Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Bahiha Mohamed Amar, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Tercera, en sentencia de fecha 18 de febrero de 1999, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años, veinte días de prisión y multa de 1.500.000 pesetas, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Bahiha Mohamed Amar la mitad de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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