La entidad "Banco del Comercio, Sociedad Anónima", ha causado baja, a petición propia, en el Registro de Bancos y Banqueros, con fecha 18 de septiembre de 2000 como Titular de Cuenta de Valores y Entidad Gestora de capacidad plena del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones. Como consecuencia de ello, se incumplen los requisitos exigidos en los artículos 2.o 2 y 5.o 2, de la Orden de 19 de mayo de 1987, para ostentar la condición de Titular de Cuenta de Valores y Entidad Gestora de capacidad plena del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.
Por todo lo cual y conforme a lo establecido en el artículo 12,10 b) del Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, en materia de adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, modificado por el Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, y a la vista del informe del Banco de España, propongo la retirada de la condición de Titular de Cuenta de Valores y de Entidad Gestora de capacidad plena del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, a "Banco del Comercio, Sociedad Anónima". Contra la presente Resolución cabe formular recurso ordinario en el
plazo de un mes, que deberá presentarse ante esta misma Dirección General o ante el Secretario de Estado de Economía.
Madrid, 28 de noviembre de 2000.-La Directora general, Gloria Hernández García.
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