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Documento BOE-A-2000-3510

Resolución de 28 de enero de 2000, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad a la adenda, para 1999, al Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en materia de estadística e información agraria, pesquera y alimentaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2000, páginas 7723 a 7723 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2000-3510

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda, para 1999, al Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en materia de estadística e información agraria, pesquera y alimentaria, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 28 de enero de 2000.–El Subsecretario, Manuel Lamela Fernández.

ANEXO
Adenda para 1999 al Convenio de colaboración en materia de estadística e información agraria, pesquera y alimentaria suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma del País Vasco con fecha 20 de julio de 1984

En Madrid, a 30 de diciembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Jesús Posada Moreno, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real Decreto 699/1999, de 29 de abril, por el que se dispone su nombramiento, en representación del Gobierno de la Nación, en cumplimiento del artículo 6.1 y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de julio de 1998, sobre la competencia para celebrar convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

De otra, el excelentísimo señor don Iñaki Gerenabarrena Martínez de Lahidalga, Consejero del Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, en virtud del Decreto número 12/1999, de 4 de enero, por el que se dispone su nombramiento, y en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el Decreto de Áreas número 1/1999, de 4 de enero.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de convenio y a tal efecto.

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 20 de julio de 1984 se firmó un Convenio de colaboración en materia de estadística e información agraria, pesquera y alimentaria entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Comunidad Autónoma del País Vasco, Convenio que fue convalidado por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica en abril de 1987 y que continúa vigente.

Segundo.

Que la cumplimentación del programa de estadísticas agroalimentarias 1999 del MAPA en el territorio del País Vasco, en aplicación de dicho Convenio puede ser realizada ventajosamente por la Administración de dicha Comunidad Autónoma.

Tercero.

Que mediante el trabajo coordinado de ambas Administraciones (del MAPA y del País Vasco) pueden obtenerse reducciones de costes en la ejecución de los trabajos estadísticos, evitando duplicidades y reduciendo la carga de respuesta del administrado.

Por todo lo anterior

ACUERDAN

Complementar el Convenio de colaboración en materia de estadística e información antes citado, mediante la presente adenda, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La ejecución del programa de estadísticas agroalimentarias 1999, del MAPA, en el territorio del País Vasco supone la captación de datos en explotaciones agrarias, establecimientos y empresas industriales y mercados de productos agrarios ubicados en dicho territorio, así como su grabación y validación, según las metodologías y calendarios establecidos por el MAPA con carácter general.

Segunda. Actuaciones que corresponden a la Comunidad Autónoma.

Durante el año 1999 la Comunidad Autónoma del País Vasco se compromete a realizar, en su ámbito territorial y en las condiciones generales establecidas en la cláusula anterior, los siguientes trabajos integrantes del programa de estadísticas agroalimentarias 1999 del MAPA:

Encuestas semestrales de vacuno y actualización de los directorios de rumiantes.

Encuestas mensuales de sacrificio de ganado en mataderos. Encuesta mensual de salas de incubación de huevos.

Encuesta mensual de industrias lácteas. Estadísticas anuales de cultivos.

Encuesta de utilización de medios de producción 1997.

Red Contable Agraria Nacional en el País Vasco (362 contabilidades de explotación).

Cuentas económicas de la agricultura.

Encuestas anuales de precios de la tierra y de cánones de arrendamientos rústicos.

Estadísticas trimestrales y anual de producciones forestales.

Constatación semanal de precios de productos agrícolas y ganaderos en mercados representativos.

Estadística mensual de precios y salarios agrarios.

Tercera. Actuaciones que corresponden al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El MAPA se compromete a aportar en 1999 la cantidad total de 24.237.000 pesetas (145.667,30 euros) que, con cargo al concepto presupuestario 21.01.640.08 del Programa 711A, se transferirán a la cuenta 2097 0178 12 0015172561, previa certificación de la Subdirección General de Estadística en la que se haga constar la realización, en el tiempo y forma adecuados, de los trabajos señalados en las cláusulas primera y segunda.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia, suscriben la presente adenda por triplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados al inicio.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Jesús Posada Moreno.–El Consejero de Agricultura y Pesca, Iñaki Gerenabarrena Martínez de Lahidalga.

 

 

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