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Documento BOE-A-2000-3571

Resolución de 1 de febrero de 2000, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al convenio de colaboración -protocolo general- suscrito entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Galicia y el Ayuntamiento de Ourense, para la construcción de un Auditorio Palacio de Congresos en la ciudad de Ourense.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2000, páginas 7878 a 7878 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-3571

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Galicia y el Ayuntamiento de Ourense han suscrito un Convenio de colaboración ─protocolo general─ para la construcción de un Auditorio Palacio de Congresos en la ciudad de Ourense, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio ─protocolo general─, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 1 de febrero de 2000.─El Director general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, EL EXCELENTÍSIMO CONCEJO DE OURENSE Y LA JUNTA DE GALICIA, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN AUDITORIO PALACIO DE CONGRESOS EN LA CIUDAD DE OURENSE

En Ourense, a 19 de enero de 2000.

INTERVIENEN

De una parte, el excelentísimo señor don Mariano Rajoy Brey, Ministro de Educación y Cultura, que actúa en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

De otra, el excelentísimo señor don José Cuiña Crespo, Consejero de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Galicia, que actúa en nombre y representación de dicha Administración en virtud de lo dispuesto en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta de Galicia y de su Presidente.

Y de otra, el ilustrísimo señor don Manuel Jaime Cabezas Enríquez, Alcalde-Presidente del excelentísimo Concejo de Ourense, que actúa en nombre y representación del Consejo que preside, de conformidad con el artículo 21.1, b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local.

Y a tal efecto,

MANIFIESTAN

1.o Que el excelentísimo Concejo de Ourense, tiene previsto la construcción de un Auditorio Palacio de Congresos, en los terrenos de su propiedad, en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985.

2.o Que el Ministerio de Educación y Cultura, dentro de los objetivos de su política cultural, contempla la construcción de auditorios en las diferentes ciudades españolas que carecen de instalaciones adecuadas, en su vertiente sinfónica, instrumental, coral y de cámara, en el ejercicio de la competencia reconocida en el artículo 145.2 de la Constitución.

3.o Que la Junta de Galicia, a través de su Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, aspira a dotar de instalaciones culturales y musicales a diferentes ciudades de la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con la competencia reconocida en el artículo 27, diecinueve, del Estatuto de Autonomía para Galicia.

En virtud de las consideraciones expuestas, las partes suscriben el presente protocolo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente protocolo general tiene por objeto manifestar la voluntad de las partes de colaborar en la construcción de un Auditorio Palacio de Congresos en Ourense.

Segunda.

El excelentísimo Concejo de Ourense pondrá a disposición de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda una parcela de su propiedad, libre de cargas y gravámenes, y con el régimen urbanístico adecuado, para la construcción del Auditorio Palacio de Congresos.

Asimismo, asumirá la realización de las gestiones pertinentes ante los organismos que correspondan, para la obtención de los permisos, licencias y autorizaciones reglamentarias, corriendo con los costes que se generen, entre los que no habrá liquidación alguna de tributo municipal, a que pudiera dar la ejecución de las obras, por ser el Ayuntamiento el titular de las mismas de acuerdo con la cláusula quinta.

Tercera.

El Ministerio de Educación y Cultura colaborará en la financiación de la infraestructura y equipamiento del Auditorio Palacio de Congresos, a través de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de Educación y Cultura y con la colaboración del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM).

Cuarta.

La Junta de Galicia, a través de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, colaborará en la financiación de la infraestructura y equipamiento del Auditorio Palacio de Congresos de Ourense y asumirán la gestión de la ejecución del mismo.

Quinta.

El excelentísimo Concejo de Ourense, como titular del auditorio, asumirá a su cargo, una vez realizadas las obras, la explotación y conservación de las mismas.

Sexta.

Las partes se comprometen a firmar los convenios necesarios para dar cumplimiento al presente protocolo.

Y para que así conste y en prueba de conformidad, las partes representadas firman y rubrican el presente documento, en triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados.─Por el Ministerio de Educación y Cultura, Mariano Rajoy Brey; por la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, José Cuiña Crespo; por el Consejo de Ourense, Manuel Jaime Cabezas Enríquez.

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