Visto el expediente de indulto de don Luis Javier Díaz Aparicio, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en sentencia de fecha 5 de diciembre de 1999, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra otra de la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid, de fecha 14 de abril de 1998, como autor de un delito de homicidio, a la pena de doce años y un día de prisión con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Luis Javier Díaz Aparicio la pena privativa de libertad y accesoria de inhabilitación absoluta impuestas, por otra única de dos años de prisión a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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