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Documento BOE-A-2000-24243

Resolución de 9 de noviembre de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por "Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima": Embalaje combinado, marca y modelo "CC32", para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 2000, páginas 46422 a 46424 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-24243

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Jonqueres, 18, 5.a planta, de Barcelona, para la homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por «Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Barcelona: Embalaje combinado, marca y modelo «CC32», para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, «ICICT, Sociedad Anónima», mediante informe, certificado y actas con clave VC.BB.33007982/00, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-H-782 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado la que se indica a continuación:

Marca y modelo: «CC32».

Características y productos autorizados a transportar: Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes del 9 de noviembre de 2002 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 9 de noviembre de 2000.−El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima», calle Jonqueres, 18, 5.ª planta, 08003 Barcelona.

Nombre EIC y número de informe EIC: «ICICT, Sociedad Anónima», BB.VC.33007982/00.

Contraseña homologación:

ADR H-02782-11
RID/IMDG/OACI 02-H-782

Características del envase/embalaje:

Envase interior: Botellas cuadradas de PEHD color natural, de tapa fija de 2,5 litros de capacidad nominal y 2,786 litros de capacidad máxima, altura 283 mm y sección 127 × 127 mm, con tapón roscado de polietileno. Número de envases interiores: 4 colocados en un solo piso.

Embalaje exterior:

Caja tipo 0201 (B-1) de cartón ondulado doble-doble, canales B y C. Caja impresa: «Panreac Química, Sociedad Anónima», referencia CC32.

Dimensiones exteriores: 270 × 270 × 305 mm.

Peso de la caja vacía: 500 g.

Gramaje total del cartón: 830 g/m2.

Composición del cartón: K 130/F 130/B 140/F 130/K 130.

Separador de cartón ondulado DD, canal C. Peso: 63. Gramaje: 449 g/m2.

Camisa de cartón ondulado DC. Peso: 124 g. Gramaje: 460 g/m2 Peso bruto de la caja llena: 21 kg.

Marcado: UN/4G/Y 21 /S/*/E/**/H-02782-11.

* Año de fabricación.

** Anagrama de «Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima» (C).

MATERIAS A TRANSPORTAR

ADR/RID:

Clase 3: Materias líquidas inflamables.

Apartados: Materias líquidas de los apartados b) y c) del marginal 2301 del ADR y del marginal 301 del RID.

Excepciones: Nitroglicerina en disolución alcohólica del apartado 6.º

Propilenimina inhibida del 12.º Isocianato de etilo del 13.º

Para el transporte de materias de los apartados 31.º c), 32.º c) y 33.º c), que desprendan pequeñas cantidades de dióxido de carbono y/o nitrógeno, los envases irán provistos de venteo.

Clase 5.1: Materias comburentes.

Apartados: Materias líquidas de los apartados b) y c) del marginal 2501 del ADR y del marginal 501 del RID.

Excepciones: Materias de 5.º

Nitrato amónico del 20.º

Nitrito amónico y sus soluciones acuosas.

Mezclas de un nitrito inorgánico con una sal de amonio.

Para el transporte de materias de los apartados 1.º b), y/o 1.º c), los envases irán provistos de respiradero.

Clase 5.2: Peróxidos orgánicos.

Apartados: Peróxidos orgánicos líquidos que no requieran regulación de temperatura tipo B, C, D, E y F del marginal 2551 del ADR que requieran Métodos de Embalaje OP4, OP5, OP6, OP7 y OP8.

Clase 6.1: Materias tóxicas.

Apartados: Materias líquidas de los apartados b) y c) del marginal 2601 del ADR y del marginal 601 del RID.

Excepciones: Cianuro de hidrógeno del 1.º

Soluciones de cianuro de hidrógeno del 2.º

Ferropentacarbonilo y niqueltetracarbonilo del 3.º

Etilenimina inhibida del 4.º Isocianato de metilo del 5.º

Clase 8: Materias corrosivas.

Apartados: Materias líquidas de los apartados b) y c) del marginal 2801 del ADR y del marginal 801 del RID. Excepciones: Materias del 6.º Bromo y bromo en solución del 14.º Galio del 65.º c).

Mercurio del 66.º c).

Oxibromuro de fósforo fundido del 15.º

Clase 9: Materias y objetos peligrosos diversos.

Apartados: Materias líquidas de los apartados b) y c) del marginal 2901 del ADR y del marginal 901 del RID.

Excepciones: Materias del apartado 20.º c).

IMO/IMDG:

Clase 3: Materias líquidas inflamables.

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje II y III.

Excepciones: Número ONU 1131, 2983, 1194, 1308, 1222, 3343, 3256, 3064, 1865, 1261.

Clase 5.1: Materias comburentes.

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje II y III.

Excepciones: Número ONU 1873, 2426, 1745, 1746, 2626, 3149, 2014, 2015, 2495, 1491, 1510.

Soluciones de bromato amónico.

Soluciones de clorato amónico.

Soluciones de nitrito amónico.

Soluciones de nitrito de zinc.

Soluciones de permanganato amónico.

Clase 5.2: Peróxidos orgánicos.

Peróxidos orgánicos líquidos de tipo B, C, D, E y F que requieran métodos de embalaje OP4A, OP5A, OP6A, OP7A y OP8A.

Clase 6.1: Materias tóxicas.

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje II y III.

Excepciones: Número ONU 1569, 1694, 3250, 1600, 1892, 3281, 1899.

Clase 8: Materias corrosivas.

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje II y III.

Excepciones: Número ONU 3301, 3094, 2576, 3244, 2809, 1791.

Clase 9: Materias y objetos peligrosos diversos.

Materias líquidas que requieren grupo de embalaje III con los siguientes números ONU: 1841, 1990, 1941, 3082.

IATA/OACI:

Clase 3: Materias líquidas inflamables.

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 303, 305, 307, 308 (sólo números ONU 1154, 1184, 1277, 1278, 1279, 2493), 309, Y309, 310.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14, lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 5.1: Materias comburentes.

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 505, 507, 514, 515.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14, lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 5.2: Peróxidos orgánicos.

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 502 (sólo números ONU 3107, 3109).

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14, lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 6.1: Materias tóxicas.

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 605 (sólo números ONU 1593, 1710, 1897, 1935, 2024, 2831), 611, 612 (sólo números ONU 1593, 1638, 1702, 1710, 1846, 1888, 1897, 1935, 2024, 2831), 617, 618.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14, lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 8: Materias corrosivas.

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 812, 813 (sólo números ONU 1719, 1724, 1728, 1740, 1747, 1753, 1762, 1763, 1766, 1767, 1769, 1771, 1781, 1784, 1791, 1799, 1800, 1801, 1802, 1803, 1804,

1810, 1811, 1814, 1816, 1824, 1830, 1832, 1837, 1906, 1940, 2435, 2439, 2502, 2672, 2677, 2679, 2681, 2790, 2796, 2797, 2817, 2837), 818, 819, 1820, 1821.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14, lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 9: Materias y objetos peligrosos diversos.

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 907, 914.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14, lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

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