Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-22078

Orden de 23 de octubre de 2000 por la que se ejercita el derecho de tanteo, para ser depositadas en el museo Burgos, y asignadas al Museo Nacional de Artes Decorativas de "Dos Orzas de Farmacia de la Orden de Santo Domingo de Silos".

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 6 de diciembre de 2000, páginas 42732 a 42732 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-22078

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, previo informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la reunión del Pleno celebrada el día 3 de octubre de 2000, y en aplicación de los artículos treinta y ocho de la Ley 16/1985, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» del día 29), del Patrimonio Histórico Español, y cuarenta y uno del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero («Boletín Oficial del Estado» del día 28) de desarrollo parcial de dicha Ley,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Ejercer el derecho de tanteo para el Estado, sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por la sala «Alcalá, Subastas de Arte», en Madrid, el día 5 de octubre de 2000, que figuran con los números y referencia siguientes:

Lote número 190: «Orza de farmacia de la Orden de Santo Domingo de Silos», en cerámica de Talavera, época Felipe V, segundo cuarto del S. XVIII. Medidas: 21 cm. de altura. Para una vista parcial de esta Farmacia con las orzas «in situ», ver Ars Hispaniae, tomo X, p. 277. XVII.

Lote número 191: «Orza de farmacia de la Orden de Santo Domingo de Silos», en cerámica de Talavera, época Felipe V, segundo cuarto del S. XVIII. Escudo de la orden dominicana bajo la corona real y capelo. Medidas: 13 cm. de altura.

Segundo.

Que se abone a la sala subastadora el precio total de remate de quinientas noventa mil (590.000) pesetas, más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.

Tercero.

Que dichas obras queden asignadas al Museo Nacional de Artes Decorativas, de titularidad estatal, y depositadas en el Museo de Burgos, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia, una vez consumada la venta.

Lo digo a V.E. y a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de octubre de 2000.

DEL CASTILLO VERA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid