Por Orden de 25 de agosto de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"
de 9 de septiembre) y Orden de 9 de septiembre de 1999 ("Boletín
Oficial del Estado" del 20), por la que se corrigen errores en
aquélla, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos
de trabajo, vacantes en el Departamento, siendo modificado el
contenido de su base cuarta, dándole nueva redacción al punto
1 de la misma, en Orden de 11 de noviembre de 1999 ("Boletín
Oficial del Estado" del 17).
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias
y a las bases de la convocatoria, una vez finalizado el plazo de
presentación de instancias, vistas las solicitudes presentadas, la
valoración de los méritos alegados y la propuesta elaborada por
la correspondiente Comisión de Valoración sobre los puestos de
trabajo a adjudicar,
Este Ministerio acuerda resolver el citado concurso de
conformidad con los siguientes puntos:
Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que
se relacionan en el anexo I a los funcionarios que se mencionan
en el mismo.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el citado anexo.
Tercero.-La toma de posesión de los destinos adjudicados se
realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo.
Cuarto.-Contra la presente Orden y los actos derivados de
la misma, que ponen fin a la vida administrativa, cabe interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de
un mes, a partir de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
ante el órgano que dictó la Orden, en los términos previstos en
los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero,
o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.A) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 28 de enero de 2000.-P. D. (Orden de 29 de octubre
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 6 de noviembre), el
Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Oficial Mayor.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 5790 a 5811).
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