En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,
de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2000 y con
el fin de atender las necesidades de personal del Ministerio de
Hacienda, en uso de las competencias que le están atribuidas
en el artículo 1 a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto
("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública,
Este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para
ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de
la Hacienda Pública, código 0618, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas por
el sistema general de acceso libre.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio,
la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la Función
Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la
Unión Europea, modificada por la Ley 55/1999 de 29 de diciembre
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 117/2000,
de 28 de enero, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso
selectivo.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a
partir del 1 de marzo de 2001. La duración máxima de esta fase
será de seis meses, contados a partir de la realización del primer
ejercicio de la presente convocatoria.
1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición, serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante. Estos funcionarios en
prácticas deberán superar el curso selectivo al que se refiere la
base 1.3, el cual comenzará en el plazo máximo de tres meses
a partir de la terminación del fijado en la base 8.1 de la presente
convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo
con el procedimiento de calificación previsto en el anexo I de esta
convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, mediante resolución
motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano
responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria o por
causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por
la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente
posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados superior al número establecido, será nula
de pleno derecho.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español, o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República
de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendiente
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales
de países miembros de la Unión Europa, de Noruega o de Islandia,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este
último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de
nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados
Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados
por España.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Ingeniero Técnico Forestal. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función
Pública
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
2.3 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de
funcionarios de organismos internacionales, habrán de ajustarse a los
requisitos y condiciones que para su acceso en los Cuerpos y
Escalas de la Administración del Estado, establece el Real
Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios
de nacionalidad española de organismos internacionales a los
Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la
Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,
en la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio
de Hacienda, y en las representaciones diplomáticas o consulares
de España en el extranjero.
Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del
documento nacional de identidad.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención de visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Las instrucciones para cumplimentar el impreso son las que
se detallan a continuación:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
Ministerio de Hacienda.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor consigne el
código 15001.
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,
consigne el código 15020.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria señale 00.
15. Cuerpo, Escala, Grupo profesional o categoría. Consigne
el texto del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al servicio
de la Hacienda Pública y el código 0618.
17. Forma de acceso: Consigne la letra "L".
18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante. Consigne el
Ministerio de Hacienda.
19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la convocatoria.
21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado de minusvalía
según el dictamen del órgano competente.
25. Consigne en el apartado A) la titulación poseída y en
el apartado B) el idioma elegido para el cuarto ejercicio, de carácter
voluntario.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General del Ministerio de Hacienda, calle Alcalá números 5 a 11, de
Madrid o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo
("Boletín Oficial del Estado" del 22), en el plazo de veinte días
naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al
Subsecretario de Hacienda.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 La tasa por derechos de examen será de 3.000 pesetas
(18,03 euros) y se ingresará en efectivo en cualquier banco, caja
de ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan como
entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero
ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número
0104-0808-28-0302345038 del Banco Exterior.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33
por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
publicación de la presente convocatoria. Será requisito para el
disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan
de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante
de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará
en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo
o en los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante
una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos
documentos se deberán acompañar a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las entidades
mencionadas supondrá sustitución de trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Subsecretario de Hacienda dictará Resolución en el plazo máximo
de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y
excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín
Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren
expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes
admitidos y excluidos y se determinará el lugar o lugares y la
fecha de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán
ser expuestas en todo caso en los Servicios centrales del Ministerio
de Hacienda, en los de la Dirección General del Catastro, en las
Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en
las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias, así como en
la Dirección General de la Función Pública y en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas. En las listas deberán constar en todo caso los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad o documento
que acredite la nacionalidad, así como, en su caso, la causa de
exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo
órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente de acuerdo
con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto
de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los
documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución
de los derechos de examen.
En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la
tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos
indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de
septiembre, corresponderá al Departamento ministerial
convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo
la posterior tramitación para su abono. A estos efectos se aplicará
el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del
Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998 ("Boletín
Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de
devolución podrá realizarse bien de oficio por la Administración o a
instancia del interesado mediante solicitud dirigida al
Departamento ministerial convocante.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Subsecretario de Hacienda, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiese
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal
que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la
celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos y
actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente y
Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad
al menos de sus miembros. Celebrará su sesión de constitución,
previa convocatoria del Presidente, en el plazo máximo de treinta
días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de
la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de
Hacienda, a propuesta del Tribunal, a través de la Subdirección General
de Recursos Humanos.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los Órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y de Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas
competentes.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda (paseo de la Castellana, 162,
planta 16, 28071 Madrid).
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
A efectos de información se dispone de los teléfonos
91 349 39 67 y 91 349 35 90.
5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá
interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el
plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuaciones de los opositores se iniciará
alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la
letra "B" de conformidad con lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de
febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo), por
la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 16 de
febrero de 2000.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "B", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "C", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con al menos, veinticuatro horas, de antelación a la
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo
ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclu
sión al Subsecretario de Hacienda, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos
procedentes.
Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante
podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su
notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano
Judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7. Lista de aprobados
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en
el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos
otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes
aprobados, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de
su documento nacional de identidad o documento que acredite
la nacionalidad.
El Presidente del Tribunal, a través de la Subdirección General
de Recursos Humanos, enviará copia certificada de la lista de
aprobados al Subsecretario de Hacienda, especificando,
igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios. Dicha
lista se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde aquel
en que se haga pública la lista definitiva de aprobados en el "Boletín
Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar
en la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio
de Hacienda, paseo de la Castellana, 162, planta 16, de Madrid
los siguientes documentos:
A) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o
documento que acredite su nacionalidad.
B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero deberá adjuntarse la credencial que acredite su
homologación.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán
presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado
la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no la hubieran
tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de
participación. Además deberán presentar, declaración jurada o
promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su Estado el acceso a la función pública,
según modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.
D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,
si obtuvieran plaza, mediante certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su
caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo formular opción por la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios
en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto
456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 6
de marzo). Igualmente deberán hacerlo así quienes tengan la
condición de personal laboral o funcionario interino.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa
oferta de los mismos.
8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas
convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de
Hacienda, funcionarios de carrera mediante Resolución del
Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado".
8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en
colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios
competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 12 de diciembre de 2000.-El Ministro, P. D. (Orden
de 22 de noviembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 25),
el Subsecretario, Rafael Catalá Polo.
Ilmos. Sres. Subsecretario, Subdirector general de Recursos
Humanos y Presidentes de los Tribunales calificadores de las
pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros
Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
I. Proceso de selección
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Curso selectivo.
A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de cuatro
ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto el cuarto, que es de
carácter voluntario.
El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito a 14
preguntas propuestas por el Tribunal en un tiempo máximo de tres
horas sobre los siguientes grupos del temario:
I. Derecho Civil (15 temas).
II. Derecho Constitucional y Administrativo (15 temas).
El segundo ejercicio será de carácter práctico y consistirá en
desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de cuatro horas,
la resolución de supuestos, consistentes en:
a) Un supuesto práctico de valoración de bienes agrarios a
efectos fiscales, administrativos o judiciales, y un segundo
supuesto sobre Catastro de Rústica y sus aplicaciones.
b) Comentarios a la vista de la legislación sobre contratos
de las Administraciones Públicas, de una actuación de
contratación con indicación, en su caso, de las irregularidades o errores
observados y formulación de los reparos consiguientes.
Este ejercicio se podrá realizar en una o varias sesiones que
en cualquier caso constituirán una unidad de acto.
Para la realización de este ejercicio, el opositor deberá llevar
consigo el material necesario, que se indicará por el Tribunal al
efectuar su convocatoria.
El tercer ejercicio consistirá en el desarrollo oral de dos temas,
extraídos al azar por el opositor, uno de cada uno de los dos
grupos siguientes:
III. Instrumentos y sistemas de valoración. Valoración agraria
y Catastral (24 temas).
IV y V. Estructura económica y productividad agraria.
Hacienda Pública y Derecho Financiero y Tributario (36 temas).
El opositor, utilizando únicamente el programa de la oposición,
dispondrá de un máximo de diez minutos para preparar un guión
de dichos temas, pasando a continuación, una vez consumidos
o no los diez minutos, a desarrollarlos oralmente durante un tiempo
máximo de treinta minutos.
Los ejercicios primero y segundo se leerán públicamente,
siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten a la lectura.
El cuarto ejercicio, de carácter voluntario, consistirá en una
traducción directa sin diccionario, durante un tiempo máximo de
una hora, de un texto determinado por el Tribunal en un idioma
extranjero de los considerados oficiales en el seno de la Comunidad
Europea, a elección del opositor.
Cada opositor hará constar en la instancia por la que solicita
su participación en estas pruebas selectivas el idioma del que
desee ser examinado, en su caso, consignándolo en el apartado B)
de la casilla 25.
B) Curso selectivo.-Los funcionarios en prácticas habrán de
superar con aprovechamiento un curso selectivo, simultaneado,
en su caso, con la realización de prácticas en los puestos de trabajo,
de una duración máxima de tres meses, organizado por el Instituto
de Estudios Fiscales.
II. Valoración
Fase de oposición:
Los ejercicios se calificarán por el sistema de puntos.
Cada ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 30
puntos, necesitándose un mínimo de 15 puntos en cada uno de
ellos para pasar al siguiente, o en su caso para superarlo.
La puntuación de cada ejercicio estará constituida por la media
aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal eliminándose la más alta y la más baja.
El Tribunal expondrá públicamente la relación de aprobados
en cada ejercicio, especificando la puntuación total o calificación
que hubiera obtenido. Los que no figuren en la relación se
considerarán excluidos y sin ningún derecho a seguir tomando parte
en la oposición.
La calificación final de esta fase vendrá determinada por la
suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición.
Curso selectivo:
Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por
el total de los trabajos, necesitándose para aprobar el obtener 15
puntos como mínimo.
Dicha puntuación se acumulará a la obtenida en la fase anterior
y determinará el orden final de los aspirantes a todos los efectos.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación alcanzada en el curso selectivo, y en caso de persistir
el empate, a la correspondiente al primero, segundo y tercer
ejercicio de la fase de oposición.
ANEXO II
I. Derecho Civil
Tema 1. El Derecho objetivo: Concepto y divisiones.
Distinción entre Derecho objetivo y Derecho subjetivo. Derecho público
y privado. El Código Civil. Las fuentes del Derecho. La
Jurisprudencia.
Tema 2. El sujeto del Derecho. Las personas físicas y las
personas jurídicas: nacimiento, extinción y capacidad. El objeto del
Derecho. Las cosas: Especial referencia a los bienes muebles e
inmuebles. Concepto y clasificaciones. El patrimonio. Los frutos.
Los gastos y mejoras.
Tema 3. Los derechos reales. Concepto y diferencias con el
derecho de crédito. Caracteres y clasificación. Derechos reales
reconocidos en la legislación española.
Tema 4. El derecho de dominio. Contenido, extensión y
límites. Adquisición del dominio. Actuaciones que nacen del dominio:
Deslinde, amojonamiento y cierre de fincas. Acción reivindicatoria.
Pérdida de dominio.
Tema 5. La comunidad de bienes y el condominio en el Código
Civil. Concepto y clases. Comunidades especiales de Derecho
común. La comunidad de pastos: Concepto y naturaleza. Montes
vecinales.
Tema 6. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de
usufructo: Concepto, naturaleza y caracteres. Derechos y
obligaciones del usufructuario y del nudo propietario. Constitución,
extinción y transmisibilidad. Derechos de uso y habitación. El
derecho real de superficie. Los derechos reales de censo enfiteusis
y foro.
Tema 7. El derecho real de servidumbre: Concepto, caracteres
y elementos. Clases de servidumbres. Constitución, contenido y
extinción de las servidumbres. Las servidumbres personales.
Servidumbres voluntarias y legales. Servidumbres de regulación
administrativa.
Tema 8. Los derechos reales de garantía. La hipoteca:
Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La
prenda. La prenda sin desplazamiento. La anticresis.
Tema 9. El Registro de la Propiedad: Concepto, objeto y fines.
La publicidad y protección registral. Legislación reguladora.
Organización del Registro de la Propiedad. La finca registral. Actos
y derechos inscribibles. La inmatriculación de la finca. Medios
de inmatriculación. Concordancia entre el Registro de la Propiedad
y la realidad. El expediente de dominio y sus distintas finalidades.
Su tramitación.
Tema 10. La protección del tercero: La fe pública registral.
Concepto de tercero en la legislación hipotecaria. Alcance y ámbito
de la fe pública registral.
Tema 11. La obligación: Naturaleza, elementos y clases. El
cumplimiento de las obligaciones. El negocio jurídico: Concepto
y clases. Elementos esenciales del negocio jurídico: Concepto y
clases. Elementos esenciales del negocio jurídico. La ineficacia
e invalidez del negocio jurídico.
Tema 12. El contrato: Concepto. El principio de la autonomía
de la voluntad y sus limitaciones. Elementos y objeto del contrato.
Perfección y efectos del contrato. Interpretación ineficacia y
rescisión. Clasificación de los contratos. El contrato de compraventa.
Derechos de tanteo y retracto. El contrato de permuta.
Tema 13. El contrato de arrendamiento. Clases.
Arrendamientos rústicos. Legislación especial. Ámbito de aplicación.
Constitución y contenido. Duración y extinción. Los contratos de
arrendamiento de obras y servicios: Naturaleza, elementos y
contenido.
Tema 14. Régimen jurídico de la propiedad forestal. Ley de
Montes. Propiedad forestal. Montes vecinales en mano común y
su regulación. Régimen jurídico de las vías pecuarias. Régimen
jurídico de la agricultura de montaña.
Tema 15. Reforma agraria y Concentración parcelaria.
Adquisición y redistribución de tierras. Actuaciones en comarcas o zonas
determinadas. Concentración parcelaria.
II. Derecho Constitucional y Administrativo
Tema 1. La Unión Europea. Sistema institucional. El
ordenamiento jurídico comunitario y sus fuentes. Su relación con el
Derecho Español. El Tratado de la Unión Europea.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Características
y estructura. Los derechos y libertades públicas. La Corona. Las
Cortes Generales. El Defensor del Pueblo. El Tribunal
Constitucional. La reforma constitucional.
Tema 3. El Gobierno: Composición, funciones y relaciones
con otros poderes. El Poder Judicial. La Administración consultiva:
especial referencia al Consejo de Estado.
Tema 4. Las fuentes del Derecho Administrativo: La
Constitución. La Ley. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley:
Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento. La potestad
reglamentaria.
Tema 5. Los ordenamientos autonómicos y las Comunidades
Autónomas. Las entidades municipales y las entidades
provinciales. La Administración institucional. La personalidad jurídica de
la Administración.
Tema 6. La potestad administrativa. La Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Estructura del procedimiento administrativo. El
acto administrativo. Actos nulos y actos anulables. Revisión de
oficio de los actos administrativos.
Tema 7. La revisión de actos en vía administrativa: concepto
y clases de recursos. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa:
Naturaleza, extensión y límites. Trámites previos a la interposición
del recurso contencioso-administrativo.
Tema 8. Los contratos administrativos y los contratos
privados de la Administración. El procedimiento de contratación y
régimen legal de los contratos administrativos de obras, servicios
y suministros. Perfección, formalización y extinción de los
contratos. La revisión de precios. Los contratos de consultoría y
asistencia, de servicios y de trabajos específicos y concretos no
habituales.
Tema 9. La expropiación forzosa. Naturaleza y justificación.
La Ley de Expropiación Forzosa. Procedimiento de urgencia.
Ocupación temporal.
Tema 10. El dominio público y el patrimonio privado de los
entes públicos. El patrimonio del Estado. Adquisición y
enajenación de bienes y derechos el Estado. El Inventario General de
bienes y derechos del Estado.
Tema 11. Noción del servicio público y modos de gestión
del mismo. Posición jurídica y derechos subjetivos del
administrado. Las sanciones administrativas.
Tema 12. La acción administrativa en relación con las aguas,
las minas, los montes y las costas.
Tema 13. La actividad administrativa en el sector de la
agricultura y el medio ambiente. El Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y el Ministerio de Medio Ambiente: Organización
y funciones. Registros e inventarios agrícolas.
Tema 14. La organización administrativa; sus principios
informadores. Los órganos centrales de la Administración General del
Estado. La Administración periférica. El Ministerio de Hacienda.
Las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Economía y
Hacienda. La Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Tema 15. La Función Pública. Naturaleza de la relación
funcionarial. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial.
Situaciones. Derechos y deberes de los funcionarios. El régimen
disciplinario de la Función Pública. Los derechos pasivos y la
Seguridad Social de los funcionarios. Responsabilidad de la
Administración y sus agentes.
III. Instrumentos y sistemas de valoración. Valoración agraria
y catastral
Tema 1. Conceptos estadísticos aplicables a la valoración
agraria. Población. Función de densidad. Función de distribución.
Media, moda y mediana. Medida de la dispersión. Distribución
normal. Distribución BETA. Regresión. Muestra. Clasificación de
los diseños de muestreo: Aleatorio, estratificado, sistemático y
muestreo escalonado por etapas.
Tema 2. Los costos agrarios. Definición, determinación y
expresión del precio de costo. Los gastos de explotación. Coste
del funcionamiento de los medios mecánicos, gastos fijos y
variables. La amortización de la maquinaria, cuota anual fija, variable
decreciente. Intereses. Locales. Combustibles y lubricantes.
Reparaciones. Mano de obra. Seguros. La utilización del ganado de
labor y sus costes.
Tema 3. Riqueza agraria, su definición. La propiedad agraria.
Bienes muebles e inmuebles. Teoría del valor. El precio. Relación
entre valor y precio. El capital, la renta. La producción y la renta,
concepto e interacción. El tanto de interés. El riesgo. El Seguro.
Las cargas y la financiación.
Tema 4. Valoración de fincas rústicas. Métodos de valoración:
Métodos clásicos, métodos sintéticos, métodos analíticos.
Determinación de la renta de la tierra.
Tema 5. La valoración de la Empresa agraria: Métodos
estáticos. Métodos dinámicos. Las Sociedades Anónimas agrarias, las
Cooperativas y las Sociedades de Regantes, generalidades sobre
su valoración. Valoración de edificaciones y mejoras de naturaleza
agrícola.
Tema 6. La valoración de bienes económicos, sistemas de
valoración. Valor en venta. Valor en coste. Valor en renta. Métodos
de valoración: Analítico de fincas y su relación con la
determinación del valor de las mismas.
Tema 7. Valoración agraria (I): Valoración de tierras con
cultivos herbáceos, cultivadas o cultivables. Valoración de pastizales
y praderas. Valoración de frutos pendientes de cosechar.
Valoración de viveros. Valoración de semillas. Valoración de ganados.
Valoración de maquinaria. Valoración de pozos y de agua para
riego. Valoración de invernaderos, alojamientos de ganados y otras
construcciones de naturaleza agropecuaria.
Tema 8. Valoración agraria (II): Valoración de plantaciones
de frutales. Determinación del valor del suelo, procedimientos para
su determinación. La valoración del vuelo y metodología.
Valoración conjunta de suelo y vuelo. Variaciones de valor con la edad
de la plantación. Casos especiales.
Tema 9. Valoración agraria (III): Valoración forestal.
Definiciones y principios. Criterios específicos para la valoración. Caso
de monte regular en serie de rodal único, valor de coste y valor
potencial, comparación entre ambos valores. Valoración de
montes regulares ordenados en serie de rodales. Valoración de montes
irregulares. Valoración ambiental. Valoración de arbolado
ornamental.
Tema 10. Valoración legal (I): Valoración de tierras
explotadas en régimen directo, arrendamiento y aparcería. Valoración
a efectos de expropiación forzosa total o parcial. Valoración de
ocupaciones temporales parciales o totales. Valoración, por
expropiación, de los derechos de usufructo, arrendamiento y aparcería.
Expropiación por grupos de bienes. Expropiaciones del uso y su
valoración.
Tema 11. Valoración legal (II): Valoración de censos.
Valoración de usufructos. Valoración de servidumbres. Valoración de
rentas vitalicias. Valoración a efectos de separación de bienes.
Valoración de daños, de bienes sujetos a un contrato general de
seguros y de los amparados por el seguro agrario. Valoración
de daños de bienes no sujetos a seguro. Valoraciones a efectos
de garantía hipotecaria.
Tema 12. Significado y desarrollo histórico de los Catastros.
Aspectos fiscales, jurídicos y económicos del Catastro. El sistema
de "Torrens Act". La importancia de la correcta titulación en la
identificación de la propiedad inmobiliaria. El Catastro y el
Registro de la Propiedad.
Tema 13. Fines del Catastro de Rústica. Finalidades y
aplicaciones estadísticas del Catastro. El Catastro como base para
el estudio de la estructura económica agraria. El Catastro como
inventario detallado de la propiedad rústica. El Catastro y las
propiedades de las Administraciones Públicas. El Catastro como
medio para la obtención de créditos agrícolas.
Tema 14. Cuadro general de caracterización catastral.
Características fiscales: Polígono catastral, Parcela catastral y Subparcela.
Características agronómicas: Calificación. Características
económicas: Clasificación. La cartografía catastral. Caracterización jurídica:
Atribución de dominio. Investigación del estado posesorio: Cargas,
gravámenes y servidumbres. Separación de dominio.
Tema 15. Configuración actual del Catastro. La
determinación de valores unitarios; fundamentos y estudios económicos
conducentes a la fijación de los valores. Métodos. Valoración de cada
parcela, conceptos que la integran. Proceso de actualización de
los valores. La coordinación de valores. La Comisión Superior
de la Propiedad Inmobiliaria. Las Juntas Técnicas Territoriales
de Coordinación Inmobiliaria. Las Juntas Periciales del Catastro
Inmobiliario Rústico.
Tema 16. Catastro (I): Investigación sobre la propiedad y el
estado posesorio de los bienes inmuebles. Publicidad y
reclamaciones que pueden surgir. Resolución y efectos que producen.
Investigación de las variaciones de datos catastrales, y su
comprobación. Actuaciones inspectoras: Diligencias. Actas.
Instrucción de expedientes sancionadores.
Tema 17. Catastro (II): La documentación gráfica y literal del
Catastro. Normas establecidas en el pliego general de condiciones
técnico-facultativas para la elaboración de trabajos catastrales.
Tema 18. Catastro (III): Renovaciones y actualizaciones de
los Catastros, concepto de unas y otras. Las delimitaciones del
suelo sujeto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, y sus efectos
en la documentación del Catastro de Rústica. Formación de nuevos
Catastros. Los Catastros específicos y su utilidad para el Catastro
de la Riqueza Rústica. Coordinación de unos y otros. La
organización administrativa del Catastro. Competencias de los diversos
órganos y del personal encargado de su realización. Reclamaciones
y recursos, su resolución.
Tema 19. Ordenación de la cartografía oficial. Sistemas
cartográficos. Técnicas actuales. Especial referencia a la
ortofotografía. Cartografía catastral convencional e informatizada.
Tema 20. Normas generales y procedimiento de contratación
de trabajos destinados a la realización de ortofotografías. Pliego
de condiciones administrativas: Procedimiento y forma de
adjudicación. Formalización del contrato. Programa de trabajo.
Desarrollo de los trabajos. Entrega, recepción y liquidación.
Tema 21. Prescripciones técnicas de los trabajos destinados
a la obtención de ortofotografías. Fases del trabajo. Condiciones
técnicas del vuelo. Negativos. Apoyo fotogramétrico.
Aerotriangulación. Ortoproyección. Formato y designación de las ortofotos
contratadas. Pruebas de recepción y verificación de las fases del
trabajo. Errores. Defectos menores y defectos críticos.
Tema 22. Concepto de informática. Sistemas informáticos.
Arquitectura de los ordenadores, procesadores, dispositivos
periféricos. Tipos de ordenador. Redes de ordenadores. Sistemas
operativos. Lenguajes de Programación. Herramientas ofimáticas.
Tema 23. La información: estructura y organización de los
datos: Ficheros. Bases de Datos: Tipología. La Base de Datos
relacional. Los Sistemas Gestores de Bases de Datos.
Tema 24. El Sistema de Información Catastral: Estructura,
componentes y su funcionamiento. El Sistema de Información
Geográfico Catastral. Estructura de la base de datos del catastro
inmobiliario rústico. Formato de recepción de datos: Ficheros
auxiliares. El Fichero Padrón. El Sistema de Gestión Catastral:
funcionalidades, coordinación con otras administraciones.
IV. Estructura económica y productividad agraria
Tema 1. La ciencia económica, concepto y generalidades.
Macroeconomía y microeconomía. La función económica del
Estado. Formas y características del mercado. Los factores productivos.
El ahorro, la inversión y el consumo.
Tema 2. La política económica y sus ciclos. Estabilización
y desarrollo. El producto nacional y la renta nacional. La
distribución sectorial y territorial de la renta nacional. Estimación
de la renta nacional española.
Tema 3. La inflación y la deflación económica. El control de
la inflación y medidas correctoras. El sistema monetario europeo.
El sistema financiero español. El Banco de España. Las Entidades
oficiales de crédito. La Banca privada. Las Cajas de Ahorros. El
mercado de Valores.
Tema 4. Los Organismos económicos internacionales. El
Fondo Monetario Internacional. El Banco Mundial. La OCDE y la OMC.
El Banco Central Europeo. Los procesos de integración económica
internacional.
Tema 5. La Contabilidad y su concepto. La partida doble,
principios fundamentales. El Plan General de Contabilidad.
Estudio de las cuentas, función y estructura de las mismas. Cuentas
administrativas. Cuentas de activo, con especial referencia al
activo fijo.
Tema 6. Cuentas de pasivo. Cuentas de neto. La
amortización. El resultado de la Empresa. Cuenta de perdidas y ganancias.
Notas esenciales y estructura del balance. La contabilidad en la
Empresa agraria.
Tema 7. Operaciones financieras. Capitalizaciones: simple y
compuesta. Concepto de rentas. Valores actual y final de las rentas
unitarias. Rentas perpetuas diferidas y anticipadas. Valores actual
y final de las rentas variables.
Tema 8. El crédito y la financiación. Los préstamos: Clases,
requisitos y condiciones. Amortización de préstamos. Tipos de
interés: Nominal, efectivo, fijo y variable. Plazo de amortización.
Vencimientos periódicos. Términos amortizativos: Constantes,
crecientes. Cálculo de anualidades de amortización y del capital
pendiente. Los contratos de "leasing", "factoring" y "renting".
Tema 9. El sector agrario en España. Su importancia en la
economía nacional. Dimensión y distribución por subsectores. La
población activa y su ocupación en el sector agrario. Volumen
y distribución de la población activa agraria. Evolución histórica;
previsiones. Migraciones y emigraciones. Absorción de la
población activa agraria por otros sectores. Distribución de la propiedad
agraria. El minifundio y el latifundio. Las explotaciones agrarias.
Tema 10. Productividad de la tierra. Distribución general de
la tierra: tierras de cultivo, prados y pastizales, terrenos forestales
y otras superficies. Criterios para la medida de la productividad
de la tierra. Elementos condicionantes: Clima, características
agronómicas, situación y configuración del terreno. Medios para
aumentar la productividad de la tierra: selección de actividades
y cultivos; dimensión óptima de la explotación; instalaciones y
mejoras; financiación. La administración y dirección de la Empresa
como medio de incrementar la productividad.
Tema 11. El Tratado de la Unión Europea y la política agraria
común. Su reforma. Política de rentas. Política de precios y
mercados. Ordenación de las producciones. Facetas de mayor
importancia. La capitalización agraria como efecto de la reestructuración
de la Empresa agraria y su dimensionamiento. Importancia
económica de los regadíos. Las inversiones agrícolas. El crédito
agrícola. Las inversiones públicas. Crédito agrícola oficial. Las
subvenciones a la agricultura.
Tema 12. Cereales y Leguminosas para grano. Cultivo.
Superficies y producciones. Rendimientos y precios. Comercialización
y transformación industrial.
Tema 13. Hortalizas y tubérculos para el consumo humano.
Los cultivos de invernadero y bajo plástico. Cultivo. Superficies
y producciones. Rendimientos y precios. Comercialización y
transformación industrial.
Tema 14. Cultivos industriales. Cultivos. Superficies y
producciones. Rendimientos y precios.
Comercialización y transformación industrial.
Tema 15. Frutas de pepita, hueso y de fruto seco. Los cítricos.
La uva de mesa. Cultivo. Superficies y producciones. Rendimientos
y precios. Comercialización y transformación industrial.
Tema 16. El viñedo para vinificación. Localizaciones más
representativas. Características del cultivo. Rendimientos y
precios. La intervención del mercado del vino. Consumo interior y
exportación del vino; sus derivados. Los excedentes, problemas
que presentan y soluciones que vienen aplicándose. El catastro
vitivinícola. Las denominaciones de origen y su regulación.
Tema 17. El olivar. Superficies. Cultivo. Rendimientos y
precios, problemas de las explotaciones olivareras. La industria
olivarera. Problemas. Calidades de los aceites. Producciones y
consumo interior. La exportación del aceite de oliva y la política
general de grasas.
Tema 18. La economía y la política forestal. La superficie
forestal de España. Principales especies; su localización
geográfica, con especial referencia a coníferas y frondosas. Las zonas
de matorral, pastos y otras formaciones vegetales. Los montes
adehesados, su importancia económica y ecológica. La lucha
contra la erosión y la política hidrológica forestal. Las especies
forestales de crecimiento rápido: Coníferas, árboles de ribera y
eucaliptos, importancia y distribución geográfica. Rendimientos.
Comercialización de los productos forestales. El papel social y
medioambiental del monte.
Tema 19. Especiales características de la propiedad forestal.
Las repoblaciones forestales. El problema de los incendios
forestales. La administración y gestión técnica de los montes. La
ordenación de los montes, conceptos generales. Influencia del sector
forestal en otros sectores. La caza y la pesca continental,
importancia económica. Principales especies cinegéticas y localización
geográfica. Principales especies piscícolas y su hábitat.
Compatibilidad de la caza con otros aprovechamientos. Principales
industrias derivadas de la primera transformación de los productos
forestales. Enumeración e importancia socioeconómica.
V. Hacienda Pública y Derecho Financiero y Tributario
Tema 1. Concepto contenido y principios de la Hacienda
Pública. Concepto de política fiscal y sus objetivos. Ingresos
públicos. Precios privados y cuasiprivados. Precios públicos. Los
precios políticos. Las tasas y las contribuciones especiales. Las tasas
por inscripción y de acreditación catastral.
Tema 2. El impuesto. Concepto y fundamento. Fuentes.
Concepto de patrimonio y renta. La distribución técnica del impuesto.
El impuesto único y los impuestos múltiples. Impuestos directos
e indirectos, reales y personales.
Tema 3. Tipos esenciales del impuesto. Imposición directa:
Imposición sobre la renta, distintos sistemas. Imposición sobre
el patrimonio. Imposición sobre los incrementos de valor.
Tema 4. Imposición indirecta. Impuesto sobre la circulación
de bienes. Impuestos de fase única y múltiple Impuesto sobre
transmisiones onerosas intervivos. Impuesto sucesorio. Impuesto sobre
los bienes de las personas jurídicas. Impuesto sobre importación
y exportación de mercancías.
Tema 5. Ingresos públicos extraordinarios. Las enajenaciones
patrimoniales. Emisión de papel moneda. Los impuestos
extraordinarios. La Deuda Pública: Tipos fundamentales y técnicas de
emisión, conversión y amortización.
Tema 6. El gasto público: Concepto, clasificación y sus
límites. Efectos sobre la producción y distribución de la riqueza. Teoría
del presupuesto. Concepto y fundamento. Los principios
presupuestarios, clasificación. El presupuesto planificado o por
programas.
Tema 7. La Ley General Presupuestaria. Principios generales.
Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública. Principios básicos
de los Presupuestos Generales del Estado. La Intervención General
de la Administración del Estado. La contabilidad pública: La
Cuenta General del Estado.
Tema 8. La Ley General Tributaria y sus modificaciones.
Principios generales del ordenamiento tributario estatal. Clases de
tributos. El hecho imponible. Las liquidaciones tributarias: la cuota
y la deuda tributaria. Extinción de las obligaciones. El paso y
la prescripción.
Tema 9. La inspección de los tributos. Competencia territorial
y funcional. El procedimiento de inspección tributaria.
Documentación de las actuaciones inspectoras: Especial referencia a las
actas. Tipificación de las infracciones tributarias y cuantificación
de las sanciones tributarias. El procedimiento sancionador.
Suspensión de la ejecución de las sanciones. El delito fiscal.
Tema 10. La inspección catastral del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles. Órganos competentes y sus funciones. Tipificación de
las infracciones cometidas ante el catastro. Sanciones y criterios
de graduación de las mismas.
Tema 11. La revisión de actos en vía administrativa.
Procedimientos especiales de revisión: Recurso de reposición y
reclamación económico-administrativa. Los tribunales
económico-administrativos.
Tema 12. El Impuesto sobre la renta de las personas físicas:
Concepto y naturaleza. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La
base imponible. Rendimientos del trabajo, de capital y de las
actividades empresariales o profesionales. Los incrementos y
disminuciones patrimoniales: Determinación de la base liquidable y de
la deuda tributaria. Las retenciones y pagos fraccionados.
Tema 13. El Impuesto sobre sociedades: Concepto y
naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible. El sujeto pasivo.
La base imponible. La deuda tributaria. La transparencia fiscal.
El Impuesto especial sobre bienes inmuebles de entidades no
residentes.
Tema 14. El Impuesto sobre el patrimonio de las personas
físicas. Valoración de los elementos patrimoniales. El Impuesto
sobre sucesiones y donaciones y el Impuesto sobre transmisiones
patrimoniales y actos jurídicos documentados. Medios ordinarios
extraordinarios de comprobación de valores en ambos impuestos.
Tema 15. El impuesto sobre el valor añadido. Concepto y
naturaleza. Ámbito de aplicación. Las entregas de bienes y las
prestaciones de servicios. El hecho imponible, el sujeto pasivo
y la base imponible. Tipos impositivos: Las obligaciones del sujeto
pasivo. La gestión del impuesto. Deducciones y devoluciones.
Regímenes especiales.
Tema 16. La financiación de las Haciendas Locales. El sistema
impositivo local en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Figuras de imposición obligatoria, especial referencia al Impuesto
de actividades económicas. Figuras de imposición voluntaria,
especial referencia al Impuesto sobre el incremento de valor de los
terrenos de naturaleza urbana.
Tema 17. El Impuesto de bienes inmuebles de la Ley
Reguladora de Haciendas Locales. Antecedentes: Las contribuciones
territoriales. Naturaleza, devengo y período impositivo. Hecho
imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Base
liquidable. Tipo de gravamen. Cuota. Gestión tributaria.
ANEXO III
Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en
el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al Servicio de la
Hacienda Pública
Titulares:
Presidente: Don Julián Solana Gragera, del Cuerpo de
Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
Vocales:
Don José Manuel Perala Casares, del Cuerpo de Ingenieros
de Montes de la Hacienda Pública.
Don José Segura Fuente, del Cuerpo de Ingenieros Técnicos
Forestales al servicio de la Hacienda Pública.
Don Javier Serrano Núñez, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Don Pascual Sala Atienza, del Cuerpo de Abogados del Estado.
Don Alfonso López Maestre, de la Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
Secretario: Don Carlos García de la Puerta, del Cuerpo de
Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.
Suplentes:
Presidente: Don Ramón Rodríguez Rodríguez, del Cuerpo de
Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
Vocales:
Don Luis Maldonado García, del Cuerpo de Ingenieros Técnicos
Forestales al servicio de la Hacienda Pública.
Doña Marta Martín Mata, del Cuerpo Superior de Técnicos
de la Administración de la Seguridad Social.
Don Fernando Negueruela Suberviola, del Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado.
Doña M.a José Porras Camarena, del Cuerpo de Gestión de
la Administración Civil del Estado.
Doña Margarita Ruiz Altisent, del Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad.
Secretario: Don Antonio Adrados Torres, del Cuerpo de
Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.
ANEXO IV
Don ............................................., con domicilio
en ...................... calle ...................... y documento
nacional de identidad número ............................, declara
bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario
del Cuerpo ........................................, que no ha sido
separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas
y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas.
En ..................., a ... de ...................... de ......
ANEXO V
Don ............................................., con domicilio
en ...................... calle ...................... y de
nacionalidad ...........................declara bajo juramento o promete,
a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo ...............,
no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que
impida en su Estado el acceso a la Función Pública.
En ..................., a ... de ...................... de ......
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