Edukia ez dago euskaraz
En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la
Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía 274/1985, de 26 de diciembre ("Boletín Oficial
del Estado" del 26 de febrero de 1986), reformados por Decreto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía 69/1987, de 11 de
marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de julio), y en el acuerdo
firmado con la Junta de Personal de Administración y Servicios
de la Universidad de Cádiz,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma
Universitaria, en relación con el artículo 3.e), de la misma, así como
en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar proceso
selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad
de Cádiz, por el sistema de promoción interna, con sujeción a
las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir seis plazas por
el sistema de promoción interna.
1.1.1 Los aspirantes que superen el proceso selectivo podrán
optar por permanecer en su puesto de trabajo siempre que el
número de puestos ofertados sea inferior al de opositores que
han superado el proceso selectivo y dicho puesto cumpla los
requisitos necesarios de adscripción a grupo de titulación.
1.2 El presente proceso selectivo se regirá por las bases de
esta convocatoria, y en cuanto le sea de aplicación la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988 ; el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10
de abril), y los Estatutos de la Universidad de Cádiz.
1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase
de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas,
puntuaciones y materias que se especifican en el anexo 1.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará con
posterioridad al día 1 de septiembre de 2000.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización del proceso selectivo,
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de
los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos
Estados a los que, en virtud de los tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos
en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener antes
del término del plazo de presentación de solicitudes el título de
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario
o equivalente, como mínimo.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 Pertenecer el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes al Cuerpo o Escala administrativa, prestar
servicios en la Universidad de Cádiz con carácter definitivo en
la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer
una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala
a que pertenezcan, y reunir los demás requisitos exigidos.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo
deberán hacerlo constar en instancias que serán facilitadas
gratuitamente en las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia,
en las Delegaciones del Gobierno en Ceuta y Melilla, y en el
Rectorado de la Universidad de Cádiz, o bien en el modelo incluido
como anexo VI.
Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso,
que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar solicitud,
según modelo contenido en el anexo V, en el que harán constar
aquellos méritos que consideren oportunos de los relacionados
en el anexo I.B), expidiendo el Servicio de Personal de la
Universidad de Cádiz, a la vista de lo solicitado por el opositor y
una vez hechas las comprobaciones que considere oportunas,
certificado acreditativo correspondiente.
Asimismo, podrán aportar cuanta documentación estimen
oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las
presentes bases de convocatoria.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación
que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo
demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante
escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido
dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"ejemplar a presentar por el interesado", del modelo de solicitud) se
hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz o en la
forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", y se dirigirá al Rector de la Universidad.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la
instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el
recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en
dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios, que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas, y se
ingresarán en la cuenta corriente número 3300177522, abierta
en la oficina principal de Unicaja, en Cádiz, a nombre de
"Universidad de Cádiz", indicando "Proceso selectivo de ingreso en
la Escala de Gestión".
En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria,
acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará
la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago
en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano
expresado en la base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Cádiz dictará Resolución en el plazo máximo
de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.
En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial
del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta
al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos
y excluidos, y se determinará el lugar y la fecha de comienzo
de los ejercicios. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto,
en todo caso, en la Universidad convocante y en la Subdelegación
del Gobierno de la provincia en que radique la Universidad. En
la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y
número del documento nacional de identidad, así como la causa
de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión. Contra la Resolución
por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo, previa
comunicación a este Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y Ley reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización del proceso selectivo.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como anexo III de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
Resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros. Celebrará
su sesión de constitución en el plazo máximo de diez días antes
de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la
Universidad de Cádiz.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalía
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de
su realización por todos los opositores y para que los ejercicios
de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos
ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad
de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados
por la Orden del Ministerio de la Presidencia, de 18 de febrero
de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros
equivalentes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz,
calle Ancha, número 10, 11001 Cádiz, teléfono 956 01 50 89.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.11 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá
la categoría segunda de las recogidas en el anexo V del
Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" de 21 de abril).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que ha superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
personalidad.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación
de los mismos se iniciará, según la Resolución de la Secretaría
de Estado para la Administración Pública, de 15 de abril de 1999
("Boletín Oficial del Estado" del 17), por aquellos cuyo primer
apellido comience por la letra Q. En el supuesto de que no exista
ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra Q,
el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra R y así sucesivamente.
6.3 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
de segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales
donde se haya celebrado el primero, así como en la sede de los
Tribunales señalada en la base 5.10, y por cualesquiera otros
medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo
ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya
celebrado, en la citada sede de los Tribunales y por cualquier
otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,
de antelación.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la Resolución de exclusión, que ultima la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en
el plazo de un mes, ante el Rector, o bien, recurso
contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala
correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme
a lo establecido en la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública
en el Rectorado, en el lugar de celebración de los ejercicios, así
como en la siguiente dirección de Internet http://sig.uca.es:92,
la relación única de aspirantes que han superado el proceso
selectivo, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su
documento nacional de identidad. Dicha relación contendrá la
puntuación obtenida en las fases de concurso y de oposición,
desglosando esta última en cada uno de los ejercicios celebrados.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Rector de la Universidad, especificando,
igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Rector remitirá la mencionada
lista de aprobados al "Boletín Oficial del Estado" para su
publicación.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la lista de aprobados, los opositores aprobados deberán
presentar en el Rectorado de la Universidad los siguientes
documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del mismo.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura en el anexo IV a esta
convocatoria.
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni defecto físico que imposibiliten para el servicio ; este certificado
deberá ser expedido por el facultativo de Medicina General de
la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso
de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad
Social, se expedirá por las Delegaciones de Salud de la Junta
de Andalucía.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
personas con minusvalías deberán presentar certificación de los
órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que
acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado
de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo
de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes.
8.2 Quienes tuvieren la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal de la Dirección General de la Función Pública o del
Ministerio u organismo del que dependieren para acreditar tal condición,
con expresión del número e importe de trienios, así como fecha
de su cumplimiento.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Por Resolución de la autoridad convocante, y a propuesta
del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de
funcionario de carrera, mediante Resolución que se publicará en el
"Boletín Oficial del Estado".
La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de
fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes
aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas
selectivas enviado a la Universidad convocante, con el apartado
"reservado para la Administración" debidamente cumplimentado,
así como el certificado a que se refiere la base 3.1.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse en el plazo de siete días, a partir de la
publicación del nombramiento de funcionarios de carrera en el
"Boletín Oficial del Estado", previa oferta de los mismos.
8.6 La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo
de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" del nombramiento de funcionario
de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Cádiz, 22 de diciembre de 1999.-El Rector, Guillermo Martínez
Massanet.
ANEXO I
Ejercicios y valoración
I.A) Ejercicios
El procedimiento de selección de los aspirantes será el de
concurso-oposición.
I. Fase de concurso:
Esta fase consistirá en la valoración de los méritos señalados
en el apartado siguiente I.B). Valoración.
II. Fase de oposición:
La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a
continuación se indican, que tendrán carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en la contestación a un cuestionario
de hasta 100 preguntas, con respuestas múltiples, siendo sólo
una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa
de estas pruebas en los bloques I al V. El tiempo máximo para
la realización de este ejercicio será de noventa minutos.
Inmediatamente antes del desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará
públicos los criterios de corrección del mismo.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de tres supuestos
prácticos, desglosados en un máximo de 10 preguntas cada uno,
a desarrollar por el opositor, a elegir de entre cuatro propuestos
por el Tribunal, uno de cada una de las materias relacionadas
en el programa de estas pruebas en los bloques II al V. Las
preguntas de los supuestos deberán abarcar el mayor número posible
de temas dentro de cada bloque. El tiempo máximo para la
realización de este ejercicio será de tres horas. Inmediatamente antes
del desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios
de corrección del mismo.
III. Ejercicio optativo y de mérito:
Una vez realizadas las fases de concurso y de oposición, se
realizará con carácter optativo y de mérito un examen de idiomas
o de informática a elegir por el aspirante [debiendo indicar en
el apartado 23.A) de la convocatoria el tipo de examen elegido],
con las características siguientes:
a) Ejercicio de idiomas: Consistirá en la traducción directa,
sin diccionario, de uno o varios textos propuestos por el Tribunal
sobre el idioma elegido.
Los idiomas a elegir serán francés o inglés, debiendo señalar
en el apartado 23.B) (datos a consignar según las bases de
convocatoria) de la solicitud el idioma elegido.
b) Ejercicio de informática: Consistirá en la elaboración de
un ejercicio, utilizando para ello las herramientas informáticas
determinadas por el Tribunal, relativo a los temas relacionados
en el bloque VI del programa de estas pruebas.
El tiempo para la realización de este ejercicio, sea cual sea
la modalidad elegida, será de sesenta minutos.
I.B) Valoración
Fase de concurso.-La valoración de los méritos en esta fase
se realizará de la siguiente manera:
a) Antigüedad: La antigüedad se valorará hasta un máximo de
tres puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios
prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes de esta convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:
Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en la Escala
Administrativa o categoría laboral equivalente, asignándose
0,25/365 puntos día.
Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en otros Cuerpos
o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984
y en otras categorías laborales, asignándose 0,15/365 puntos día.
Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en
Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la
Ley 30/1984 y en otras categorías laborales, asignándose
0,10/365 puntos día.
No se computarán, a efectos de antigüedad, los servicios que
hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente
alegados.
b) Puesto de trabajo: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará
la siguiente puntuación:
Nivel R 20: 0,5 puntos.
Nivel 20: 1 punto.
Nivel 21: 1,50 puntos.
Nivel 22: 2 puntos.
Nivel 24: 4 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los
efectos económicos de las mismas.
c) Experiencia: Por la realización de funciones y tareas en
los puestos de trabajo que se indican a continuación, hasta un
máximo de seis puntos, computados hasta el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes:
Jefe de Sección nivel 24: A razón de 0,50 puntos/365 por
día de servicios prestados.
Jefe de Sección nivel 22 o asimilado y puestos de nivel 21:
A razón de 0,30 puntos/365 por día de servicios prestados.
Jefe de Negociado o asimilado: A razón de 0,20 puntos/365
por día de servicios prestados.
Puestos de nivel 18 (excepto Jefes de Negociado): A razón
de 0,15 puntos/365 por día de servicios prestados.
Puestos de nivel 16 o inferior: A razón de 0,10 puntos/365
por día de servicios prestados.
d) Cursos de formación recibidos: Por la participación en
cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa
con las funciones propias de los grupos B, C o D de Administración
General, organizado y/u homologado por organismo oficial de
formación de funcionarios y/o Universidad de Cádiz, en los que
se haya expedido diploma y certificación de asistencia y/o, en
su caso, certificación de aprovechamiento, se otorgará la siguiente
puntuación:
Cursos de hasta treinta horas de duración: 0,15 puntos por
cada curso.
Cursos de más de treinta horas de duración: 0,25 puntos por
cada curso.
En aquellos cursos en los que en la certificación no aparezca
el número de horas de duración: 0,15 puntos por cada curso.
En los casos en que se haya expedido certificado de
aprovechamiento, se incrementará en 0,05 puntos el valor del curso.
Solamente se valorarán aquellos cursos que se hayan realizado
en los seis años inmediatamente anteriores a la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de un punto.
e) Cursos de formación impartido: Por la impartición de
cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa
con las funciones propias de los grupos B, C o D de Administración
General, organizado y/u homologado por organismo oficial de
formación de funcionarios y/o Universidad de Cádiz, se otorgará
la siguiente puntuación:
Cursos de hasta treinta horas de duración: 0,30 puntos por
cada curso.
Cursos de más de treinta horas de duración: 0,50 puntos por
cada curso.
Solamente se valorarán aquellos cursos que se hayan realizado
en los seis años inmediatamente anteriores a la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de un punto.
f) Nivel de formación académica: La posesión de titulación
inferior, igual o superior a la exigida para el acceso al grupo B
se valorará como se indica a continuación:
Titulación igual o equivalente a la exigida (se incluyen tres
años completos de licenciatura): 0,5 puntos.
Titulación superior a la exigida: 1 punto.
g) Grado consolidado: Según el grado consolidado a la fecha
de finalización de presentación de solicitudes se otorgará la
siguiente puntuación:
Grado R 20: 0,5 puntos.
Grado 20: 1 punto.
Grado 21: 1,5 puntos.
Grado 22: 3 puntos.
La Gerencia, a la vista de los méritos alegados y la
documentación aportada por los interesados, y una vez hechas la
actuaciones que considere oportunas, facilitará al Tribunal certificación
de los méritos alegados en los distintos apartados, para su
valoración por el Tribunal.
En el plazo máximo de dos meses, una vez finalizado el plazo
de presentación de solicitudes, el Tribunal publicará lista
provisional de aspirantes con la puntuación obtenida en los distintos
apartados de la fase de concurso. Transcurrido un plazo de diez
días para la presentación, en su caso, de reclamaciones, se
publicará la lista definitiva con la puntuación total de la fase de
concurso. Ambas listas serán publicadas en el Rectorado y en los
distintos Campus que integran la Universidad de Cádiz.
Fase de oposición.-Los dos ejercicios de la fase de oposición
se calificarán de cero a 10 puntos cada uno de ellos, siendo
necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de
10 puntos entre los dos ejercicios y obtener más de cero puntos
en cada uno de ellos. Las respuestas erróneas en el primer ejercicio
puntuarán negativamente.
La determinación del número de aspirantes que han superado
el proceso selectivo se realizará sumando la puntuación obtenida
en los dos ejercicios de la fase de oposición, de carácter
obligatorio, de acuerdo con las especificaciones del párrafo anterior,
y la puntuación obtenida en la fase de concurso.
El ejercicio optativo y de méritos se calificará de cero a tres
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 1,5 puntos para
sumar el resultado de este ejercicio al resultado total del proceso
selectivo. La puntuación de ejercicio, que tendrá efectos
únicamente para determinar el orden de prelación de los aspirantes
que han superado el proceso selectivo, se añadirá después de
realizada la suma descrita en el párrafo anterior.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición
y concurso y la del ejercicio optativo y de méritos, por aquellos
aspirantes que hayan superado el mencionado proceso. En caso
de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor
calificación obtenida en esta fase.
ANEXO II
Programa
I. Gerencia pública y organización de la Administración
1. La Administración participativa. La Administración por
objetivos: Dirección por objetivos y programación de proyectos.
Administración para la calidad. Los círculos de calidad. Otros
instrumentos de mejora de la calidad.
2. El factor humano en la organización. El grupo en la
organización: Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en
equipo. La motivación.
3. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma
de decisiones. Los conflictos en las organizaciones. La
negociación. El cambio organizacional. La resistencia al cambio.
4. Los servicios de información administrativa. Información
general y particular al ciudadano. Atención al público: Acogida
e información al ciudadano. Reclamaciones, quejas y peticiones.
La comunicación interna en las organizaciones.
II. Derecho Administrativo
1. La Administración Pública española. Los principios
constitucionales. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto
y clases. La Constitución. La Ley: Clases. Disposiciones
normativas con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto, naturaleza y
clases ; límites a la potestad reglamentaria. Otras fuentes del
Derecho Administrativo.
2. Las formas de actuación administrativa. Formas de gestión
de los servicios públicos: Gestión directa y gestión indirecta. La
concesión.
3. El dominio público: Concepto y elementos. Clasificación.
Régimen jurídico del dominio público y de los bienes patrimoniales
de la Administración.
4. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Antecedentes.
Estructura. Ámbito de aplicación. Modificación efectuada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
5. Relaciones entre las Administraciones Públicas. Órganos
de las Administraciones Públicas: Principios generales y
competencias. Órganos colegiados. Abstención y recusación.
6. Los interesados. La actividad de las Administraciones
Públicas: Normas generales.
7. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su
motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos. La ejecutoriedad. Revisión, anulación y revocación.
8. La responsabilidad de las Administraciones Públicas.
Consideraciones generales, presupuestos, requisitos temporales y
procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y personal.
9. El procedimiento administrativo: Concepto y clases. La
regulación del procedimiento administrativo en el Derecho
Administrativo español. Principios generales del procedimiento
administrativo.
10. Los sujetos del procedimiento administrativo. Iniciación
del procedimiento. Instrucción: Alegaciones, informes y prueba.
El trámite de audiencia.
11. El tiempo en el procedimiento administrativo: Términos
y plazos. Cómputo y alteración de los plazos. Terminación del
procedimiento administrativo. Los procedimientos administrativos
especiales en la legislación española.
12. Revisión de los actos. Revisión de oficio. Anulación y
revocación. Los recursos administrativos. Clases de recursos y
su regulación.
13. El procedimiento administrativo en vía de recursos.
Elementos subjetivos y objetivos: La interposición y sus efectos. Los
trámites. La terminación del procedimiento.
14. El recurso contencioso-administrativo: Significado y
características. Las partes: Capacidad, legitimación y postulación.
Actos impugnables.
III. Gestión de personal y Seguridad Social
1. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. La planificación de recursos humanos en las
Administraciones Públicas. La oferta de empleo pública. Los
planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo. Análisis,
descripción y valoración de puestos de trabajo. La formación del
personal.
2. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Ingreso en los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas.
La provisión de puestos de trabajo.
3. Situaciones de los funcionarios: Supuestos y efectos de
cada una de ellas.
4. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de
retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades: Regulación
general y excepciones.
5. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y tramitación.
6. Los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios.
Regulación. Concursos. El profesorado contratado. El personal
funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de
Cádiz: Su regulación en la Ley de Reforma Universitaria y en los
Estatutos.
7. El Derecho del Trabajo. Su especialidad y caracteres. Las
fuentes del Derecho del Trabajo. El personal laboral al servicio
de las Administraciones Públicas.
8. Los Convenios Colectivos de trabajo. Concepto, naturaleza
y régimen jurídico. Especial referencia al Convenio Colectivo del
Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
9. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza. Sujetos.
Forma. Contenido y régimen jurídico. Extinción. Modalidades del
contrato de trabajo.
10. Derecho sindical. La libertad sindical: Contenido. La
participación de los trabajadores en la empresa. Representación
sindical. Régimen electoral.
11. El sistema español de Seguridad Social. El Régimen
General. La acción protectora. Tipos y características de las
prestaciones. Campo de aplicación. Inscripción de empresas. Afiliación
de trabajadores. Altas y bajas. Cotización. Acción protectora.
Régimen jurídico de las prestaciones: Concepto, clases y caracteres.
12. El Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Funcionarios civiles del Estado. La MUFACE. Los derechos
pasivos. El mutualismo administrativo.
13. Prevención de riesgos laborales. Funciones y
competencias de la Administración. Obligaciones de los empresarios.
IV. Gestión financiera y contratación administrativa
1. Ley General Presupuestaria. El presupuesto, concepto y
clases. Su estructura. El ciclo presupuestario. El presupuesto de
la Universidad de Cádiz. Presupuesto por programas. Presupuesto
en base cero.
2. La Universidad de Cádiz. Créditos presupuestarios.
Modificaciones de los créditos iniciales. Gastos plurianuales. Anulación
de remanentes. Incorporación de créditos. Créditos
extraordinarios y suplementos de crédito. Anticipos de tesorería. Créditos
ampliables. Transferencias de crédito. Ingresos que generan
crédito. Remanentes de crédito.
3. Estado de ingresos del presupuesto. Ingresos presupuestos.
Créditos presupuestos y remanentes de crédito. Devoluciones de
ingreso. Minoraciones de ingreso. Contraído, formalización.
Tesorería, rentas públicas y gastos públicos.
4. La contabilidad pública y la planificación contable.
Concepto. Plan General de Contabilidad pública. Ámbito y contenido
del plan. Objetivos. Criterios de valoración. La cuenta general
del Estado.
5. La Universidad de Cádiz. Ordenación del gasto y
ordenación del pago: Órganos competentes, fases del procedimiento y
documentos contables que intervienen. Liquidación y cierre del
ejercicio. Control del gasto público. Clases. Especial referencia
del control de legalidad. La Cámara de Cuentas de Andalucía.
El Tribunal de Cuentas.
6. La Universidad de Cádiz. Gastos de personal. Gastos para
la compra de bienes y servicios. Gastos financieros. Gastos de
transferencia: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
7. La Universidad de Cádiz. Pagos: Concepto y clasificación.
Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos en firme y a
justificar. Justificación de libramientos. Sistemas de pago.
8. El sistema tributario español. Características. Estructura
del sistema de imposición directa. Obligaciones tributarias de la
UCA. El IRPF: Naturaleza, características, hecho imponible y
sujetos pasivos. Rentas exentas. Tratamiento de las retribuciones de
personal, becas y ayudas. Retenciones a cuenta del impuesto.
9. Estructura del sistema de imposición indirecta. El IVA:
Naturaleza y objeto. Tasas y exacciones parafiscales. Especial
referencia a la Ley de Tasas y Precios Públicos. Precios públicos de
servicios universitarios.
10. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio
de sus elementos. Perfección, formalización y extinción. La
revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento
de los contratos administrativos.
11. Tipos de los contratos administrativos. Contrato de obra.
Contrato de suministros. Contrato de gestión de servicios públicos.
Contrato de asistencia técnica, de servicio y para la realización
de trabajos concretos y no habituales en la Administración.
V. Gestión universitaria
1. La autonomía universitaria: Ley de Reforma Universitaria.
Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. El
gobierno de las Universidades. El Consejo de Universidades. El
estudio en la Universidad.
2. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (1). El régimen del profesorado universitario. Artículos 11
y 45. Los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos
Docentes Universitarios.
3. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (2). El régimen retributivo del profesorado universitario.
4. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (3). El acceso y permanencia en la Universidad. Los
procedimientos para el ingreso en los Centros universitarios.
5. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (4). La regulación de los estudios de Tercer Ciclo y Doctorado.
6. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (1). Naturaleza,
fines y estructura general de la Universidad de Cádiz. Los
Departamentos Universitarios: Constitución, competencias y órganos de
gobierno. Las Facultades y Escuelas Universitarias: Creación,
funciones y órganos de gobierno.
7. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (2). Los órganos
colegiados de gobierno en la Universidad de Cádiz. El Consejo
Social. El Claustro Universitario. La Junta de Gobierno.
8. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (3). Los órganos
unipersonales de gobierno. El Rector. Los Vicerrectores. El
Secretario general. El Gerente.
9. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (4). Docencia e
investigación. Los estudiantes.
10. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (5). La
Administración universitaria y los servicios. Los servicios universitarios.
Los servicios de asistencia a la comunidad universitaria.
VI. Informática
1. Utilización de un procesador de textos: "Word". Formato,
herramientas y tablas.
2. Utilización de una bases de datos: "Access". Tablas,
consultas e informes.
3. Utilización de una hoja de cálculo: "Excel". Formato,
herramientas, datos y gráficos. Fórmulas.
4. Utilización de Internet: Navegadores. Consulta de
información.
5. Correo electrónico. Recepción y envío de mensajes
electrónicos. Buzones. Remisión de ficheros ligados.
ANEXO III
Tribunal calificador
El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes
miembros.
Titulares:
Presidente: Don Miguel Checa Martínez, del Cuerpo de
Profesores Titulares de Universidad.
Secretaria: Doña Candelaria Gallardo Plata, de la Escala de
Gestión de la Universidad de Cádiz.
Vocales: Don Diego Torres Rodríguez, Técnico de la
Administración Local ; don Luis Barrios Tato, Profesor titular de la
Universidad de Cádiz, y don José Paz Blanco, de la Escala de Gestión
de la Universidad de Cádiz.
Suplentes:
Presidente: Don Luis Miguel Arroyo Llanes, del Cuerpo de
Catedráticos de Escuela Universitaria.
Secretario: Don José M. Sáez Romero, de la Escala de Gestión
de la Universidad de Cádiz.
Vocales: Doña Mercedes Zájara Espinosa, Técnica de la
Administración de la Seguridad Social ; don José Palao Sánchez, de
la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz, y don
José Luis Marcos Vara, de la Escala Técnica de Gestión,
especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.
ANEXO IV
Don .................................................................,
con domicilio en .......................................................,
y con documento nacional de identidad número.....................
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala ....................., que no ha sido
separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y
que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
En ....................., a....... de ................. de 2000.
ANEXO V
Solicitud de valoración en fase de concurso
Don/doña ......................................., con documento nacional de identidad número ....................., participante en el
proceso selectivo convocado por la Universidad de Cádiz para ingreso en la Escala de Gestión, solicita le sea expedida certificación sobre
los períodos de tiempo trabajados que se indican a continuación, de acuerdo con lo establecido en las bases de convocatoria, para
su valoración en la fase de concurso.
Antigüedad:
Escala/categoría Admón./Organismo Fecha inicio Fecha fin
.................................. ................................................................................... ................ ................
.................................. ................................................................................... ................ ................
.................................. ................................................................................... ................ ................
.................................. ................................................................................... ................ ................
Experiencia:
Puestos desempeñados Nivel Fecha inicio Fecha fin
.................................. ................................................................................... ................ ................
.................................. ................................................................................... ................ ................
.................................. ................................................................................... ................ ................
.................................. ................................................................................... ................ ................
(En caso necesario, seguir al dorso.)
Puesto de trabajo desempeñado: ......................................................................................... Nivel: .................
Grado consolidado: .................................................................................................................................
Nivel de formación académica: .....................................................................................................................
(indicar la máxima titulación que se posea)
Duración
en horasCurso de formación (1) (denominación) Impartido (I)/Recibido (R) Fecha de realización Organismo convocante
.................................. ............ ................................. ................................. ..................................
.................................. ............ ................................. ................................. ..................................
.................................. ............ ................................. ................................. ..................................
.................................. ............ ................................. ................................. ..................................
(En caso necesario, seguir al dorso.)
(1) Los cursos alegados deberán ser relacionados y justificados documentalmente, excepto los realizados dentro del Plan de Formación de la UCA que únicamente
deberán ser relacionados.
En Cádiz, a .......... de ................................... de 1999
Comprobado y conforme,
El Jefe de Servicio de Personal
Fdo.: ...................................
Fdo. Armando Moreno Castro
ANEXO VI (ver imagen página 5295).
INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO
Instrucciones generales:
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta.
Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en todos los ejemplares.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o tachaduras.
No escriba en los espacios sombreados o reservados.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares:
1. Cuerpo. Consigne el texto y, en su caso, el código del Cuerpo o Escala que figura en la correspondiente convocatoria.
2. Especialidad, área o asignatura. Consigne, cuando proceda, el texto y el código de la convocatoria.
3. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula tomando la que corresponda con arreglo a la siguiente clave:
Letra Forma de acceso
L Libre.
R Promoción interna.
P Libre con puntuación en fase de concurso.
4. Provincia de examen: Consigne el texto y, en su caso, el código que figura en la convocatoria.
5. Minusvalía: Marcar con X.
Consigne en la LIQUIDACIÓN el importe de los derechos de examen y número de la cuenta corriente que se indica en la convocatoria,
ya que es un impreso autoliquidativo.
La presente instancia deberá entregarse en el lugar señalado en la convocatoria.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril