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Documento BOE-A-2000-368

Orden de 23 de diciembre de 1999 que corrige la de 12 de noviembre de 1999 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2000, páginas 809 a 810 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-368

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la inserción de la Orden de 12 de

noviembre de 1999 por la que se convocan pruebas selectivas para el

ingreso en el Cuerpo superior de Sistemas y Tecnologías de la

Administración de la Seguridad Social, publicada en el "Boletín

Oficial del Estado" número 283, de fecha 26 de noviembre de

1999, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 40990, base 3.2.6, donde dice: "Los aspirantes

que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2,

pertenezcan a la Escala de Programadores de Informática, al Cuerpo

de Gestión de la Administración de la Seguridad Social o,

perteneciendo a otro Cuerpo del grupo B, hubieran accedido a éste

en virtud de convocatoria unitaria con el Cuerpo de Gestión de

la Administración de la Seguridad Social ...", debe decir: "Los

aspirantes que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2,

participen por la Escala de Programadores de Informática, Cuerpo

de Gestión de la Administración de la Seguridad Social o,

participando por otro Cuerpo del grupo B, hubieran accedido a éste

en virtud de convocatoria unitaria con el Cuerpo de Gestión de

la Administración de la Seguridad Social ...".

En la página 40992, base 9.1, donde dice: "... así como la

fecha de inicio del período de prácticas", debe decir: "... así como

la fecha de inicio del curso selectivo".

Asimismo, se adjunta un nuevo anexo I que debe sustituir al

de la página 40993.

En la página 40997, en el anexo IV, Tribunal, Titulares,

Vocales, donde dice: "Don Ignacio Merino Cortés", debe decir: "Don

Ignacio Merinero Cortés".

En suplentes, Vocales, donde dice: "Don Raúl Merino

Palomares", debe decir: "Don Raúl Merinero Palomares".

La presente corrección de errores reabre un nuevo plazo de

presentación de solicitudes. No obstante lo anterior, la

certificación de méritos (anexo V) deberá ir referida a la fecha de

finalización del primer plazo de presentación de solicitudes, sin que

sea necesario que los aspirantes que ya hayan presentado la

solicitud de participación en las citadas pruebas selectivas tengan

que presentar una nueva solicitud.

Madrid, 23 de diciembre de 1999.-P. D. [artículo 2.8.a) de

la Orden de 21 de mayo de 1996], el Subsecretario, Marino Díaz

Guerra.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

El proceso de selección para el acceso al Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social

para los aspirantes del sistema general de acceso libre constará

de dos fases:

a) Oposición.

b) Curso selectivo.

El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema

de promoción interna constará de las siguientes fases: Concurso,

oposición y curso selectivo.

Fase de concurso:

Sólo aplicable a los aspirantes de promoción interna no tendrá

carácter eliminatorio. Se valorarán para los aspirantes de

promoción interna los servicios efectivos prestados y los reconocidos

al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de

Reconocimiento de Servicios Previos a la Administración Pública en

Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), así como el

grado personal consolidado y el trabajo desarrollado según el nivel

de complemento de destino del puesto de trabajo que desempeñen

en la relación de puestos de trabajo de la Administración de la

Seguridad Social, todo ello referido a la fecha de finalización del

plazo de presentación de solicitudes.

Fase de oposición:

La fase de oposición constará de los ejercicios que a

continuación se indican, siendo todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito un

cuestionario de preguntas de respuestas múltiples sobre sistemas y

tecnologías de la información y las comunicaciones, relacionado

con las materias que figuran en el anexo II. La duración de esta

prueba no será superior a dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito la

traducción, con ayuda de diccionario, de un texto técnico en inglés,

sobre materias de tecnología de la información y las

comunicaciones, así como en la redacción en inglés de un comentario sobre

el texto, que se concretará en la elaboración de un resumen y

la contestación a un máximo de tres preguntas sobre el texto.

La duración de esta prueba no será superior a dos horas.

Tercer ejercicio: Para los aspirantes por el sistema general de

acceso libre (base 1.1) y los aspirantes de promoción interna no

incluidos en la base 3.2.6, consistirá en desarrollar por escrito,

en el tiempo máximo de tres horas, dos temas elegidos por el

opositor de entre cuatro extraídos al azar entre los que figuran

en el apartado X, Materias Jurídicas, del temario del anexo II.

Para los aspirantes por el sistema de promoción interna (base

3.2.6), consistirá en desarrollar por escrito, en el tiempo máximo

de tres horas, dos temas elegidos por el opositor de entre cuatro

extraídos al azar entre los que figuran en el apartado X del temario

del anexo II, excluidos los temas del epígrafe "Seguridad Social".

Cuarto ejercicio: Consistirá en la elaboración, en el tiempo

máximo de cinco horas, de un informe-propuesta de diseño sobre

un sistema de información, siguiendo las pautas que indique el

Tribunal. Este ejercicio será leído por el aspirante ante el Tribunal

en sesión pública.

Curso selectivo:

El curso selectivo tendrá una duración no inferior a tres meses

ni superior a seis meses, concretándose su contenido por

Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales.

El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los dos meses

siguientes a la finalización de la fase de oposición.

Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con

arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de

febrero, salvo que opten por las del Cuerpo de que procedan.

Durante el curso selectivo, la Subsecretaría del Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales ofrecerá a los aspirantes los puestos

de trabajo vacantes, cuya cobertura se considere conveniente en

atención a las necesidades de los servicios.

2. Valoración

Fase de concurso:

La valoración de los méritos se realizará para los aspirantes

participantes por el sistema de promoción interna, de la forma

siguiente:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas del grupo B, a que se refiere el apartado 1 de este anexo,

se valorará asignándose a cada año completo de servicios efectivos

una puntuación de 0,50 hasta un máximo de 1,50.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la

siguiente puntuación: Hasta el grado 16, 1,25 puntos, y por cada

unidad de grado que exceda de 16, 0,125 puntos, hasta un máximo

de dos puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día

de finalización del plazo de presentación de solicitudes dentro

de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la

Seguridad Social, se otorgará la siguiente puntuación: Hasta el

nivel 16, 1,25 puntos, y por cada unidad de nivel que exceda

de 16, 0,125, hasta un máximo de dos puntos. La valoración

efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras

reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos

económicos.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a

los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del grupo B, siempre que el puesto de origen

o el puesto al que se encuentre adscrito provisionalmente

pertenezca a la relación de puestos de trabajo de la Administración

de la Seguridad Social.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia para el cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto

reservado en la Administración, y a los funcionarios en situación

de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel

del puesto de trabajo en que les correspondería realizar el reingreso

en ambos casos siempre que lo sea a un puesto de la relación

de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social.

Fase de oposición:

Los ejercicios primero, tercero y cuarto de la fase de oposición

serán valorados de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de cinco puntos. El segundo ejercicio se

valorará de cero a seis puntos, siendo necesario para aprobar obtener

un mínimo de tres puntos.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

Los ejercicios de la fase de oposición correspondientes al

sistema de promoción interna se calificarán de acuerdo con los

criterios establecidos anteriormente.

En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar

teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los

aspirantes en el cuarto ejercicio. Si persistiera el empate a puntos,

éste se dirimirá finalmente atendiendo a la mayor puntuación

obtenida en el tercer ejercicio.

Curso selectivo:

Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados

por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

u órgano correspondiente de la Administración en base a los

informes emitidos por los responsables de las unidades en las que

se realice el citado curso.

En dicho curso se impartirán un conjunto de materias

relacionadas con las funciones y procedimientos propios del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la

Seguridad Social.

Las materias impartidas se concretarán en la Resolución que

a tal efecto dictará el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales, y el sistema de calificación del curso selectivo

será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener,

como mínimo, cinco puntos.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante Resolución motivada de la autoridad que haya efectuado la

convocatoria, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo, el cual vendrá fijado en la Resolución

anteriormente mencionada.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrá efectuarlo con posterioridad,

intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar

teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los

aspirantes en el cuarto ejercicio. Si persistiere el empate a puntos,

éste se dirimirá finalmente atendiendo a la mayor puntuación

obtenida en el tercero, primero, segundo ejercicio y curso selectivo,

sucesivamente, así como la fase de concurso, ésta última

exclusivamente para los participantes en el turno de promoción interna.

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