Por Orden del Ministerio de Fomento de 16 de junio de 1999
fueron nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo de
Ingenieros Navales los aspirantes aprobados en las correspondientes
pruebas selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.7
y anexo I de la convocatoria de las pruebas selectivas, aprobada
por Orden del Ministerio de Fomento de 9 de julio de 1998
("Boletín Oficial del Estado" del 28), procede el nombramiento de
funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de
28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre),
de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta
de la Subsecretaría del Ministerio de Fomento, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de
Ingenieros Navales a los aspirantes aprobados que se relacionan en
el anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la
puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se les
adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.a)
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro
recurso que se pudiera interponer.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 14 de febrero de 2000.-El Secretario de Estado,
Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Fomento y Director
general de la Función Pública.
ANEXO
C. Ingenieros Navales
Turno libre
Ministerio.
Centro directivo/OO.AA.
Centro de destino
NOPS NRP
Especialidad Apellidos y nombre FN
Puesto de trabajo.
Provincia.
Localidad
NivelCD.
C. Específico
1 5007992724
A 1402
Bardera Sanz, Jaime. 1-10-1969 Fomento. Servicios Periféricos
de la Marina Mercante.
Capitanía Marítima de
Almería.
Inspector Construcción
Naval. Almería. Almería.
24
930.264
2 2476372246
A 1402
Manaute Raposo, José Miguel. 11- 2-1950 Fomento. Servicios Periféricos
de la Marina Mercante.
Capitanía Marítima de
Algeciras-La Línea de La
Concepción.
Inspector Construcción
Naval. Cádiz. Algeciras.
24
930.264
3 0081305002
A 1402
Barbeira Gordon, M. Sonia. 23- 2-1965 Fomento. Servicios Periféricos
de la Marina Mercante.
Capitanía Marítima de Vigo.
Inspector Construcción
Naval. Pontevedra. Vigo.
24
930.264
4 0535911457
A 1402
Manzano Malax-Echevarría,
Jorge.
30- 4-1958 Fomento. Servicios Periféricos
de la Marina Mercante.
Capitanía Marítima de
Barcelona.
Inspector Construcción
Naval. Barcelona.
Barcelona.
24
930.264
5 2423113446
A 1402
Moreno Galdo, Gabriel R. 24-10-1967 Fomento. Servicios Periféricos
de la Marina Mercante.
Capitanía Marítima de
Avilés.
Inspector Construcción
Naval. Asturias. Avilés.
24
930.264
6 4527307368
A 1402
Vereda Calvo, José Luis. 18- 1-1961 Fomento. Servicios Periféricos
de la Marina Mercante.
Capitanía Marítima de
Bilbao.
Inspector Construcción
Naval. Vizcaya. Bilbao.
24
930.264
Índice de abreviaturas:
NOPS: Número de orden del proceso selectivo.
NRP: Número de Registro de Personal.
FN: Fecha de nacimiento.
Nivel C. D.: Nivel de complemento de destino.
C. Específico: Complemento específico.
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