Visto el expediente de indulto de don Mohamed Magraoui, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de fecha 15 de diciembre de 1999, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil y oficial en concurso ideal con un delito de estafa, a la pena de dos años y tres meses de prisión, y una falta de hurto, a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 1.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Mohamed Magraoui las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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