Visto el expediente de indulto de don Francisco Santisteban Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Alicante, en sentencia de fecha 26 de febrero de 1999, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico y una falta contra el orden público, a la pena de tres meses-multa, con una cuota mensual de 6.000 pesetas y privación del permiso de conducir durante un año y un día por el delito, y un mes-multa con una cuota diaria de 200 pesetas por la falta, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Francisco Santisteban Fernández la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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