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Documento BOE-A-2000-2590

Resolución de 31 de enero de 2000, de la Dirección General de Agricultura, por la que se conceden nuevos títulos de productores de semillas con carácter provisional y la anulación de concesión provisional a dos entidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2000, páginas 5903 a 5903 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2000-2590

TEXTO ORIGINAL

Según lo dispuesto en los artículos séptimo y octavo de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero, los artículos séptimo y octavo del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero, modificado por el Real Decreto 646/1986, de 21 de marzo, las condiciones que se fijan en el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por la Orden de 23 de mayo de 1986, modificada por las Órdenes de 26 de noviembre de 1986, de 16 de julio de 1990, de 13 de julio de 1992 y de 10 de octubre de 1994, así como en los Reglamentos Técnicos de Control y Certificación correspondientes a las distintas especies, y teniendo en cuenta lo establecido en la Orden de 30 de noviembre de 1974, sobre delegación de la facultad de concesión de autorizaciones de productores de semillas con carácter provisional, así como lo dispuesto en los diferentes Decretos de Transferencia de Funciones a las Comunidades Autónomas, relativo a los informes preceptivos, y tras estudiar la documentación aportada y los informes presentados por las Comunidades Autónomas afectadas, he tenido a bien resolver:

Uno. Se concede el título de Productor Multiplicador de Semillas de Cereales, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a las siguientes persona y empresas:

Don Luis Sadornil Castrillo, de Sasamón (Burgos).

«Cereales Astigi Sociedad Agraria de Transformación», de Écija (Sevilla).

«Cuesta Cuesta, Sociedad Limitada», de La Victoria (Córdoba).

Dos. Se concede el título de Productor Multiplicador de Semillas de Leguminosas de Grano, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a la siguiente persona:

Don Luis Sadornil Castrillo, de Sasamón (Burgos).

Tres. Se concede el título de Productor Seleccionador de Semillas de Cereales, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a las siguientes personas:

«Semillas Sutter, Sociedad Limitada», de Sevilla.

«Internatium Company Seeds, Sociedad Limitada», de Zaragoza.

Cuatro. Se concede el título de Productor Seleccionador de Semillas de Plantas Oleaginosas, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a las siguientes empresas:

«Semillas Sutter, Sociedad Limitada», de Sevilla.

«Internatium Company Seeds, Sociedad Limitada», de Zaragoza.

Cinco. Se concede el título de Productor Seleccionador de Semillas de Plantas Textiles, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a la empresa:

«Semillas Sutter, Sociedad Limitada», de Sevilla.

Seis. Se concede el título de Productor Seleccionador de Semillas de Leguminosas de Grano, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a las empresas:

«Semillas Sutter, Sociedad Limitada», de Sevilla.

«Eurosemillas, Sociedad Anónima», de Córdoba.

Siete. Se concede el título de Productor Seleccionador de Semillas de Plantas Forrajeras, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a la empresa:

«Internatium Company Seeds, Sociedad Limitada», de Zaragoza.

Ocho. Se concede el título de Productor Multiplicados de Semillas de Leguminosas de Grano, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a la empresa:

«Semillas Manchuela, Sociedad Limitada», de El Peral (Cuenca).

Nueve. Se anula la concesión de título de Productor Multiplicador de Semillas de Cereales a la empresa:

«Félix Callejo, Sociedad Anónima», de Sotillo de la Ribera (Burgos).

Diez. Se anula la concesión de los títulos de Productor Multiplicador de Semillas de Cereales y de Leguminosas de Grano a la empresa:

«Ibérica de Semillas y Fertilizantes, Sociedad Limitada», de Mérida (Badajoz).

Once. Las concesiones, a que hacen referencia los apartados anteriores, quedan condicionadas a que las entidades cumplan con el calendario de ejecución de obras e instalaciones como, asimismo, contar con los medios humanos que indican en los documentos que acompañan a las solicitudes presentadas.

Madrid, 31 de enero de 2000.–El Director general, Rafael Milán Díez. 

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