En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.
Primero.-Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e Illes Balears, serán los siguientes:
(VER IMÁGENES, PÁGINAS 8485 A 8486)
Precio total de venta al público -Ptas./cajetilla
A) Cigarrillos rubios
Precio total de venta al público -Ptas./unidad
B) Cigarros y cigarritos
Vegafina:
Coronita ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... ... .. . 260 Corona .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. . 300 Cervante ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... . 500 Robusto ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... . 550 Prominente ... .. ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. .. 700
Precio total de venta al público -Ptas./unidad
Caribes:
Número 1 . ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... 235 Número 2 . ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... 215
Ducados:
Cigarritos ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. 26 Suave .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. .. 26
Vegas de Guayaquil:
Regios . ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. .. 325 Celebración .. .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. . 290
Segundo.-Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de Ceuta y Melilla, serán los siguientes:
Precio total de venta al público -Ptas./unidad
Cigarros y cigarritos Vegafina:
Coronita . ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. 230 Corona . ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. .. 270 Cervante . ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. 445 Robusto . ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. 495 Prominente .. .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. . 625
Caribes:
Número 1 . ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... 205 Número 2 . ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... 185
Ducados:
Cigarritos ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. 24 Suave .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. .. 24
Tercero.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 24 de febrero de 2000.-El Presidente del Comisionado, Santiago Cid Fernández.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid