Visto el expediente de indulto de don Javier Amigo Pérez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santander, en sentencia de fecha 1 de abril de 1998, como autor de un delito de negativa a la prestación del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de diez años, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Javier Amigo Pérez la pena privativa de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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