Visto el expediente de indulto de don Pascual Navarro García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Albacete, en sentencia de fecha 4 de octubre de 1999, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete, de fecha 12 de abril de 1999, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de tres meses de multa, con una cuota diaria de 1.500 pesetas y privación del permiso de conducir durante un año y un día, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Pascual Navarro García la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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