Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-3913

Orden de 18 de febrero de 2000 por la que se convoca el XIII certamen "Jóvenes investigadores" 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2000, páginas 8571 a 8573 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2000-3913

TEXTO ORIGINAL

La labor de estímulo y fomento de la actividad investigadora llevada a cabo desde la Administración con la promulgación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica («Boletín Oficial del Estado» número 93, del 18), y su desarrollo a través del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, ha supuesto un mayor conocimiento y respeto de la sociedad hacia la actividad científica.

Enmarcado en la promoción del interés por la investigación científica se han celebrado doce ediciones del certamen «Jóvenes investigadores» a partir de 1988, organizados por el Instituto de la Juventud (INJUVE-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales) y la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica (DGESIC-Ministerio de Educación y Cultura). Con esta iniciativa la Administración trata de despertar vocaciones investigadoras entre los jóvenes estudiantes de Enseñanzas Medias, de Enseñanza Superior no graduados y de miembros de distintas asociaciones.

La experiencia acumulada en las anteriores convocatorias y la positiva aceptación de la iniciativa en el ámbito juvenil aconsejan proseguir la actividad convocando el XIII certamen «Jóvenes investigadores» que introduce por primera vez la colaboración destacada del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), al aportar el patrocinio de estancias de investigadores en sus institutos y centros para los participantes de hasta seis de los equipos que presenten trabajos. Por otra parte, este certamen tiene su continuación en el certamen europeo de jóvenes investigadores, organizado desde 1989 por la Comisión de la Unión Europea.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Educación y Cultura, dispongo:

Primero. Se convoca el XIII certamen «Jóvenes investigadores» 2000.

Segundo. El certamen versará sobre cualquiera de las áreas científico tecnológicas, así como sobre cualquier temática científica del área de investigación básica no orientada consideradas en el IV Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, contemplando un premio extraordinario dentro del área de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones que versará sobre el tema «Sociedad de la información: Nuevos soportes digitales e interactivos».

Tercero. El certamen se regirá por las bases que figuran en el anexo de esta Orden. También será de aplicación lo dispuesto en el artículo 81 y siguientes del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, así como el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

La presente Orden que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pone fin a la vía administrativa. Cabe, no obstante, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y del artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Cuarto. La Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica y el Instituto de la Juventud adoptarán las medidas oportunas para la adecuada ejecución de lo dispuesto en esta Orden.

Madrid, 18 de febrero de 2000.

ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

Excmos. Sres. Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Educación y Cultura.

ANEXO
Bases
Primera.

Podrán tomar parte en este certamen los jóvenes de nacionalidad española y del resto de países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo legalmente establecidos en España, que se encuentren en edades comprendidas entre los quince y los diecinueve años, cumplidos éstos durante el año 2000.

Segunda.

La participación podrá hacerse individualmente o en equipos de trabajo integrados por un máximo de hasta cinco jóvenes. Si los componentes están matriculados en algún centro de enseñanza podrán ser coordinados por un profesor del mismo. Si están integrados en alguna organización, asociación o club juvenil podrán ser coordinados por alguna persona que ejerza funciones de animación o dirección en los mismos. En todo caso, habrá un coordinador en cada equipo, que puede ser uno de los participantes.

Tercera.

Las personas que deseen tomar parte en este certamen deberán pre-inscribirse antes del día 30 de abril de 2000, presentando debidamente cumplimentado el formulario que figura al final de estas bases, en el Instituto de la Juventud, calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, pudiendo hacerlo por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A dicho formulario se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad de los participantes y coordinadores españoles y fotocopia de la tarjeta o certificado de residencia legal en España de los ciudadanos del resto de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

Cuarta.

Los participantes pre-inscritos presentarán, en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado español, un trabajo inédito de investigación científica realizado o en proceso avanzado de desarrollo que presente ya resultados significativos, que podrá documentarse con todo tipo de material gráfico, audiovisual, informático u otros medios que se consideren oportunos. En los trabajos deberán constar las colaboraciones y aportaciones que hayan sido necesarias para su realización.

Quinta.

Los trabajos consistirán en investigaciones básicas o aplicadas, o prototipos relacionados con cualquiera de las siguientes áreas científico tecnológicas y de investigación básica no orientada consideradas en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica:

Biomedicina; Biotecnología; Tecnología de la Información y de las Comunicaciones; Materiales; Procesos y Productos Químicos; Diseño y Producción Industrial; Recursos Naturales; Recursos y Tecnologías Agroalimentarias; Socioeconomía.

Área de investigación básica no orientada.

Sexta.

Los trabajos de investigación que se presenten deberán ser originales e inéditos y constituir un trabajo completo en sí mismo. No podrán ser parte de proyectos financiados por organismos públicos o privados.

Séptima.

La descripción resumida de los trabajos de investigación deberá estar recogida en una memoria presentada en los formularios normalizados escritos a máquina u ordenador en castellano –lengua oficial del Congreso–. Dichos formularios serán remitidos a los participantes por el Instituto de la Juventud, una vez finalizado el plazo de pre-inscripción.

Octava.

Los participantes deberán remitir los trabajos de investigación al Instituto de la Juventud, calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, pudiendo presentarlos directamente en el Registro General del Instituto o por cualquiera de los medios establecidos por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Novena.

En el supuesto de documentación incompleta se requerirá al coordinador responsable del trabajo presentado para que subsane la falta o aporte la documentación preceptiva en el plazo de diez días, transcurrido el cual se le considerará desistido de su petición, previa resolución en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Décima.

El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 30 de mayo de 2000.

Undécima.

La Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, el CSIC y el Instituto de la Juventud podrán, a propuesta del Jurado:

a) Seleccionar hasta 40 trabajos de investigación, que serán presentados en forma de exposición gráfica y de comunicación oral en el XIII Congreso «Jóvenes investigadores», que se celebrará durante el mes de septiembre de 2000. Al Congreso deberán asistir la totalidad de los autores de los trabajos seleccionados.

b) Conceder hasta un máximo de seis premios de 800.000 pesetas cada uno para los seis primeros trabajos seleccionados.

c) Conceder hasta un máximo de cuatro accésit de 500.000 pesetas cada uno para los cuatro siguientes.

d) Conceder un premio extraordinario de 800.000 pesetas al mejor trabajo presentado sobre el tema de «Sociedad de la información: Nuevos soportes digitales e interactivos».

Por Resolución de quince de octubre de mil novecientos noventa y ocho de la Agencia Estatal de Administración Tributaria dichos premios están exentos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

e) Seleccionar hasta dos trabajos realizados sobre un tema de medio ambiente por un máximo de dos jóvenes para su presentación al jurado internacional del certamen de jóvenes investigadores sobre el medio ambiente, que se celebrará en Alemania en el año 2001.

f) Seleccionar a los participantes en la XIII edición del certamen europeo del año 2001, que se celebrará en Noruega. Los trabajos elegidos para participar en el certamen europeo lo serán de entre los presentados individualmente o por equipos de hasta tres miembros, de conformidad con los requisitos exigidos por la convocatoria de la Unión Europea. Los equipos seleccionados recibirán el asesoramiento del Director científico del congreso para la mejor presentación de sus resultados en dicho certamen europeo.

g) Seleccionar hasta un máximo de seis trabajos para que los jóvenes investigadores que componen sus equipos puedan realizar estancias de hasta dos semanas en centros de investigación del CSIC. Al finalizar la estancia deberán presentar una Memoria del trabajo realizado con el visto bueno del responsable de la investigación en el centro. La Memoria será evaluada por una Comisión formada por un representante de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, uno del INJUVE y tres expertos designados por el Director general a propuesta del Presidente del CSIC. La comisión valorará la calidad científica del trabajo en cuanto a metodología y resultados. Los Directores generales del Instituto de la Juventud y de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica a la vista de la propuesta efectuada por la Comisión de Selección podrán conceder un premio de 300.000 pesetas a la Memoria mejor evaluada que será pagado por Resolución del Director general de Enseñanza Superior e Investigación Científica.

h) Los gastos de viaje y estancia de los miembros de los equipos investigadores en los institutos del CSIC y los derivados de su ejecución durante su estancia en estos centros, correrán a cargo del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Igualmente el CSIC suscribirá una póliza colectiva de asistencia médica y de accidentes laborales a favor del tutor y de los miembros de los equipos, en aquellos casos en que carecieran de ella, durante su estancia en el centro del CSIC.

Duodécima.

La evaluación de los trabajos y proyectos será realizada por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva, correspondiendo la selección a un Jurado compuesto por 10 especialistas, designados por los Directores generales de Enseñanza Superior e Investigación Científica y del Instituto de la Juventud del que formarán parte dos investigadores del CSIC a propuesta del Presidente del referido organismo. El dictamen final se realizará por una Comisión del Jurado, designada por éste, que tendrá en cuenta la evaluación realizada en la selección por el propio Jurado, el informe del Director científico y de los organizadores del congreso sobre las comunicaciones, y la calidad de las exposiciones gráficas de los trabajos realizados durante el mismo.

Decimotercera.

El Jurado se reunirá antes del 30 de junio de 2000 y seleccionará hasta 40 trabajos para ser presentados por sus autores en el XIII congreso «Jóvenes investigadores».

Como criterio fundamental, el Jurado valorará preferentemente la originalidad de los trabajos, los planteamientos teóricos, los objetivos, metodología, claridad de exposición, conclusiones y su análisis. Asimismo valorará la utilización de recursos propios y la autonomía de gestación y realización del trabajo de los jóvenes participantes.

El fallo del Jurado se realizará el último día del congreso por la Comisión contemplada en la base décima, haciéndose público en el acto de clausura del mismo.

Decimocuarta.

El pago de los premios se efectuará por resolución de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica de conformidad con el fallo del Jurado. Contra la referida resolución cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

El importe de los premios concedido a los trabajos galardonados será repartido equitativamente y abonado a cada uno de los participantes de los equipos por la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica. Los profesores o personas de los centros a los que pertenezcan los equipos que ejerzan funciones de coordinación estarán excluidos del referido reparto.

Decimoquinta.

Para el correcto desarrollo del certamen, los Directores generales de Enseñanza Superior e Investigación Científica y del Instituto de la Juventud nombrarán un Director científico del certamen. El Director científico podrá asesorar a los coordinadores de los grupos inscritos a través de recomendaciones básicas que faciliten la presentación del trabajo de investigación realizado.

Decimosexta.

Las Direcciones Generales convocantes harán públicos los resúmenes de los trabajos premiados y seleccionados en las actas del congreso, que se editarán en los seis meses siguientes a su celebración. Los trabajos seleccionados o premiados serán devueltos a sus respectivos autores.

CERTAMEN «JÓVENES INVESTIGADORES» 2000
Boletín de inscripción

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/49/03913_9876892_image1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/49/03913_9876892_image2.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid