Visto el expediente de indulto de don Miguel Armora Martín, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid, en sentencia de fecha 2 de abril de 1997, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de 200.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir durante un año, un delito de resistencia, a la pena de un mes y un día de arresto mayor y multa de 100.000 pesetas, y de una falta de lesiones, a la pena de un día de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Miguel Armora Martín las penas privativas de libertad y de privación del permiso de conducir pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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