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Documento BOE-A-2000-2662

Resolución de 4 de noviembre de 1999, de la Dirección General de Patrimonio y Museos, de la Consejería de Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de monumento, el inmueble correspondiente a iglesia parroquial, localizado en Mota de Altarejos (Cuenca).

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2000, páginas 6067 a 6068 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2000-2662

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes, esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:

Primero.

Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble que se describe en el anexo.

Segundo.

Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Patrimonio y Museos (plaza Cardenal Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.

Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.

Hacer saber al Ayuntamiento de Mota de Altarejos (Cuenca), que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble, o en su entorno, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión de Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Patrimonio y Museos).

Quinto.

Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Sexto.

Promover la publicación del presente acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 4 de noviembre de 1999.–El Director general, Rafael López Martín de la Vega.

ANEXO

Descripción histórico-artística

La iglesia románica sita en el municipio de Mota de Altarejos (Cuenca), está bajo la advocación de San Lorenzo Mártir, patrón del pueblo, situándose en el extremo norte del poblado y en su cota más alta.

Consta de una sola nave única en planta rectangular, con cabecera de planta cuadrada, y arco de medio punto con moldura en intradós. Vigas tirantes y cubierta de artesa.

Cuerpo añadido de sacristía en la fachada meridional, en la zona ocupada por el antiguo presbiterio y portada de ingreso en esa misma fachada.

El arco triunfal de medio punto moldurado, de gusto renacentista y de époco de la ampliación, apoya sobre gruesos pilares redondos que presentan un alto plinto. A los pies se sitúa el coro con baranda de madera de balaustres, y bajo él existen dos pequeños habitáculos, uno de ellos utilizado como presbiterio.

De la iglesia original románica se conserva parte de los muros de la nave con su remate de canecillos y la portada de ingreso.

El edificio sufrió una reforma en la que se sustituyó la cabecera original, que estaría compuesta de un ábside semicircular y presbiterio, añadiéndose el cuerpo de la sacristía y alargándose ligeramente la nave en la zona de los pies. Se construyó la actual espadaña, aunque su estructura plenamente románica se conserva intacta.

El edificio está construido en mampostería con remates de sillar en las esquinas y parte inferior y superior de la espadaña, si bien toda la parte original románica está construida en piedra arenisca.

El vuelo de los aleros tenía cornisa de piedra sobre una serie de canecillos lisos anacelados de frente rectangular, recortados por escocia, en los muros de las naves.

Los muros de la cabecera, así como el muro norte, son ciegos; se puede observar el cambio de fábrica que se produce al iniciarse en la cabecera reformada, y en ambos muros de la nave, se conservan las esquinas de sillar del antiguo presbiterio.

En el exterior, la portada situada en el muro sur, es una portada protogótica que se resuelve con dos arquivoltas abovedadas lisas de arco ligeramente apuntado, y apoyada en cornisa biselada, que en el frente se decora con un recercado de puntos de diamante.

La espadaña situada a los pies, se estructura en dos cuerpos: El inferior, sobre zócalo de sillar, presenta a media altura una pequeña ventana adintelada y en su parte superior disminuye en anchura para dar paso al segundo cuerpo, todo de sillar, con remate triangular y dos huecos para campanas y uno más pequeño para campanil.

Conserva en orfebrería varios cálices, relicario e incensario de plata con gallones de resalte.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente a iglesia parroquial, localizada en Mota de Altarejos (Cuenca).

Área de protección

Vendría definida por:

Manzana: 91510, parcelas 1, 2, 3, 5, 6 y 7.

Manzana: 91512, parcelas 1, 2, 3 y 4.

Manzana: 91513, parcelas 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

Manzana: 91514, completa.

Manzana: 91515, parcelas 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

Manzana: 91516, parcelas 1, 2, 3 y 4.

Manzana: 92517, parcelas 1, 2, 3, 4, 8 y 9.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de patrimonio histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

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