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Documento BOE-A-2000-24252

Resolución de 15 de noviembre de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por "Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima": Embalaje combinado, marca y modelo "CC-33", para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 2000, páginas 46436 a 46438 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-24252

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña la solicitud presentada por «Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima», con domicilio social en la calle Jonqueres, 18, municipio de Barcelona, para la homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por «Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Torrelavit (Barcelona): Embalaje combinado, marca y modelo «CC-33», para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave BB.VC.33007980/00, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-H-783 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «CC-33».

Características y productos autorizados a transportar: Los indicados en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas; por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes del 15 de noviembre de 2002 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 15 de noviembre de 2000.‒El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «Meditérraneo Cartón, Sociedad Anónima», calle Jonqueres, 18, quinta planta, 08003 Barcelona.

Nombre EIC y número de informe EIC: «ICICT, Sociedad Anónima», BB.VC.33007980/00.

Contraseña homologación:

ADR H-02783-11
RID/IMDG/OACI 02-H-783

Características del envase/embalaje:

Envase interior:

Seis envases interiores de 1 litro de capacidad cada uno, colocados en un solo piso indistintamente.

Botellas cuadradas de PEHD color blanco, de tapa fija, de 1,270 litros de capacidad máxima, altura 226 milímetros y sección 93 × 93 milímetros, con tapón roscado de polietileno.

Botellas redondas de plástico coextrusionado PEHD/PA, de 1,169 litros de capacidad máxima, altura 240 milímetros y diámetro 86,8 milímetros. Botellas redondas de aluminio, de 1,167 litros de capacidad máxima, altura 237 milímetros y diámetro 88 milímetros.

Embalaje exterior:

Caja tipo 0201 (B-1) de cartón ondulado doble-doble, canales B y C.

Caja impresa: «Panreac Química, Sociedad Anónima». Referencia: CC33.

Dimensiones exteriores: 305 × 208 × 260 milímetros. Peso de la caja vacía: 500 gramos.

Gramaje: 803 gramos/metro cuadrado.

Composición del cartón: K 130/F 130/B 140/F 130/K 130.

Separador de cartón ondulado DC. Peso: 71. Gramaje: 455 gramos/metro cuadrado.

Camisa de cartón ondulado DC. Peso: 185 gramos. Gramaje: 800 gramos/metro cuadrado.

Peso bruto de la caja llena:

9 kilogramos (grupo de embalaje I), 13 kilogramos (grupo de embalaje II).

Marcado:

UN 4G/X 9/S/*/E/**/H-02783-11.

UN 4G/Y 13/S/*/E/**/H-02783-11.

* Año de fabricación.

** Anagrama de «Mediterráneo Cartón, Sociedad Anónima» ( ∩∩C).

Materias a transportar:

ADR/RID

Clase 3: Materias líquidas inflamables:

Apartados: Materias líquidas de los apartados a), b) y c) del marginal 2301 del ADR y del marginal 301 del RID.

Excepciones:

Nitroglicerina en disolución alcohólica del apartado 6.o

Propilenimina inhibida del 12.o

Isocianato de etilo del 13.o

Para el transporte de materias de los apartados 31.oc), 32.oc) y 33.oc) que desprendan pequeñas cantidades de dióxido de carbono y/o nitrógeno, los envases dispondrán de venteo.

Clase 5.1: Materias comburentes:

Apartados: Materias líquidas de los apartados a), b) y c) del marginal 2501 del ADR y del marginal 501 del RID.

Excepciones:

Materias del 1.oa).

Materias del 5.o

Nitrato amónico del 20.o

Nitrito amónico y sus soluciones acuosas.

Mezclas de un nitrito inorgánico con una sal de amonio.

Para el transporte de materias de los apartados 1.ob) y/o 1.oc), los envases dispondrán de venteo.

Clase 5.2: Peróxidos orgánicos:

Apartados: Peróxidos orgánicos líquidos que no requieran regulación de temperatura tipo B, C, D,EyF del marginal 2551 del ADR que requieran métodos de embalaje OP4, OP5, OP6, OP7 y OP8.

Clase 6.1: Materias tóxicas:

Apartados: Materias líquidas de los apartados a), b) y c) del marginal 2601 del ADR y del marginal 601 del RID.

Excepciones:

Cianuro de hidrógeno del 1.o

Soluciones de cianuro de hidrógeno del 2.o

Ferropentacarbonilo y niqueltetracarbonilo del 3.o

Etilenimina inhibida del 4.o

Isocianato de metilo del 5.o

Clase 8: Materias corrosivas:

Apartados: Materias líquidas de los apartados b) y c) del marginal 2801 del ADR y del marginal 801 del RID.

Excepciones:

Materias del 6.o

Bromo y bromo en solución del 14.o

Galio del 65.oc).

Mercurio del 66.oc).

Oxibromuro de fósforo fundido del 15.o

Clase 9: Materias y objetos peligrosos diversos:

Apartados: Materias líquidas de los apartados 2.ob) 11.oc), 33.oc) y 34.oc) del marginal 2901 del ADR y del marginal 901 del RID.

IMO/IMDG:

Clase 3: Materias líquidas inflamables.

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje I, II y III.

Excepciones: Número ONU 1131, 2983, 1194, 1308, 1222, 3343, 3256, 3064, 1865, 1261.

Clase 5.1: Materias comburentes:

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje I, II y III.

Excepciones:

Número ONU 1873, 2426, 1745, 1746, 2626, 3149, 2014, 2015, 2495, 1491, 1510.

Soluciones de bromato amónico.

Soluciones de clorato amónico.

Soluciones de nitrito amónico.

Soluciones de nitrito de zinc.

Soluciones de permanganato amónico.

Número ONU 3139, 3098, 3099 en envases metálicos.

Clase 5.2: Peróxidos orgánicos:

Peróxicos orgánicos líquidos de tipo B y C que requieran métodos de embalaje OP4A, OP5A, OP6A, OP7A y OP8A, sólo envases de PEHD y plástico coextrusionado.

Peróxidos orgánicos líquidos de tipo D, E y F que requieran métodos de embalaje OP4A, OP5A, OP6A, OP7A y OP8A, en envases de PEHD, plástico coextrusionado y aluminio.

Clase 6.1: Materias tóxicas:

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje I, II y III.

En envases de metal, sólo número ONU 1541, 1092, 1098, 2334, 1163, 1595, 1182, 2407, 1647, 1238, 1239, 1244.

Excepciones: Número ONU 1569, 1694, 1580, 1613, 3250, 1889, 2249, 1600, 1698, 1699, 1892, 1051, 1614, 3294, 1994, 3281, 2480, 1649, 1259, 3243, 1693, 3213, 1701, 2312, 1672, 2740.

Clase 8: Materias corrosivas:

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje I, II y III. Excepciones: Número ONU 2604, 1744, 3301, 3094, 1052, 1791, 2032, 1798, 2576, 2879, 3244, 1828, 3032, 1831, 1834, 1836, 2699, 2444, 3301, 2809.

En botella de aluminio, número ONU 2803.

Clase 9: Materias y objetos peligrosos diversos:

Materias líquidas que requieran grupo de embalaje III con los siguientes números ONU 1841, 1990, 1941, 3082.

IATA-OACI:

Clase 3: Materias líquidas inflamables:

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 302, 303, 304 (plástico coextrusionado y PEHD, sólo números ONU 1196, 1250, 1723; aluminio sólo números ONU 1089, 1302, 2356*, 2371, 2456*, 2481, 2483), 305, 306 (plástico coextrusionado y PEHD, sólo 1154, 1184, 1204, 1277, 1279, 2478, 2486, 2493; aluminio, sólo números ONU 1111, 1167, 1184, 1228, 2270, 2347, 2356*, 2360, 2371, 2402, 2456*, 2478, 2486), 307, 308 (plástico coextrusionado y PEHD, sólo números ONU 1154, 1184, 1204, 1277, 1278, 1279, 2478, 2486, 2493; aluminio, sólo números ONU 1111, 1167, 1184, 1228, 2270, 2347, 2360, 2363, 2402, 2478, 2486), 309, Y309, 310.

* Si no reaccionan con el aluminio.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14 lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 5.1: Materias comburentes:

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 500 (en plástico coestrusionado o PEHD, números ONU 3107, 3109), 501 (en plástico coextrusionado o PEHD, número ONU 1873), 502 (en plástico coextrusionado o PEHD), 503, 505, 506 (en plástico coextrusionado o PEHD, números ONU 2429, 3210, 3211; en aluminio, número ONU 2014), 507 (en plástico coextrusionado o PEHD), 514, 515.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14 lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 5.2: Peróxidos orgánicos:

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 502 (en plástico coextrusionado o PEHD).

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14 lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 6.1: Materias tóxicas:

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 603, 604, 605 (en plástico coextrusionado o PEHD, números ONU 1541, 1593, 1710, 1897, 1935, 2024, 2485, 2381; en aluminio, números ONU 1593*, 1710*, 1897*, 2485, 2831*), 609, 610 (en plástico coextrusionado o PEHD, números ONU 1638, 1702, 1750, 1846, 1888; en aluminio, 1702*, 1846*, 1888*, 2574, 3071), 611, 612 (en plástico coextrusionado o PEHD, números ONU 1593, 1638, 1702, 1710, 1737, 1738, 1750, 1846, 1888, 1897, 1916, 1935, 2024, 2474, 2788, 2831; en aluminio, números ONU 1545, 1593*, 1702*, 1710*, 1846*, 1888*, 1897*, 2574, 2831*, 3071), 617 (en plástico coextrusionado o PEHD), 618, 620 (en plástico coextrusionado o PEHD).

* Si no reaccionan con el aluminio.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14 lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 8: Materias corrosivas:

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 808, 809 (en plástico coextrusionado o PEHD, números ONU 1719, 1739, 1740, 1774, 1791, 1803, 1811, 1814, 1828, 1830, 1940, 2401, 2439, 2604, 2677, 2679, 2681, 2699, 2796, 2797, 2817, 2837, 3320; en aluminio, números ONU 1715*, 1777*, 1828*, 2401*, 2604, 2789*, 2790*), 812, 183 (en plástico coextrusionado o PEHD, números ONU 1719, 1724, 1728, 1740, 1747, 1753, 1762, 1763, 1766, 1767, 1769, 1771, 1781, 1784, 1791, 1799, 1800, 1801, 1802, 1803, 1804, 1810, 1811, 1814, 1816, 1824, 1830, 1832, 1837, 1906, 1940, 2435, 2439, 2502, 2672, 2677, 2679, 2681, 2790, 2796, 2797, 2817, 2837; en aluminio, números ONU 1715*, 1732*, 2029*, 2789*, 2790*), 818, 819 (en plástico coextrusionado o PEHD), 820, 821 (en plástico coextrusionado o PEHD).

* Material anticorrosivo.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14 lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Clase 9: Materias y objetos peligrosos diversos:

Materias líquidas que requieran instrucciones de embalaje: 907, Y907, 914, Y914.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14 lista de mercancías peligrosas, para el transporte en aeronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

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