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Documento BOE-A-2000-24472

Orden de 18 de diciembre de 2000 por la que se deja sin efecto la Orden de 5 de junio de 2000 por la que se avocan determinadas competencias de los Secretarios de Estado y se delega la firma en el Director general de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2000, páginas 46853 a 46853 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-24472
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2000/12/18/(10)

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 5 de junio de 2000 dispone la avocación por el titular del Departamento de las competencias atribuidas a los Secretarios de Estado en el artículo 17.1 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992, en lo que respecta a la autorización y disposición de gastos, correspondientes a la suprimida Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales, con cargo a los capítulos 4 y 7 de las secciones 32 y 33 del Presupuesto de Gastos del Estado, así como para reconocer las obligaciones y proponer los pagos.

Asimismo la citada Orden dispone delegar la firma de las resoluciones y actos administrativos que generen los expedientes que se tramiten en el ejercicio de las citadas competencias en el Director general de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial.

La citada Orden de avocación fue dictada, con carácter excepcional y transitorio, en tanto se produjera la regulación definitiva de la estructura del Ministerio y la atribución de competencias a sus diversos órganos, precisándose a qué órganos superiores y directivos del Departamento corresponderían las competencias concretas otrora atribuidas a la extinguida Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales dependientes de la Secretaría de Estado de Hacienda, toda vez que las competencias de aquel órgano se distribuyeron entre las Secretarías del Estado de Presupuestos y Gastos y de Hacienda, así como en órganos superiores y directivos de ellas dependientes del Ministerio de Hacienda, por el Real Decreto 689/2000, de 12 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica básica del Departamento.

Expedido el Real Decreto 1330/2000, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, se ha concretado la atribución de competencias de las Secretarías de Estado de Hacienda y de Presupuestos y Gastos y de Hacienda, así como de la Secretaría General de Política Fiscal Territorial y Comunitaria y de la Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial, en lo que concierne a las actuaciones en relación con las haciendas territoriales, por lo que han desaparecido las circunstancias que hicieron necesaria la avocación de competencias y la delegación de firma acordadas por la Orden de 5 de junio de 2000.

En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 14 y 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he dispuesto:

Primero.-Dejar sin efecto la Orden 5 de junio de 2000 por la que se avocan por el Ministro de Hacienda determinadas competencias atribuidas a los Secretarios de Estado de Hacienda y Presupuestos y Gastos, así como se delega la firma para la suscripción de determinados actos en el Director general de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial.

Segundo.-La presente Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 18 de diciembre de 2000.

MONTORO ROMERO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/12/2000
  • Fecha de publicación: 30/12/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 31/12/2000
  • Efectos desde el 31 de diciembre de 2000.
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial
  • Ministerio de Hacienda
  • Secretaría de Estado de Hacienda

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