Estando vacante una plaza de Letrado, con destino en Madrid,
el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
del día 26 de enero de 2000, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 145, 146 y 148 de la Ley Orgánica 6/1985, de
1 de julio, y en los artículos 120, 133 y concordantes del
Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, aprobado
por Acuerdo de 22 de abril de 1986 ("Boletín Oficial del Estado"
número 107, de 5 de mayo), ha acordado convocar concurso de
méritos para la provisión del puesto de trabajo que se describe
en el anexo I.
El concurso se regirá por las siguientes normas:
Primera.-Quienes deseen tomar parte en el mencionado
concurso dirigirán instancia al excelentísimo señor Presidente de este
Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar
relación de méritos y circunstancias que en ellos concurran, así
como su justificación documental. Las instancias deberán
presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", en el Registro General del propio Consejo
(calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en
los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la
Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segunda.-Podrán optar al puesto de Inspector Delegado los
miembros de la Carrera Judicial que hubieren alcanzado la
categoría de Magistrados y hayan computado, al menos, cinco años
de servicios en aquélla.
Tercera.-El concurso se resolverá por el Pleno del Consejo
General del Poder Judicial apreciando libre y discrecionalmente
los méritos y circunstancias de los solicitantes. Si el Pleno del
Consejo entendiere que los solicitantes no reúnen las condiciones
de idoneidad y aptitud precisas para el cargo podrá declarar el
concurso desierto.
Cuarto.-El concursante al que se adjudique el puesto
convocado quedará en la situación de servicios especiales, prevista en
los artículos 146.3 y 352.b) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, prestará sus funciones durante el plazo de dos años,
prorrogable por períodos anuales, a que se refiere el artículo 146.1
de la citada norma, y estará sometido al Reglamento de
Organización y Funcionamiento del Consejo.
Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de
seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa
de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso
de no efectuarlo.
Madrid, 26 de enero de 2000.-El Presidente del Consejo
General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
ANEXO I
Denominación del puesto: Inspector Delegado. Localización:
Madrid. Nivel de destino: 30. Complemento específico: 6.305.604
pesetas anuales. Adscripción: Carrera Judicial-Magistrados.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid