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Documento BOE-A-2000-22709

Orden de 13 de diciembre de 2000 por la que se amplía el crédito establecido en la Orden de 16 de junio de 2000, por la que se regula la concesión de subvenciones por las actividades de reutilización de aceites usados durante el año 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 15 de diciembre de 2000, páginas 44196 a 44196 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2000-22709

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 16 de junio de 2000 tiene por objeto determinar las bases para el otorgamiento de las ayudas por las actividades de reutilización de aceites usados durante 1999, teniendo en cuenta las competencias que sobre la gestión en materia de medio ambiente corresponden a las Comunidades Autónomas. Todo ello de acuerdo con las habilitaciones contenidas en la Orden de 28 de febrero de 1989, como norma de incorporación al ordenamiento interno de las Directivas 75/439/CEE, el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de subvenciones públicas y la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.

Las Comunidades Autónomas están dictando las correspondientes resoluciones mediante las que se conceden las subvenciones a las empresas que actúan dentro de su ámbito territorial, conforme se establece en el apartado quinto de la Orden de 16 de junio de 2000. Dado que el importe total, en el ámbito nacional, ha sido ampliamente superado y con la finalidad de que la reducción proporcional para ajustar el importe total de las subvenciones concedidas al crédito presupuestario disponible, de acuerdo con el punto 2 del apartado tercero de dicha Orden, sea menor que con las previsiones actuales, se ha decidido la ampliación del crédito destinado a estas ayudas.

En su virtud, dispongo:

Disposición única.

El punto 2 del apartado tercero de la Orden de 16 de junio de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de julio), queda redactado en los siguientes términos:

«2. El importe total de las subvenciones reconocidas se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.08.443D.750 de los Presupuestos Generales del Estado para 2000 correspondientes al Ministerio de Medio Ambiente, y no podrá superar la cantidad máxima de 1.330.000.000 de pesetas (7.993.406,99 euros), por lo que de resultar necesario se reducirán proporcionalmente las cuantías de las subvenciones en la cantidad que se precisa para respetar dicho límite.»

Madrid, 13 de diciembre de 2000.

MATAS I PALOU

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