Visto el expediente de indulto de doña Custodia Silva Silva, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Decimoséptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de 27 de mayo de 1999, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a doña Custodia Silva Silva la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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