

poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguarda de los intereses generales del Estado, quedan excluidos

de la posibilidad de ser elegidos por los aspirantes que no posean

la nacionalidad española, siendo la Administración la competente

para determinar cuáles serán esos puestos de trabajo.

La petición de destinos por parte de los opositores aprobados

deberá realizarse en un plazo de veinte días naturales, teniendo

en cuenta que podrán solicitar que se les adjudique destino en

el puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo o

mediante adscripción provisional en la fecha de finalización del

plazo de presentación de solicitudes de adjudicación de destinos,

de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 78 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

9.2 Posteriormente, a propuesta del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales, serán nombrados funcionarios de carrera

mediante Resolución del Secretario de Estado para la

Administración Pública que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

y en la que se indicará el destino adjudicado, debiendo tomar

posesión de sus destinos en el plazo de un mes a contar desde

la fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

la citada Resolución de nombramiento.

9.3 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el Ministerio de las

Administraciones Públicas, a través del Instituto Nacional de la

Administración Pública en colaboración con los Centros de Formación

competentes en cada caso velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 20 de noviembre de 2000.-P. D. [artículo 2.8.a) de

la Orden de 21 de mayo de 1996], el Subsecretario, Marino Díaz

Guerra.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo.

A) Oposición: Las pruebas de oposición consistirán en la

superación de los siguientes ejercicios, todos y cada uno de ellos

eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito, en

un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de 25

preguntas, propuesto por el Tribunal, sobre el temario de Derecho

Civil y Mercantil, Derecho Constitucional y Administrativo,

Derecho del Trabajo, Economía y Derecho Tributario y que figura en

el "Programa de temas del primer ejercicio" del anexo II a la

convocatoria.

Estarán exentos del temario de Derecho Constitucional y

Administrativo y Derecho del Trabajo los Cuerpos y Escalas que se

relacionan, así como los que perteneciendo a otro Cuerpo hubieran

ingresado en éste mediante convocatoria unitaria con aquél,

indicándose, en este caso, junto al código del Cuerpo, el año en que

realizaron el proceso selectivo.

Código Denominación

0207 C. Administrativo, a extinguir.

1132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-ley 23).

1135 C. General Administrativo de la Administración del

Estado.

1616 C. Administrativo de la Administración de la Seguridad

Social.

1633 E. Operadores de ordenador de informática de la

Administración de la Seguridad Social.

1640 E. Administrativa, a extinguir, de la Administración de

la Seguridad Social.

1641 E. Operadores de ordenador de informática, a extinguir,

de la Administración de la Seguridad Social

1703 Subgrupo administrativo del Grupo de Administración

General

6025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.

6026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.

6417 E. Única Cuerpo Administrativo (Orden de 4 de julio

de 1981, a extinguir)

Los aspirantes exentos de los temas mencionados, contestarán,

en un tiempo máximo de dos horas treinta minutos, a un

cuestionario de 20 preguntas referidas exclusivamente al resto del

temario del primer ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en

un tiempo máximo de cuatro horas, de casos prácticos de

contabilidad y matemática financiera, según temario que figura en

el "Programa de temas del segundo ejercicio" del anexo II a la

convocatoria.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito durante

un tiempo máximo de tres horas un conjunto de dos temas, uno

del programa de Temas de Administración Financiera a elegir entre

dos temas sacados al azar, y otro del programa de Temas de

Seguridad Social a elegir entre dos temas sacados al azar, según temario

que figura en el "Programa de temas del tercer ejercicio" del anexo

II a la convocatoria.

Los dos temas serán leídos por el opositor ante el Tribunal

en sesión pública.

B) Curso selectivo: Los aspirantes que superen la fase de

oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad

convocante, debiendo realizar el curso selectivo correspondiente

a la segunda fase del proceso de selección.

Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con

arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de

febrero, salvo que opten por las del Cuerpo de que proceden.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo

realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar

y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización

inicial, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación

obtenida.

Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho al

nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo

previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo.

El órgano responsable del seguimiento y valoración del curso

selectivo será la Subdirección General de Organización,

Planificación y Gestión de Recursos. El Subsecretario de Trabajo y

Asuntos Sociales dictará Resolución para regular su desarrollo,

estableciendo en la misma la fecha de inicio y lugar de realización.

El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses

a partir de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

la lista definitiva de aprobados, teniendo una duración de tres

meses.

El curso selectivo abarcará los aspectos básicos del Sistema

Financiero, Presupuesto, Control y Contabilidad de la Seguridad

Social, así como los de carácter complementario necesarios para

el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo de Gestión

de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de

Auditoría y Contabilidad.

2. Valoración

2.1 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: La calificación máxima será de 20 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder

al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder

al ejercicio siguiente.

Tercer ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos,

siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como

mínimo 15 puntos. No podrán ser aprobados los opositores que dejen

de contestar alguno de los temas del tercer ejercicio.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá en primer

lugar teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los

aspirantes en el tercer ejercicio. Si persistiera el empate a puntos,

éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en

el segundo ejercicio.

2.2 Valoración del curso selectivo: En el curso selectivo se

impartirán un conjunto de materias relacionadas con las funciones

y procedimientos de la Intervención de la Seguridad Social.

Cada una de las materias establecidas se calificará de cero

a diez puntos, siendo preciso alcanzar una puntuación no inferior

a cinco puntos en cada materia para superar el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad que haya efectuado la

convocatoria, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo.

El curso selectivo se calificará de cero a cuarenta puntos por

el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un

mínimo de veinte puntos y no haber obtenido en ninguna materia

una puntuación inferior a cinco sobre diez. Los aspirantes que

no superen alguna de las materias realizarán, en el plazo máximo

de un mes, una prueba complementaria para cada una de ellas,

las cuales en ningún caso se calificarán en más de cinco puntos.

De no superar el curso selectivo, perderán todos sus derechos

al nombramiento como funcionarios de carrera.

Las calificaciones obtenidas por cada uno de los participantes

en cada una de las materias impartidas se harán públicas en los

lugares de realización del curso selectivo una vez finalizado el

mismo.

Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados

por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

en base a los informes emitidos por los responsables de las

unidades en las que se realice el citado curso.

Finalizado el proceso selectivo serán ofertados a los funcionarios

en prácticas los puestos de trabajo vacantes, cuya cobertura se

considere conveniente en atención de las necesidades del servicio.

2.3 Valoración final de las pruebas: La calificación final de

las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en cada una de las fases de que constan estas pruebas.

En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar

teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los

aspirantes en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera

el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor

puntuación en el tercer ejercicio. Finalmente se dirimirá el nuevo

empate teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas en el segundo

ejercicio y curso selectivo, sucesivamente.

ANEXO II

Programa de temas del primer ejercicio

DERECHO CIVIL Y MERCANTIL. DERECHO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO.

DERECHO DEL TRABAJO. ECONOMÍA. DERECHO TRIBUTARIO

Derecho Civil

Tema 1: El concepto de Derecho. Las fuentes en el

ordenamiento español: Enumeración y jerarquía normativa. La Ley. La

costumbre. Los principios generales del Derecho. Otras fuentes

del Derecho.

Tema 2: Concepto y clases de personas. Persona física:

Nacimiento y extinción de la personalidad jurídica. Capacidad jurídica

y capacidad de obrar. Personas jurídicas: Clases y régimen jurídico.

Tema 3: Los derechos reales: Concepto y clases. Diferencias

entre los derechos reales y los derechos de crédito. Modos de

adquirir los derechos reales. La propiedad: Régimen jurídico.

Tema 4: La posesión. El usufructo. Las servidumbres.

Tema 5: Los derechos reales de garantía: Concepto y

clasificación. Hipoteca. Prenda. Hipoteca mobiliaria y prenda sin

desplazamiento.

Tema 6: La obligación: Concepto y clases. Fuentes de las

obligaciones. Prueba de las obligaciones. Extinción de las

obligaciones. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas: La

prescripción extintiva.

Tema 7: El contrato: Concepto y clases. Elementos de los

contratos. Generación, perfección y consumación de los contratos.

Ineficacia de los contratos. Interpretación de los contratos. El

contrato de donación.

Tema 8: El contrato de compraventa: Concepto y elementos.

Obligaciones del comprador y del vendedor. El contrato de

arrendamiento de cosas, el de obra y el de servicios. Arrendamientos

urbanos.

Tema 9: Derecho de familia. El matrimonio: Clases de

matrimonio. Régimen económico-matrimonial. Las capitulaciones

matrimoniales. La filiación: Concepto y clases. La adopción y el

acogimiento de menores. La patria potestad. La emancipación.

Tutela, curatela y guarda de menores o incapacitados.

Tema 10: La sucesión "mortis causa": Concepto y clases. La

herencia: Concepto. Aceptación. Heredero y legatario. La sucesión

testamentaria. El régimen de las legítimas. La sucesión intestada.

Derecho Mercantil

Tema 11: Derecho Mercantil. Actos de comercio. La empresa

mercantil: Naturaleza jurídica. Elementos que la forman. El

empresario individual: Capacidad y prohibiciones. Prueba, adquisición

y pérdida de la cualidad de empresario. Ejercicio del comercio

por persona casada. El empresario extranjero.

Tema 12: Las sociedades mercantiles: Concepto y clasificación.

Requisitos de constitución de las sociedades mercantiles. La

sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades. Las sociedades

colectivas y comanditarias. La sociedad de responsabilidad

limitada: Principales notas de su régimen jurídico.

Tema 13: La sociedad anónima: Concepto y caracteres.

Fundación. Escritura social y estatutos. El capital social. Acciones

y obligaciones. Órganos de la sociedad anónima.

Tema 14: Las modificaciones estatutarias. La disolución de

las sociedades mercantiles. Liquidación y división del haber social.

Transformación, fusión y escisión de las sociedades mercantiles.

Tema 15: Los títulos valores. Concepto y clasificación. Los

títulos nominativos, a la orden y al portador. Circulación de los

títulos valores. El cheque. La letra de cambio: Concepto y

requisitos formales. El endoso. La aceptación. El pago de la letra. Las

excepciones cambiarias.

Tema 16: Las obligaciones mercantiles: Características

generales. Los contratos mercantiles: Concepto y clases. Perfección,

forma y prueba de los contratos mercantiles. El contrato de

compraventa mercantil. El "Leasing". El "Factoring".

Tema 17: La suspensión de pagos: Concepto y requisitos.

Efectos de la declaración de suspensión de pagos. La solución de

la suspensión de pagos: El convenio. La quiebra: Concepto,

requisitos y clases. Efectos de la declaración de la quiebra. Órganos

de la quiebra. Solución de la quiebra.

Derecho Constitucional

Tema 18: La Constitución Española de 1978: Derechos

fundamentales y libertades públicas. La Corona. Las Cortes

Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Defensor del Pueblo. El

Tribunal Constitucional.

Tema 19: La organización territorial del Estado en la

Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estructura y

competencias. Los Estatutos de Autonomía: Caracteres y contenido.

Derecho Administrativo

Tema 20: Las fuentes del Derecho Administrativo. La

Constitución. Leyes Orgánicas. Leyes ordinarias. Disposiciones del

Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos

Legislativos. El Reglamento: Concepto, caracteres y clases. Límites de

los Reglamentos. Reglamentos ilegales. Circulares e Instrucciones

de servicios.

Tema 21: Concepto de Administración Pública. Tipos de entes

públicos. Formas de gestión de los servicios públicos: Gestión

directa y gestión indirecta.

Tema 22: Las potestades administrativas: Concepto y clases.

El principio de legalidad administrativa. Control de la

discrecionalidad. El acto administrativo: Concepto, caracteres y elementos.

La motivación. Comunicación, notificación y publicación de los

actos administrativos.

Tema 23: El silencio administrativo. Eficacia del acto

administrativo. Ejecutividad y ejecutoriedad. Validez e invalidez del

acto administrativo. Revocación y anulación de oficio de los actos

administrativos.

Tema 24: El procedimiento administrativo: Iniciación,

ordenación, instrucción y terminación.

Tema 25: Los recursos administrativos: Principios generales.

Tramitación de los recursos. El recurso ordinario. El recurso de

revisión. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones

civiles y laborales.

Tema 26: La responsabilidad patrimonial de la Administración

Pública: Régimen vigente. Requisitos para que proceda la

indemnización. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio

de las Administraciones Públicas. Procedimiento de

responsabilidad patrimonial.

Tema 27: Los contratos administrativos: Naturaleza jurídica,

clases y régimen jurídico. Requisitos para contratar con la

Administración. Las garantías. Modificación y extinción de los contratos

administrativos. Procedimientos y formas de adjudicación de los

contratos administrativos.

Tema 28: Los tipos de contratos administrativos: Contrato de

obras. Contrato de suministros. Contrato de gestión de servicios

públicos. Contratos de consultoría y asistencia, servicios y trabajos

específicos y concretos no habituales.

Tema 29: La jurisdicción contencioso-administrativa:

Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción

contencioso-administrativa. Las partes en el proceso

contencioso-administrativo: Capacidad, legitimación y defensa. Trámites previos a la

interposición del recurso contencioso-administrativo. El proceso

contencioso-administrativo. Recursos contra sentencias.

Tema 30: Los funcionarios públicos: Concepto y clases.

Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen

disciplinario de los funcionarios públicos.

Derecho del Trabajo

Tema 31: El Derecho del Trabajo. Concepto, fines y contenido.

Las fuentes del Derecho del Trabajo: Ley, reglamento, costumbre

laboral, convenios colectivos y otras fuentes. Derechos y deberes

del trabajador.

Tema 32: Los convenios colectivos de trabajo: Concepto y

clases. Unidades de negociación. Legitimación. Contenido. El

principio de jerarquía normativa. Conflicto entre normas laborales

estatales o pactadas. La norma más favorable.

Tema 33: Los conflictos colectivos de trabajo. La huelga y el

cierre patronal: Su régimen jurídico. Medios de solución de

conflictos.

Tema 34: El contrato de trabajo: Concepto y naturaleza

jurídica. Modalidades de contratación vigentes. Derechos y deberes

derivados del contrato. Las empresas de trabajo temporal y la

subcontratación.

Tema 35: El salario: Concepto y clases. La composición del

salario. Inembargabilidad. Fondo de Garantía Salarial. La jornada

de trabajo. Horas extraordinarias. Descanso. Vacaciones.

Tema 36: La suspensión del contrato de trabajo: Causas. Las

subrogaciones empresariales. El derecho disciplinario laboral.

Extinción del contrato de trabajo: Causas. Prescripción y

caducidad de las acciones derivadas del contrato de trabajo.

Economía

Tema 37: Estructura del Sector Público. Composición del sector

público. Fines del sector público.

Tema 38: Sectores básicos de la economía: Sector primario,

sector secundario, sector servicios. Sector exterior.

Tema 39: La renta nacional: Concepto y métodos de

estimación. La contabilidad nacional. Naturaleza y fines.

Tema 40: El sistema financiero. El Banco Central. Los Bancos

comerciales. Otros intermediarios financieros.

Tema 41: El análisis financiero: La estructura de las fuentes

de financiación. El equilibrio financiero. El control financiero.

Derecho Tributario

Tema 42: El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes

del Derecho Tributario. Principios del ordenamiento tributario

español. Ámbito de aplicación de las normas tributarias.

Tema 43: Los tributos: Concepto y clases. El hecho imponible

y el devengo. Exenciones objetivas. Los sujetos pasivos.

Exenciones subjetivas. Los responsables tributarios. La representación

de los sujetos pasivos. El domicilio fiscal.

Tema 44: La base imponible. La base liquidable. El tipo de

gravamen. Cuota y deuda tributaria. Modos de extinción de la

obligación tributaria: Especial referencia al pago y la prescripción.

Tema 45: El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

Concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible.

Imputación de rendimientos. El sujeto pasivo. Período de

imposición y devengo del impuesto. Deuda tributaria. Bonificaciones

y deducciones.

Tema 46: El Impuesto de Sociedades: Concepto y naturaleza.

Sujeto pasivo. Exenciones. Período impositivo y devengo del

impuesto. La base imponible. Ingresos computables y gastos

deducibles. Deuda tributaria. Bonificaciones y deducciones.

Tema 47: El Impuesto sobre el Valor Añadido: Concepto y

naturaleza. Hecho imponible. Exenciones. Lugar de realización

del hecho imponible. Devengo. Base imponible. Tipos impositivos.

Deducciones y devoluciones. Sujetos pasivos. Regímenes

especiales.

Tema 48: El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y

Actos Jurídicos Documentados: Concepto y naturaleza. Ámbito

de aplicación territorial. Disposiciones comunes. Hecho

imponible. Sujetos pasivos responsables. Base y deuda tributaria.

Operaciones societarias.

Tema 49: La Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Financiación de las Haciendas Locales. El sistema tributario local. El

Impuesto sobre Actividades Económicas. El Impuesto sobre Bienes

Inmuebles.

Tema 50: La revisión de los actos en vía administrativa: El

recurso de reposición. Las reclamaciones

económico-administrativas. Suspensión de los actos impugnados. Procedimientos

especiales.

Programa de temas del segundo ejercicio

CONTABILIDAD Y MATEMÁTICA FINANCIERA

Contabilidad

Contabilidad financiera superior y de sociedades.

Auditoría de estados financieros.

Matemática Financiera

Capitalización simple y compuesta.

Rentas, préstamos y empréstitos.

Operaciones con valores mobiliarios.

Programa de temas del tercer ejercicio

ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y SEGURIDAD SOCIAL

Administración Financiera

Tema 1: El Derecho Presupuestario. Concepto y contenido.

El texto refundido de la Ley General Presupuestaria: Estructura

y principios generales. Los Presupuestos Generales del Estado:

Concepto, contenido y estructura. Procedimiento de elaboración

y aprobación. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones.

Ámbito temporal del presupuesto y su prórroga.

Tema 2: El gasto público: Su regulación en la Constitución

española. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto

público. Las fases de ordenación de gastos y pagos. Competencia,

principios y procedimientos legalmente establecidos para la

ejecución del gasto público. El Tesoro público: Concepto y funciones.

Tema 3: El Presupuesto de la Seguridad Social (I): Normativa

jurídica. Definición y contenido. Estructura presupuestaria:

Clasificaciones del presupuesto de gastos y dotaciones y del

presupuesto de recursos y aplicaciones. Elaboración, tramitación y

aprobación.

Tema 4: El Presupuesto de la Seguridad Social (II): Los créditos

presupuestarios en el Presupuesto de la Seguridad Social.

Modificaciones en los Presupuestos de Entidades Gestoras y Tesorería

General. Los Presupuestos de las Mutuas de Accidentes de Trabajo

y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y sus

peculiaridades. Modificaciones de los créditos de los presupuestos de

las Mutuas.

Tema 5: La información contable en la Seguridad Social.

Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades

Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Principios

contables. Ideas generales sobre el cuadro de cuentas y

definiciones y relaciones contables. Cuentas anuales. Normas de

valoración.

Tema 6: Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública

a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades

Profesionales de la Seguridad Social. Principios contables. Ideas

generales sobre el cuadro de cuentas y definiciones y relaciones

contables. Cuentas anuales. Normas de valoración.

Tema 7: El Sistema Integrado de Contabilidad de la Seguridad

Social: Modelo de contabilidad. Contabilidad y seguimiento del

presupuesto de gastos e ingresos y de las operaciones no

presupuestarias: criterios de imputación y documentos contables.

Cuentas anuales: estructura y contenido. La cuenta general de

la Seguridad Social: Estructura y contenido.

Tema 8: El control de actividad económico-financiera del sector

público: Concepto, fundamento y finalidad. Clases de control. El

control interno de la Administración del Estado en España. La

Intervención General de la Administración del Estado:

Organización y funciones.

Tema 9: El control interno de la Seguridad Social (I): Normativa

reguladora. Ámbito de aplicación. Formas de ejercicio. Principios

de ejercicio. Deberes y facultades del personal controlador. La

Intervención General de la Seguridad Social: Estructura y

funciones. Delegación y avocación.

Tema 10: El control interno de la Seguridad Social (II): La

función interventora: Concepto y ámbito de aplicación. Los

principios de ejercicio. Órganos competentes. Ejercicio de la función

interventora: Fases y contenido de la misma. Procedimiento para

el ejercicio de la función interventora sobre derechos e ingresos

y sobre gastos y pagos. El reparo. La discrepancia. Omisión del

trámite de fiscalización.

Tema 11: El control interno de la Seguridad Social (III): El

régimen especial de fiscalización limitada previa: Régimen jurídico.

Características, ámbito de aplicación y extremos a comprobar

según Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de septiembre

de 1998. El control financiero posterior.

Tema 12: El control interno de la Seguridad Social (IV): El

control financiero como sistema de control interno. Marco legal.

Regímenes de control financiero. El plan de actuaciones. El control

financiero ordinario: Ámbito de aplicación, objeto, competencias

y formas de ejercicio. El control financiero de carácter permanente

en el ámbito de la Seguridad Social. El control financiero de

Subvenciones y Ayudas Públicas.

Tema 13: El control interno de la Seguridad Social (V): La

auditoría como instrumento al servicio del control financiero.

Concepto y clases de auditoría por razón del objeto del control

financiero. Las normas de auditoría en el sector público: Principios

generales. Normas relativas al sujeto auditor. Normas técnicas

de actuación en la ejecución del trabajo de auditoría. Informes:

Contenido y tramitación.

Tema 14: El control externo de la actividad

económico-financiera del sector público en España. El Tribunal de Cuentas:

Antecedentes históricos. Organización actual: Competencias y

funciones. Especial mención a sus funciones respecto de las cuentas

de la Seguridad Social. El control político de la actividad

económico-financiera ejercido por las Cortes. La Cuenta General del

Estado y su aprobación.

Tema 15: Régimen económico-financiero de la Seguridad

Social (I): Recursos y sistemas financieros. Fuentes de financiación

de la Seguridad Social. Aportaciones finalistas del Estado para

determinadas situaciones, prestaciones y contingencias. Especial

consideración de la financiación de la contingencia de accidentes

de trabajo. Régimen patrimonial de la Seguridad Social.

Inversiones de la Seguridad Social.

Tema 16: El régimen económico-financiero de la Seguridad

Social (II): La gestión de los recursos financieros del sistema:

Normativa aplicable. Procedimiento general de pagos. Procedimientos

especiales de pago. Anticipos de tesorería y fondos de maniobra.

Seguridad Social

Tema 17: El sistema español de Seguridad Social: Estructura.

Principios que lo informan. Texto refundido de la Ley General

de Seguridad Social de 1974. El Real Decreto-ley 36/1978, de 16

de noviembre. Nuevo texto refundido de 1994: Estructura y

contenido. La Seguridad Social en la Constitución Española. La Ley

24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del

Sistema de la Seguridad Social.

Tema 18: Gestión de la Seguridad Social: Entidades Gestoras.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social. El Instituto de

Migraciones y Servicios Sociales. El Instituto Nacional de la Salud. El

Instituto Social de la Marina. Naturaleza, organización y funciones.

Tema 19: Servicios Comunes de la Seguridad Social: Carácter

jurídico. La Tesorería General de la Seguridad Social. La Gerencia

de Informática. La colaboración en la gestión de la Seguridad

Social: Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades

Profesionales de la Seguridad Social y las empresas colaboradoras.

Tema 20: Campo de aplicación y estructura del sistema de

la Seguridad: Régimen general y regímenes especiales.

Modalidades de sistemas especiales del Régimen General.

Tema 21: La relación jurídica de protección. Constitución de

la relación jurídica de Seguridad Social: Inscripción de empresas.

Afiliación de trabajadores. Altas y bajas de trabajadores.

Situaciones asimiladas al alta, alta especial y de pleno derecho.

Tema 22: La financiación de la Seguridad Social. Cotización

a la Seguridad Social: Sujetos obligados y responsables de la

cotización. Bases, tipos y cuotas. La recaudación: El procedimiento

recaudatorio.

Tema 23: Acción protectora: Contingencias y situaciones

protegidas. Concepto y clases de prestaciones. Accidente de trabajo

y enfermedad profesional. Caracteres de las prestaciones.

Incompatibilidades, prescripción y caducidad de las prestaciones.

Reintegro de las prestaciones indebidas. Responsabilidad en orden

a las prestaciones. Revalorización de las pensiones del Sistema

de la Seguridad Social.

Tema 24: La incapacidad temporal: Concepto, beneficiarios,

contingencias protegidas, duración, cuantía y pago de la

prestación. La protección por maternidad y adopción. La invalidez

permanente contributiva: Su régimen jurídico. Lesiones

permanentes no invalidantes. La invalidez en su modalidad no

contributiva.

Tema 25: La protección por jubilación en su modalidad

contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía e incompatibilidades.

La jubilación en su modalidad no contributiva.: Beneficiarios,

cuantía y obligaciones de los beneficiarios. Fórmulas de jubilación

anticipada y de prejubilación.

Tema 26: La protección por muerte y supervivencia:

Prestaciones, causantes y beneficiarios. Contenido y cuantía de cada

prestación.

Tema 27: La Asistencia Social y Servicios Sociales: Formas

de acción protectora de la tercera edad. La protección de la

minusvalía. Las prestaciones familiares por hijo a cargo en su modalidad

contributiva y no contributiva.

Tema 28: La protección por desempleo. Concepto y clases.

Niveles de protección por desempleo: Nivel contributivo y nivel

asistencial.

Tema 29: El derecho a la salud en la Constitución Española.

Transferencias de la Seguridad Social a las Comunidades

Autónomas en materia de asistencia sanitaria. Asistencia sanitaria:

Prestaciones médicas y farmacéuticas. Asistencia sanitaria para

personas sin recursos.

Tema 30: Régimen jurídico de los funcionarios de la Seguridad

Social. Incidencia de la Ley de Medidas para la Reforma de la

Función Pública. El Real Decreto 2664/1986, de Homologación

del Régimen de Personal de la Seguridad Social con la

Administración Civil del Estado. Régimen jurídico del personal de

Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

Tema 31: La Seguridad Social en el ámbito internacional. La

Seguridad Social en la Europa Comunitaria. Principios

inspiradores. El Reglamento 1408/71: Ámbito de aplicación personal.

Campo de aplicación material.

ANEXO III

Don ...........................................................,

con domicilio en ..................................................

y documento nacional de identidad número .......................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo de Gestión de la Administración de la

Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, que no

ha sido separado del servicio en ninguna de las Administraciones

Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

En .......................... a ...... de ................ de 200 ...

ANEXO IV

Tribunal

Titulares:

Presidente: Doña María Jesús Sáez López, del Cuerpo Superior

de Intervención y Contabilidad de la Administración de la

Seguridad Social.

Vocales: Don José Luis Alfonso López, Profesor titular de

Contabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid ; doña María

Victoria Martínez Catalán, del Cuerpo Superior de Intervención y

Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social, y don Manuel

Trufero Rodríguez, del Cuerpo Superior de Intervención y

Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.

Secretario: Don Agustín Vozmediano Fresno, del Cuerpo de

Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad

de Auditoría y Contabilidad.

Suplentes:

Presidente: Don Félix Augusto Balboa de Paz, del Cuerpo

Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la

Seguridad Social.

Vocales: Don Fernando Giménez Barriocanal, Profesor titular

de Contabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid ; doña María

del Mar Cueva Quesada, del Cuerpo Superior de Intervención y

Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social, y doña

Eva María Barranco Boada, del Cuerpo Superior de Intervención

y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.

Secretario: Don Javier Oyaga Durán, del Cuerpo de Gestión

de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de

Auditoría y Contabilidad.

ANEXO V: (Ver imagen página 42522)

ANEXO VI

Código Cuerpo/Escala

122 Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir.

207 C. Administrativo, a extinguir.

314 C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.

319 C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.

320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.

414 C. Traductores del Ejército del Aire.

415 C. Delineantes del Ejército del Aire.

416 C. Maestros de Arsenales de la Armada.

417 C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.

626 C. Contadores del Estado, a extinguir.

627 C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.

628 C. Delineantes.

629 C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional.

630 Estadísticos Técnicos a extinguir.

918 C. Capellanes de Instituciones Penitenciarias.

919 C. Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escala

Masculina.

920 C. Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escala

Femenina.

1.018 C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a extinguir.

1.020 Delineantes, a extinguir (Ley 33/1974).

1.021 C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.

1.128 E. Administrativa OO.AA. Suprimidos, a extinguir.

1.129 Personal de la Casa de Su Majestad el Rey, Grupo C.

1.130 C. Técnicos Interpret. Lengua Proc. Zona N. Marruecos.

1.132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-ley 23).

1.133 C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1.134 C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.

1.135 C. General Administrativo de la Administración del

Estado.

1.136 C. Delineantes.

1.188 C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del

Estado.

1.230 Ag. Insp. Proced. Serv. Insp. Disp. Mercado Exterior.

1.427 C. Administrativos Calculadores.

1.428 C. Intérpretes Informadores.

1.429 C. Observadores de Meteorología.

1.430 C. Técnicos Especialistas Telecomunicaciones

Aeronáuticas.

1.432 C. Técnicos Especialistas Aeronáuticas.

1.433 C. Técnicos Especializados.

1.516 C. Capellanes de la Beneficencia General.

1.616 C. Administrativo de Administración de la Seguridad

Social.

1.633 E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S.

Social.

1.640 E. Administrativa, a exting. de la Administración de la

S. Social.

1.641 E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admón.

de la S. Social.

1.642 E. Delineantes Administración de la S. Social, a

extinguir.

1.654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir I.S.M.

1.703 Subgrupo Admtvo. del Grupo de Administración General.

5.023 E. Secret. Cofradías 2.a Categoría, a extinguir.

5.027 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.

5.028 Contables, a extinguir del SENPA.

5.029 E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.

5.032 Trad. Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.

5.033 E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de

Oceanografía.

5.034 E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.

5.036 E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.

5.037 E. Agentes Economía Doméstica del Ser. de Extensión

Agraria.

5.038 E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión

Agraria.

5.039 E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias

del IRA.

5.040 E. Analista de Laboratorio del IRA.

5.041 Auxiliar de Campo del ICONA.

5.043 E. Operador de Restitución del IRYDA.

5.044 E. Auxiliar Técnico del IRYDA.

Código Cuerpo/Escala

5.045 E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas, Plantas

Vivero.

5.046 E. Periodista Inst. Estudios Agrarios, Pesqueros y

Alimentarios.

5.047 E. Técnica Comisaría Gral. de Abastec. y Transportes

del SENPA.

5.053 Maquinista del SENPA.

5.213 E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.

5.214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.

5.317 E. Delineantes de Organismos Autónomos del M. Defensa.

5.319 E. Especialistas Aviación I.N.T.A. Esteban Terradas.

5.320 E. Delineantes Proyect. I.N.T.A. Esteban Terradas.

5.321 E. Analistas y Operadores Laborat. I.N.T.A. Esteban

Terradas.

5.322 Personal de Taller del I.N.T.A. Esteban Terradas.

5.430 E. Expertos de Servicios Generales de Enseñanzas

Integradas.

5.431 E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org.

Auton. MEC.

5.432 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.

5.433 C. Ayudantes de Investigación del CSIC.

5.435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P.P.F.P., a extinguir.

5.527 E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5.528 E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5.530 E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5.616 E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y

Energía.

5.617 E. Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT.

5.619 E. Administrativos, a extinguir, del INI.

5.620 E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir, del INI.

5.621 E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir, del INI.

5.820 E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de

Menores.

5.821 Directores Instituc. Obra Protección de Menores.

5.822 Educadores Instituc. Obra Protección de Menores.

5.933 Pat. Cab. y Fogon. Hab. (M. Naval.) N. Sent.

5.934 E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf.

del MOPU.

5.935 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.

5.936 E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.

5.940 E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales

del Taibilla.

5.941 E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5.943 E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica

Guadalquivir.

5.944 E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5.945 E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.

5.946 C. Traductores Taquígrafos, grupos 1, 2 y 3, del CEDEX.

5.947 E. Programadores del CEDEX.

5.948 E. Programadores Técnicos del INCE.

6.025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.

6.026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.

6.115 E. Delineantes de AISNA.

6.116 Terapeutas Ocupacionales de AISNA.

6.322 Técnicos-Admtvos., a extinguir, del INAS.

6.323 E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.

6.417 E. Única Cuerpo Admtvo. O.M. de 4 de julio de 1981,

a extinguir.

6.466 E. Oficiales Administrativos del ICO.

ANEXO VII

Don/doña .....................................................,

con domicilio en ..................................................,

de nacionalidad ..................................................,

con número de pasaporte .........................................

Declara bajo promesa o juramento, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo de Gestión de la Administración de la

Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, en España,

que no está sometido/a a sanción disciplinaria o condena que

impida en mi Estado, el acceso a la función pública.

En: (País y localidad) ............. a ... de ............. de 200 ...

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